Hace más de 40 años de la retirada de la Talidomida, fármaco que se suministraba para evitar el mareo en las mujeres embarazadas y que entre 1959 y 1964 provocó una epidemia con cientos de casos de malformaciones congénitas, sobre todo en el Reino Unido.

En 1976 se prohibió el pesticida DDT en los EEUU, se evidenció su efecto feminizante en machos de especies marinas, toda agua continental con correntía termina en el mar, que puso en peligro la reproducción de las mismas con serio riesgo d extinción. En 1984 en Bohpal, India, se produjo una fuga de gas letal proveniente de una empresa norteamericana, una nube tóxica con 40 toneladas de un pesticida, cuya composición aún no se ha hecho pública, causó 8.000 muertos e innumerables secuelas. Años más tarde, en la Conferencia de Río 1992, se enumeraron “Los Diez Principios de Bhopal sobre Responsabilidad de las Empresas”, tuvo que existir esta tragedia para que se estableciera a nivel internacional.

En 1986 se produce una avería en un reactor de la Central Nuclear de Chernóbil, Ucrania (Rusia), y se lanzaron a la atmósfera gran cantidad de partículas radioactivas en el más grave accidente nuclear no bélico de la historia. Las autoridades locales ocultaron en un principio a la población y al mundo la verdadera dimensión de la catástrofe como consecuencia de la cual tuvieron que ser desalojadas 415 poblaciones de un área de 1.700 km2.

Recientemente, en nuestro país, responsables de la central nuclear de Ascó han ocultado un escape radioactivo durante 4 meses al consejo nuclear y cuando lo comunicaron también ocultaron la magnitud del escape que resultó ser 100 veces mayor, el cese de directivos ha sido inminente, pero sus consecuencias las pagaremos los españoles de nuestros bolsillos, y si no, al tiempo. El desastre del Prestige, la llamada crisis de las vacas locas cuyas consecuencias tardaremos años en conocer, el peligro de la dioxinas en la UE, la explosión en un complejo químico de Toulouse en Francia…. Pero todo ello con un común denominador: la evidencia de que estamos sometidos a tecnologías de alto riesgo que distan mucho de estar bajo control.

Debido a los elevados costos ambientales, sociales y económicos que tiene para la industria y los gobiernos remediar los problemas surgidos por el desconocimiento de los efectos adversos de las sustancias, en la Conferencia Mundial de la Industria sobre Gestión Ambiental, Versalles 1984, se acordó que el control de las sustancias químicas debería guiarse por el «principio de precaución», aceptado por las naciones más industrializadas (G8) en 1989, París, y reforzado en la Reunión de la Comisión Económica de la ONU para Europa, Bergen 1990. Fue aceptado como parte de la Agenda XXI en la Reunión de Rio en 1992 y actualmente es la base de todas las acciones de las agencias de la ONU que intervienen en el control de las sustancias químicas y la contaminación y obligatorio para los gobiernos, también los locales, que aprobaron la Agenda XXI…

El Principio de Precaución se definió como principio fundamental, Apdo. 2 del Art 174 del Tratado de la CE y está directamente relacionado con la gestión del riesgo, garantizar un nivel elevado de protección del medio ambiente y de la salud humana, animal o vegetal en los casos en que los datos científicos disponibles no permitan una evaluación completa del riesgo, es decir, que exista incertidumbre científica. Su aplicación debe ser activa sin esperar a la obtención de resultados definitivos; si un riesgo potencial es confirmado como real por la evidencia científica, no cabe ya la aplicación del principio de precaución, sino la adopción de estrategias técnicas, políticas y reguladoras de control del riesgo. Juzgar cuál es el nivel de riesgo “aceptable” para la sociedad es una responsabilidad fundamentalmente política y ante una situación de riesgo inaceptable, incertidumbre científica o inquietud de la población, los políticos están obligados a dar respuesta, por lo que deben tener en cuenta todos los factores.