Nuestra Asociación no ha publicado ningún artículo, las palabras aparecidas en prensa y radio corresponden a distintas entrevistas efectuadas a diferentes miembros de nuestra asociación.

En ningún momento nuestro colectivo ha denunciado a los regantes sobre la actividad realizada en el manantial, tan sólo hemos solicitado información de las concesiones a dicha Comunidad de regantes, (información solicitada según la Ley 38/1995, de 12 de diciembre, sobre el Derecho de Acceso a la Información en materia de medio ambiente) a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. El haberlo comunicado al SEPRONA se debe a que es la autoridad competente para poder inspeccionar el terreno y levantar acta sobre la legalidad de la actuación.

Nunca hemos manifestado estar en contra de que los agricultores extrajeran agua para el riego, lo que cuestionamos es que durante esa extracción se deje bajo mínimo, casi seco, «el vaso receptor de la fuente de las piedras» que no es lo mismo que decir que se seca el acuífero o el «venero».

Consideramos que para estimar el efecto que tiene la regulación del caudal sobre las comunidades biológicas existentes (peces, macroinvertabrados, etc) hay que tener en cuenta no solo el efecto de la reducción o aumento de su cuantía, sino también la alteración en la distribución temporal de dichos caudales. La necesidad de aprovechar el recurso agua para multitud de usos, entre ellos el agrícola, obliga a pensar no ya en unos regímenes de caudales ecológicos óptimos, sino más bien en unos regímenes de caudales ecológicos mínimos. Es precisamente este punto el que parece que produce la discrepancia con la C.Regantes, pues nuestra Asociación considera que los niveles de agua que se mantienen mientras se produce el trasvase de agua son demasiado bajos como para asegurar la supervivencia de la comunidad biológica existente.

- L.A., Art. 90: “Los Organismos de cuenca, en las concesiones y autorizaciones que otorguen, adoptarán las medidas necesarias para hacer compatible el aprovechamiento con el respeto del medio ambiente y garantizar los caudales ecológicos o demandas ambientales previstas en la planificación hidrológica. En la tramitación de concesiones y autorizaciones que afecten al dominio público hidráulico que pudieran implicar riesgos para el medio ambiente, será preceptiva la presentación de un informe sobre los posibles efectos nocivos para el medio, del que se dará traslado al órgano ambiental competente para que se pronuncie sobre las medidas correctoras que a su juicio deban introducirse como consecuencia del informe presentado. Sin perjuicio de los supuestos en que resulte obligatorio conforme a lo previsto en la normativa vigente, en los casos en que el Organismo de cuenca presuma la existencia de un riesgo grave para el medio ambiente, someterá igualmente a la consideración del órgano ambiental competente la conveniencia de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.”

Cierto es que la Comunidad de regantes dispone de autorización para extraer una cantidad de litros por segundo, y no es menos cierto que las condiciones hídricas existentes hoy día son muy distintas a las de cuando se constituyó la Comunidad de regantes. Si existe menos agua, evidentemente el trasvase de agua debe disminuir en proporción al caudal emergente, y manteniendo unos niveles mínimos (caudal ecológico) en el vaso del manantial , tal y como se desprende de la ley de aguas Art. 58.1. “En las concesiones se observará, a efectos de su otorgamiento, el orden de preferencia que se establezca en el Plan Hidrológico de la cuenca correspondiente, teniendo en cuenta las exigencias para la protección y conservación del recurso y su entorno”.

Por ello hemos solicitado los documentos de concesión a Confederación, para estudiar los niveles y cantidades otorgados y evaluar si es necesario una revisión de los mismos. (L.A., Art. 63.:

1. Las concesiones podrán ser revisadas:

a) Cuando se hayan modificado los supuestos determinantes de su otorgamiento.

b) En casos de fuerza mayor, a petición del concesionario.

c) Cuando lo exija su adecuación a los Planes Hidrológicos. )

En cuanto a la comunidad de ciprínidos existente, sabemos que son ejemplares alóctonos, que en su día fueron introducidos anónimamente, pero actualmente constituyen una comunidad natural bien adaptada al medio desde hace décadas, con innumerables beneficios para la agricultura, al mantener el agua limpia y libre de parásitos y larvas de insectos que pudieran ocasionar plagas y afectar a los cultivos, por lo que se debe asegurar su supervivencia tal y como recoge la ley de aguas a lo largo de su desarrollo:

- Art.58, antes mencionado

- Art.84: “Son objetivos de la protección del dominio público hidráulico: a)Prevenir el deterioro del estado ecológico y la contaminación de las aguas para alcanzar un buen estado general.”

- Art.85: “Se entiende por contaminación, a los efectos de esta Ley, la acción y el efecto de introducir materias o formas de energía, o inducir condiciones en el agua que, de modo directo o indirecto, impliquen una alteración perjudicial de su calidad en relación con los usos posteriores o con su función ecológica. El concepto de degradación del dominio público hidráulico a efectos de esta Ley, incluye las alteraciones perjudiciales del entorno afecto a dicho dominio”.

Nos agrada que compartan con nuestro colectivo la preocupación por la creciente proliferación de pozos y captaciones ilegales de agua en toda la zona potencial del acuífero, y les animamos a que procedan a denunciar aquellas irregularidades de las que tienen conocimiento tal y como se desprende en sus declaraciones en rueda de prensa. Desde aquí nos ofrecemos para tramitar aquellas denuncias que nos hagan llegar, y les recordamos que en el proceso de denuncia se mantiene la confidencialidad de los datos del demandante.

Por ello solicitamos a la C.Hidrográfica que ejerza su función policial tal y como mana el Art.86 de la Ley de Aguas:

“La policía de las aguas superficiales y subterráneas y de sus cauces y depósitos naturales, zonas de servidumbre y perímetros de protección se ejercerá por la Administración hidráulica competente.”

Junto a la petición de la concesión, se ha solicitado a la administración de aguas, un listado de todos los pozos y captaciones que tienen concedida autorización por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

El Paraje natural de la Fuente de las Piedras ha sido uno de los enclaves egabrenses que más preocupación ha suscitado en nuestra asociación desde su constitución en el año 91. Así lo atestiguan los distintos escritos, artículos de prensa, peticiones, informes y actividades realizadas desde entonces, destacando el proceso de rehabilitación del año 91, un proyecto subvencionado por el INEM y mancomunidad de la Subbética, donde nuestra asociación colaboró realizando análisis de agua, plantación de distintas especies de árboles, limpieza de los fondos del manantial, colocación de carteles informativos del entorno e instalación de contenedores para la recogida de basura.

Este plan, mejoró sustancialmente el estado del paraje tal y como atestigua el artículo publicado por los profesores de Biología del IES Aguilar y Eslava en su estudio sobre la contaminación de las aguas de Cabra:

“No perteneciente a la red fluvial, se han analizado también el agua de la Fuente de las Piedras. Los resultados permiten catalogar esta agua como de buena calidad. Comparando estos datos con los obtenidos con un estudio monográfico de este lugar, realizado en la primavera de 1991, se ha podido constatar la notable mejora que esta zona ha sufrido. Así se ha pasado de una situación de contaminación ambiental a unas condiciones muy favorables. La recuperación de este paraje se debe a la acción emprendida por la Asociación Osyris Alba. Desde aquí queremos felicitarle por su trabajo, que no sólo ha dado frutos desde el punto de vista paisajístico, sino también desde el físico-químico y calidad del agua”.

Recientemente, el Ayuntamiento de Cabra realizó obras de mejora en el Paraje, instalando muros de contención, canalización de aguas de lluvia, instalación de juegos infantiles, reforma del puente, iluminación etc, para la que se pidió asesoramiento ambiental a nuestra asociación, siendo elaborado un informe ambiental por parte de un técnico cualificado, miembro de nuestro colectivo, de forma totalmente altruista.

Por tanto, no entendemos ni aceptamos las declaraciones realizadas en la rueda de prensa donde se nos imputaba una falta de preocupación hacia este entorno.

Como podrán comprobar tras la lectura de estas líneas, no nos mueve otro fin que el preservar la continuidad del manantial de este paraje singular, respetando como es lógico el aprovechamiento agrícola del agua sin menoscabo, por otro lado, de su importancia ecológica.

Precisamente la preocupación por este entorno es lo que nos ha llevado, nuevamente, a realizar un escrito recabando información de toda la zona a la Confederación Hidrográfica (adjunto remitimos copia del escrito mandado a C.H).

En el caso de los sistemas acuícolas, su gestión y conservación para el aprovechamiento sostenido de los recursos que ofrecen, exige adoptar una estrategia a nivel de cuenca hidrográfica, realizando una planificación de los usos del suelo acorde con la conservación de los mismos, y teniendo en cuenta las interrelaciones que existen entre los componentes acuícolas y los sistemas terrestres que los rodean.

Nos encontramos en un momento en el que el agua es un bien escaso y sujeto a producir tensiones, situación que la cordura y la buena fe pueden conducir a un buen entendimiento, respetando siempre la legislación pertinente.