Un año más, la Consejería de Obras Públicas (COPT) de la Junta de Andalucía, con autorización de la de Medio Ambiente (CMA), ha procedido a envenenar con herbicidas las cunetas de las carreteras del Parque Natural Sierra de Grazalema. En los últimos años Ecologistas en Acción ha venido mostrando su oposición a estos tratamientos con herbicidas, más aún cuando afectan a espacios protegidos.

Los herbicidas que se están utilizando son Spasor plus y Raodup de la empresa Monsanto, que tienen como principio activo el glifosato, un herbicida de amplio espectro, no selectivo, utilizado para eliminar hierbas y especies leñosas. El glifosato es con frecuencia calificado «toxicológicamente benigno», pero esto es manifiestamente falso. Los herbicidas en base a glifosato pueden ser altamente tóxicos para animales y humanos. Estudios de toxicidad han revelado efectos adversos: toxicidad subaguda y crónica, daños genéticos, trastornos reproductivos, aumento de la frecuencia de anomalías espermáticas y carcinogénesis. Estos herbicidas, además, contienen otros compuestos que pueden ser tóxicos, que sirven para facilitar su manejo o aumentar su eficacia. Entre estos ingredientes están el N-nitroso glifosato que, como otros compuestos nitrogenados, son cancerígenos, y el formaldehido, otro carcinógeno conocido que se forma durante la descomposición del glifosato. El glifosato es, además, adsorbido fuertemente por el suelo y es muy soluble en agua, lo que aumenta su peligrosidad. La persistencia del glifosato varía de dos a seis meses. El glifosato puede entrar en los ecosistemas por escorrentía superficial, habiéndose demostrado su alta toxicidad para la fauna acuática. Hay que destacar que se ha fumigado cunetas junto a los ríos Guadalete y Gaduares e, incluso, junto al manantial del Descansadero, desde donde se suministra agua a Benamahoma.

La justificación para estas fumigaciones es eliminar hierba para favorecer la visibilidad de las carreteras y reducir los riesgos de incendio, argumentos tan inútiles como falsos, pues se han fumigado de forma indiscriminada tanto curvas como rectas, y el secar la hierba no reduce el peligro de incendios, sencillamente lo adelanta. Las consecuencias suelen ser nefastas, pues no sólo se consigue secar la hierba, sino que se afecta a los numerosos pies de árboles y arbustos que existen en los márgenes de nuestras carreteras, dejando un producto tóxico esparcido por todas las cunetas. Si se tiene en cuenta que estamos todavía en época de recolección de espárragos y tagarninas y que pronto comienza la de los caracoles, el herbicida puede terminar siendo ingerido por las personas, ajenas a que se han fumigado las cunetas. Tanto la fauna silvestre como el ganado siguen pastando en estas zonas, por lo que se verán afectados por este herbicida tóxico. Se han fumigado incluso cunetas de zonas recreativas muy frecuentada por personas que van a comer o a pasar el día. Nada informa de que estas zonas están envenenadas.

Ecologistas en Acción ha denunciado estas fumigaciones en numerosas ocasiones ante la CMA y en la Junta Rectora del Parque Natural, exigiendo copia de las autorizaciones e informes técnicos existentes sobre las consecuencias del uso de estos herbicidas, pero la CMA no nos ha contestado, vulnerando el derecho de acceso a la información medioambiental que garantizan tanto leyes españolas como comunitarias. Por todo ello hemos presentado nueva denuncia ante la CMA solicitando:

1. Que se prohíban las fumigaciones de las cunetas con herbicidas, y que sólo se elimine de forma mecánica aquella hierba que pueda afectar a la seguridad vial o como medida de prevención de incendios.

2. Que se nos conteste a los escritos y a las solicitudes de documentación, recordándole a la sra. delegada de la CMA que tenían un mes de plazo para contestar y que han trascurrido ya cuatro años sin que se nos haya contestado.

3. Que se nos remita la autorización para la realización de fumigaciones este año en las cunetas del Parque Natural Sierra de Grazalema, y los informes técnicos existentes en este expediente.

Todo ello lo hemos solicitamos según lo estipulado en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).

Caso de que no se nos conteste, formalizaremos denuncia ante el Defensor del Pueblo y ante la Unión Europea.