El Ayuntamiento de Las Rozas pretende construir cerca de 1.000 viviendas en el encinar situado en el extremo norte de la calle Camilo José Cela (en las inmediaciones del antiguo edificio de Kodak), en el Parque Empresarial, con la excusa de la legalización de la situación de los terrenos públicos ocupados ilegalmente por la Real Federación Española de Fútbol.

Este encinar tiene un altísimo valor medioambiental y está catalogado como Monte Preservado. Cuenta con especies vegetales de gran valor como el piruétano, en peligro de extinción. Presenta un magnífico estado de conservación y proporciona una mejor calidad de vida a los vecinos del Parque Empresarial y de Las Rozas.

Es inadmisible que un caso como el de la Real Federación Española de Fútbol, en el que se subordinó el interés público a los beneficios privados, se pretenda solucionar con una operación que perjudicará la calidad de vida de todos los vecinos y sólo aumentará los beneficios de la constructora Levitt y la promotora Gran Atlas 2.000, propietarias de los terrenos.

Más información: No a la construcción de 1.000 viviendas en un encinar protegido de Las Rozas

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Destinatario: Alcalde de Las Rozas, Concejal de Urb.de Las Rozas, Concejala de Servicios a la Ciudad de Las Rozas, Presidenta y Directores Generales de Urbanismo, Medio Ambiente y Evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid, Real Federación Española de Fútbol

El Ayuntamiento de Las Rozas plantea apresuradamente una Modificación Puntual del PGOU de crucial importancia para la ciudadanía del municipio. El motivo esgrimido es la necesidad de legalizar la situación de las instalaciones de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), en la zona del Parque Empresarial, ya que se cedieron ilegalmente unas zonas verdes para su construcción, ilegalidad puesta de manifiesto en sentencia firme por el Tribunal Supremo. Ahora se pretende subsanar aquella pérdida de zonas verdes con una argucia urbanística consistente en ceder como zona verde una parte de un encinar magníficamente conservado, pero a costa de urbanizar el resto del encinar y construir casi 1.000 viviendas.

Este encinar (Fracción 3 de la Modificación) goza de importantes protecciones legales: está protegido por la Directiva de Hábitats (hábitat 531014) y está cartografiado como Monte Preservado en la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid. La Modificación también afecta a una larga franja de terreno (Fracción 2) cerca de las instalaciones de la RFEF, al fondo de la cual existen varios ejemplares de piruétano (Pyrus bourgeana), especie protegida en la Comunidad de Madrid. La clasificación de este encinar como Suelo Urbano no se corresponde con la situación física real de los terrenos, careciendo éstos de los servicios básicos que exige la legislación para ésta clase de suelo. Su clasificación debería ser Suelo No Urbanizable de Protección, de acuerdo con la legislación vigente y la jurisprudencia. Estos terrenos ya fueron objeto de una modificación puntual similar en 1998 y su urbanización se incluía en el proyecto de Revisión del Plan General de Ordenación Urbana aprobado provisionalmente por última vez en Pleno en junio de 2010. Ambos proyectos han sido rechazados por la Comunidad de Madrid por el alto valor ambiental y la protección legal de este encinar.

En consecuencia, SOLICITO que este encinar sea clasificado íntegramente como Suelo No Urbanizable de Protección o, en su defecto, se califique en su integridad como Zona Verde y se integre en el Área Natural de la Cuenca del Lazarejo, manteniendo su carácter natural.

Atentamente,