La sentencia del Tribunal Superior de Justicia da la razón a La Carrasca-Ecologistes en Acció, que ha denunciado desde un principio que la urbanización de Serelles, en la sierra de Mariola, no respeta ni las vías pecuarias ni los barrancos.

Esta sentencia demuestra, una vez más, la nefasta gestión municipal en temas urbanísticos, que con demasiada frecuencia antepone los intereses privados especulativos al cumplimiento de la legalidad y al interés público.

El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJ) ha anulado, por ser contrarios a derecho, varios aspectos esenciales del Plan Parcial de la urbanización de Serelles, en la sierra de Mariola. La reciente sentencia resuelve así el recurso presentado por la Colla Ecologista La Carrasca-Ecologistes en Acció en julio de 2006, que se centraba fundamentalmente en la defensa de las vías pecuarias afectadas (la del Coll de Sabata y la del Teular del Llonganisser) y en la conservación de los barrancos que atraviesan el área urbanizada.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la homologación de Serelles exigía que la urbanización respetara las vías pecuarias, que son auténticos corredores ecológicos y, además, favorecen actividades como el paseo, el senderismo y otros formas de contacto con la naturaleza. A pesar de eso, el Plan aprobado por el Ayuntamiento de Alcoi convertía estas vías pecuarias en simples viales para el tránsito motorizado, vulnerando claramente la Ley de Vías Pecuarias.

El Tribunal considera que el uso de la vía pecuaria para el tráfico rodado es absolutamente incompatible —y por lo tanto ilegal—, dando así la razón a los ecologistas que lo habían advertido en todas las alegaciones, los recursos y las denuncias presentados desde un inicio. Para el TSJ:

«[…] una cosa es autorizar […], de forma excepcional y puntual, el tráfico de vehículos que no sean agrícolas, y otra que el tráfico rodado sea el uso ordinario de la vía pecuaria.

[…]

Nada que ver, obviamente, con el uso habitual, siquiera sea «moderado», de vehículos de motor. Este uso es absolutamente incompatible con la vía pecuaria salvo cuando de forma EXCEPCIONAL Y PUNTUAL, lo pueda autorizar la comunidad autónoma; o se trate de vehículos agrícolas.

La norma es tan clara que exime a la sala de argumentar más […]»

Otro requisito básico de la Declaración de Impacto Ambiental, que el Ayuntamiento de Alcoi ha incumplido según el TSJ, es el mantenimiento íntegro de los barrancos como corredores ecológicos y la conservación de su vegetación natural. Para el Tribunal es más que evidente el incumplimiento de esta condición:

«[…] realmente resulta impensable que el tratamiento dado a esos barrancos respete su condición de corredor ecológico.»

«[…] desde luego es impensable que un barranco interrumpido por calles y rellenado debajo de las mismas pueda cumplir con su función de corredor ecológico».

El recurso de La Carrasca-Ecologistes en Acció también impugnaba la consideración de los barrancos como zonas verdes, tal como propuso el urbanizador (Luxender, SL) y aprobó el Gobierno municipal. También en esta cuestión la TSJ acepta la petición de los ecologistas y dictamina que procede excluir los barrancos del cómputo de zonas verdes, las cuales no pueden tener un acceso difícil para los viandantes:

«[…] nunca un barranco podría servir para el cómputo de zonas verdes.»

En cambio, el Tribunal no acepta los planteamientos de los ecologistas en cuanto a las alturas máximas de las edificaciones y a la ubicación de las dotaciones.

Esta sentencia demuestra, una vez más, la nefasta gestión municipal en temas urbanísticos, que con demasiada frecuencia antepone los intereses privados especulativos al cumplimiento de la legalidad y al interés público.

Para La Carrasca, «es vergonzoso que tanto los miembros del Gobierno local como determinados técnicos municipales rechazaran con argumentos estrambóticos las alegaciones presentadas por nuestro colectivo, que estaban perfectamente fundamentadas, como ha quedado demostrado. Es más, la sentencia es muy contundente y deja muy claro que el Plan aprobado por el Ayuntamiento tiene aspectos inaceptables, cuya corrección exigirá una modificación profunda de la urbanización».

El caso de Serelles tiene, por lo tanto, muchos paralelismos con el de la zona verde de la Rosaleda: las dos son actuaciones muy discutidas socialmente; que han acabado concretándose en unos proyectos a la medida de los intereses de las empresas promotoras; que han contado con la aprobación y el apoyo total del Gobierno del Partido Popular, hasta el punto de permitir la vulneración flagrante de la legalidad; que han sido posibles gracias también a la connivencia de técnicos y asesores legales municipales; y todo eso remachado con un menosprecio absoluto por el trabajo de las entidades sociales en defensa del medio ambiente y de la calidad de vida de la ciudad.

Los ecologistas reclaman que, por lo menos en esta ocasión, el Ayuntamiento de Alcoi no repita la bochornosa actitud mantenida en el caso de la Rosaleda y, esta vez sí, cumpla la sentencia de Serelles sin artimañas ni dilaciones.