La sección nº 1 del TSJ analizará la legalidad del plan parcial y la modificación de la declaración de impacto ambiental del PGOU aprobada por la Conselleria de Medio Ambiente por la que se declaraba urbanizable ese sector.

El pasado 4 de octubre la Sala de lo Contencioso-Administrativa de la Sección Primera del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana mediante Decreto ha admitido a trámite la demanda interpuesta por la Federación Valenciana de Ecologistas en Acción contra la aprobación definitiva del Plan Parcial del sector Anibits-Margequivir por parte del Ayuntamiento de Callosa d'En Sarriá en sesión plenaria el 27 de julio de 2011 y la modificación de la Declaración de Impacto Ambiental por parte de la Conselleria de Medio Ambiente, por la que se declaraba urbanizable ese sector el 3 de diciembre de 2004.

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Decreto del Tribunal Superior de Justicia sobre Plan Parcial del sector Anibits-Margequivir

El sector Anibits-Margequivir tiene una extensión de 1.764.000 m2 y se pretende la construcción de 2.178 viviendas, en su mayor parte chalets unifamiliares de lujo, dos campos de golf, un hotel y diversas instalaciones comerciales. Ese sector está en las faldas de la Sierra de Bernia y ocuparía 140 ha de suelo forestal (más del 75% del sector) protegido por figuras de la Red Natura 2000 (Lugar de Importancia Comunitaria y Zona de Especial Protección para las Aves). Destruiría completamente la vegetación existente en una superficie de 110 ha, algunas de ellas ocupadas por Hábitats de Interés Prioritario de la Unión Europea definidos en la Directiva 92/43/CEE.

La aprobación municipal y toda la tramitación administrativa ha contado, de forma sorprendente, con el respaldo unánime de todos los grupos políticos presentes en el Ayuntamiento (PP, PSPV-PSOE y Bloc-Compromís). El PGOU, que contempla ese sector como suelo urbanizable sin ordenación pormenorizada, también contó con esa extraña unanimidad de todos los grupos, estuvieran en el Gobierno o en la oposición.

La propiedad mayoritaria de los terrenos es de una mercantil Miragolf Playa S.A. con graves problemas económicos, y con créditos con amortizaciones reclamadas por vía judicial, y que no ha querido hacerse cargo de la promoción del Programa de Actuación Integrada(PAI) correspondiente. Ese PAI está siendo promovido por el Ayuntamiento de Callosa d'En Sarriá, que destinará al mismo 24,4 millones de euros en el periodo 2011-2016, un 50% del presupuesto municipal, mediante un crédito bancario que podría superar el límite municipal del posible endeudamiento municipal que establecen las leyes (75% de los ingresos corrientes). Es la primera vez en el País Valenciano que un Ayuntamiento de forma inaudita promueve directamente la construcción de miles de chalets de lujo y campos de golf, en lugar de promover la construcción de viviendas de protección oficial.

La modificación de la Declaración de Impacto Ambiental llevada a cabo en diciembre de 2004 por parte de la Conselleria de Medio Ambiente, y por la que se declaró urbanizable ese sector, obedeció a fuertes presiones del Ayuntamiento, que presentó informes fraudulentos de catedráticos y profesores de las Universidades Politécnicas de Madrid y Valencia, que negaban la existencia de los valores naturales presentes en el sector y por los que una gran parte del mismo fue incluida en las figuras de protección ambiental de la Red Natura 2000.

El desarrollo de ese sector supondría una gravísima agresión ambiental que sentaría un precedente inadmisible que desvalorizaría esas figuras de protección y que alentaría otros proyectos urbanísticos en otros espacios de la Red Natura 2000.