El 16 de julio de pasado año, ante la fuerte polémica creada ante la posibilidad de celebrar una prueba automovilística (rally) en la Sierra de Córdoba, con gravísimo peligro de incendio forestal, Ecologistas en Acción solicita por escrito el informe elaborado por el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento (SEIS). En ese informe, los técnicos especialistas en materia de protección y seguridad advertían del posible peligro de una prueba deportiva de esta naturaleza en un espacio forestal con un nivel elevadísimo de ignición (17 y 18 de julio).

Recordemos que el informe técnico elaborado por los responsables del INFOCA recomendaba la cancelación de la prueba ante el evidente peligro de incendio forestal. Las conclusiones del informe fueron desoídas por los responsables políticos del Ayuntamiento de Córdoba. No sé rectifico, hasta el momento en que se manifestó la intención de denunciar al Sr. Cabanillas por presunta IMPRUDENCIA TEMERARIA.

En vista de que pasaban los meses sin respuesta municipal, nos personamos en dos ocasiones en las dependencias administrativas del SEIS, sin ningún resultado positivo. Los responsables del SEIS nos remiten, en nuestra segunda visita, directamente al Sr. Cabanillas, responsable del Área de Seguridad del Ayuntamiento en el momento de los hechos ya citados. Con cinco meses sin respuesta formal de la información pública solicitada y con varios paseos a la dependencias del SEIS, nos ponemos en varias ocasiones en contacto con la secretaria del Sr. Cabanillas, la que muy gentilmente nos atiende pero sin resultado ninguno. Una vez más, callada por respuesta.

Los responsables políticos del Ayuntamiento de Córdoba, los que se jactan dentro y fuera de su ciudad de fomentar la participación y la transparencia de la actividad pública, parecen que en determinadas ocasiones se olvidan de que la participación ciudadana es un elementos esencial de todo Estado social y democrático de Derecho, que implica la intervención directa de la ciudadanía en funciones de la defensa del interés público, entre las que destaca la defensa del medio ambiente. Estamos hablando de un Derecho, no de un privilegio, recogido en las Declaraciones de Río de1992, en la Directiva Comunitaria 2003/4/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, así como el la Ley española que adopta los preceptos legales de la referida Directiva, la 38/1995, sobre el Derecho de Acceso a la Información en materia de Medio Ambiente.