El Canal de Isabel II ha renovado la adjudicación de la gestión del campo de golf de Chamberí a pesar de que carece de licencia ni de cualquier otro tipo de cobertura legal. Ecologistas en Acción y las asociaciones vecinales Parque sí, en Chamberí y El Organillo, consideran que se podría haber incurrido en en graves irregularidades, incluso penales, por parte del Canal de Isabel II. Por ello han solicitado al presidente del organismo el cierre de la actividad y la anulación de la adjudicación.

Según se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 9 de mayo de 2013, el Canal de Isabel II Gestión S.A (CYII) ha renovado los servicios de gestión y explotación de las instalaciones deportivas sobre el tercer depósito, en el distrito de Chamberí. De esta forma se ha sustituido a la empresa Green Canal Golf por Proingest Management Asociados SL. Todo ello, encontrándose las instalaciones deportivas en situación de ilegalidad, al carecer de licencia municipal ni cualquier otra cobertura legal.

El campo de golf de Chamberí, en la superficie de los terrenos del tercer depósito del CYII, se construyó en 2006 sin licencia municipal. El Ayuntamiento de Madrid, dirigido entonces por Alberto Ruíz Gallardón, consideró que el golf no era autorizable en esos terrenos. Ante la postura del consistorio, el Gobierno regional presidido entonces por Esperanza Aguirre, acordó la aprobación del proyecto, al margen del Ayuntamiento, amparándose en el subterfugio de la declaración de interés general. Es decir, la única cobertura legal para construir el campo de golf es la declaración de interés general.

En respuesta a los recursos interpuestos por la Asociación de Vecinos de Chamberí El Organillo, en enero de 2010, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló el acuerdo del Consejo de Gobierno de Madrid que declaró el proyecto de interés general. Aunque la Comunidad recurrió dicha sentencia, el Tribunal Supremo la ratificó mediante nueva sentencia firme de 12 de diciembre de 2012. Ambas sentencias anulan el acuerdo del Gobierno regional porque no justifica la concurrencia de un interés general tan relevante y cualificado como para mantener el proyecto a pesar de contravenir las determinaciones contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.

Por tanto, a partir de esa fecha las instalaciones de golf sobre el tercer depósito del CYII son ilegales al carecer de licencia municipal ni de ninguna otra cobertura legal que permitan la permanencia de las instalaciones y la práctica del golf. De hecho, el Ayuntamiento de Madrid debería haber ordenado el cierre de las instalaciones.

En estas condiciones el CYII no puede seguir manteniendo la actividad y menos aún renovar la adjudicación. A juicio de Ecologistas en Acción y las asociaciones vecinales Parque Sí, en Chamberí y El Organillo, los responsables del CYII podrían haber incurrido en graves irregularidades, incluso penales, al formalizar el nuevo contrato de adjudicación. Hay que insistir en que el CYII ha adjudicado la gestión y explotación de unas instalaciones y de una actividad, actualmente, en situación de ilegalidad.

Ante estos hechos, Ecologistas en Acción y las asociaciones vecinales Parque sí, en Chamberí y El Organillo, han solicitado al Presidente del CYII, Salvador Victoria, que proceda al cierre de las instalaciones de golf y se ajuste a la legalidad. Para ello el CYII debería transformar las instalaciones destinadas al golf en un parque público como así se acordó en el convenio firmado en 2002, entre el Canal de YII y el Ayuntamiento de Madrid. Igualmente las mismas asociaciones han requerido la anulación del contrato de la adjudicación por considerarlo nulo. Si no se procediese en ese sentido los colectivos interesados no descartan denunciar los hechos en vía penal.