El jueves 8 de octubre se inicia el periodo hábil de caza en la Comunidad de Madrid. Esta actividad es incompatible con el desarrollo de otros usos en la naturaleza, lo que está generando cada vez más conflictos entre cazadores y no cazadores. Ecologistas en Acción reclama una regulación y control de la caza, acordes con los tiempos actuales y que se reconozca los derechos de los no cazadores.

La caza, actividad basada en matar animales por diversión, no solo no respeta los derechos de los animales, sino que además limita el conocimiento y disfrute de la naturaleza a la mayor parte de la población. De manera incomprensible, 35.864 cazadores madrileños, que supone el 0,6% de la población de la región, ha conseguido supeditar el derecho de una gran mayoría no cazadora a la práctica de una actividad controvertida y excluyente dónde las haya. Todo ello, gracias a la actitud complaciente de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio que con su normativa y gestión beneficia a cazadores y propietarios de fincas cinegéticas.

En los últimos años la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid está permitiendo que la caza se practique durante todo el año [1] . Con una u otra excusa está permitido cazar todos los meses del año, incluyendo los meses de verano, cuando un mayor número de no cazadores salen al campo. Además son días hábiles de caza los jueves, sábados, domingos y festivos, siendo estos precisamente los días en que es habitual que los aficionados a las actividades de aire libre suelan salir al campo.

Para agravar esta situación se está permitiendo desde hace años un incremento en la instalación de vallados cinegéticos, que impiden totalmente el paso, y el cierre de caminos, incluso de caminos públicos, de forma previa a las monterías o ganchos, para evitar que se “moleste” a los animales que luego serán matados y para asegurar teóricamente la seguridad de las personas, aunque la propia normativa prohíbe disparar desde y hacia los caminos.

Si tenemos en cuenta que el 73% de la superficie de la Comunidad de Madrid es coto de caza no resulta extraño que cada vez sean más los conflictos que se producen entre cazadores y no cazadores. Sin embargo, estas situaciones son complejas de resolver si tenemos en cuenta que Madrid sigue rigiéndose por la preconstitucional Ley de Caza de 1970. Una norma que atribuye a los cazadores derechos que hoy en día deberían estar superados. Actualmente, la caza no es una actividad de subsistencia.

Ecologistas en Acción califica de irresponsable a la Dirección General de Medio Ambiente por seguir permitiendo la caza los domingos y festivos en una región tan densamente poblada y negarse a actualizar el marco normativo que regula esta actividad.

Además esta organización recuerda que tiene en marcha el Registro de las personas No Cazadoras para que se inscriban en él quienes han renunciado a la actividad cinegética y quienes reclaman el reconocimiento de los derechos de los no cazadores a disfrutar del medio ambiente y de la convivencia con los animales.

Notas

[1] Periodo hábil de caza menor: del 8 de octubre al 31 de enero, Media Veda: del 20 de agosto al 13 de septiembre, caza del conejo por enfermedades: del 14 de junio al 26 de julio y del 1 al 28 de febrero, control de predadores en cotos con cría de aves: marzo, palomas migratorias: del 8 de octubre al 8 de noviembre

Periodo hábil de caza mayor: caza del ciervo, gamo, muflón y jabalí del 8 de octubre al 21 de febrero, caza de la cabra montés: del 15 de noviembre al 15 de enero, caza del corzo: del 1 de abril al 30 de junio y del 1 al 30 de septiembre