|
||||
|
RED DE PARQUES
BOLETIN PARQUES NACIONALES · Aigüestortes · Archipiélago de Cabrera · Cabañeros · Caldera de Taburiente · Doñana · Garajonay · Islas Atlánticas · Las Tablas de Daimiel · Ordesa y Monte Perdido · Picos de Europa · Sierra Nevada · Teide · Timanfaya FUTUROS PARQUES CONTACTAR Con la colaboración de:
|
Inicio
>
Áreas
>
Naturaleza
>
Espacios naturales
La Red de Parques Nacionales Naturaleza 1/01/2004 Plan Director de la Red de Parques Nacionales, p2 Parque Nacional, p3 Plan Director de la Red de Parques Nacionales¿Qué es? El Plan Director de Parques Nacionales es un documento que reúne los criterios generales de gestión y planificación que deben seguir todos los Parques Nacionales que forman la Red, y define las características que debe cumplir un lugar para ser declarado Parque Nacional, así como los objetivos que debe alcanzar la Red de Parques Nacionales. Para lograr que todos los Parques Nacionales que forman la Red sigan los mismos criterios generales de gestión y planificación, el Plan Director establece unas Directrices Generales a cumplir por los Parques Nacionales con el fin de conseguir el funcionamiento homogéneo de la Red. Mientras que para conseguir los objetivos que propone, el Plan Director incluye un Programa de Actuaciones que comprende el conjunto de actuaciones que se deben realizar para conseguir tales objetivos. La ejecución del Plan Director se desarrolla a través de Planes Anuales de Actuación, siendo el organismo estatal responsable de su ejecución el Organismo Autónomo de Parques Nacionales. Desde la aprobación en 1999 del Plan Director, se dispone de 7 años, es decir, hasta el 2006, para la consecución de los objetivos. Objetivos del Plan Director Los Objetivos del Plan Director se resumen en:
.Directrices Generales para la Gestión coordinada de la Red Estas directrices son el marco de referencia al que deben ajustarse los Planes Rectores de Uso y Gestión y las decisiones diarias de gestión de los Parques Nacionales. Así pues, se establecen unas directrices de carácter general y otras específicas para determinadas actividades. Las Directrices que define se aplican a los siguientes campos.
Directrices para la Planificación de los Parques Nacionales Estas Directrices definen cuales son los instrumentos de planificación de los Parques Nacionales, así como su contenido y proceso de elaboración. Estos instrumentos son concretamente 2, los Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG) y los Planes Sectoriales. Zonificación de los Parques Nacionales Aparte de las Directrices que establecen los usos permitidos o no en los Parques Nacionales, no todos los uso permitidos pueden desarrollarse en cualquier zona del Parque, así pues los Parques Nacionales se dividen en distintas zonas en función del valor de sus recursos y de la capacidad de acogida para los distintos usos. Ordenadas de mayor a menor grado de protección, un Parque Nacional se zonifica en las siguientes zonas:
Zona de asentamientos tradicionales: creada en el caso excepcional de que dentro de un Parque Nacional exista algún núcleo urbano. Esta zona incluirá los núcleos urbanos y las áreas habitadas por población no dispersa así como las zonas de servicio y áreas de cultivo adyacentes. Las zonas que permiten algún tipo de aprovechamiento son: zona de uso restringido para los aprovechamientos tradicionales compatibles con la finalidad de dicha zona (conservar los recursos naturales y propiciar el contacto del hombre con la naturaleza), zona de uso moderado para las prácticas agropecuarias y aprovechamientos tradicionales autorizables y la zona de asentamientos tradicionales. Documentos adjuntos
|
|||