La plataforma Córdoba Aire limpio ha solicitado con fecha 10 de junio a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio ambiente, CAPMA, que declare la caducidad de la Autorización ambiental integrada, AAI, concedida a la cementera Cosmos con fecha 2 de marzo de 2007 para la incineración de residuos en los hornos de la cementera.

La plataforma se apoya para ello en un informe de la oficina técnica del servicio de licencias de la Gerencia municipal de urbanismo de fecha 18 de abril en el que se afirma que “No se observa en la inspección de la fábrica la ejecución de ningún tipo de obras o instalaciones relacionadas con la incineración de residuos, ni se ejerce tal “actividad””. El informe citado recoge también que no hay constancia de que la empresa “haya tramitado Expediente específico de solicitud de licencia urbanística de obra o de actividad para la ejecución de instalaciones relacionadas con la incineración de residuos”.

Estas afirmaciones corroboran la posición que defiende la plataforma, ya que con fecha 5 de julio de 2012 Córdoba Aire limpio presentó un escrito en la Delegación Territorial de la CAPMA en el que solicitaba “que se procediera a la revisión de la Autorización Ambiental Integrada (AAI) concedida a la empresa Sociedad de Cementos y Materiales de Construcción de Andalucía, S.A ya que podría haber incurrido en causa de caducidad por no haber comenzado la ejecución de la actividad autorizada en el plazo de cinco años desde la notificación a la empresa de la obtención de la citada autorización, según dispone el artículo 34.1 del decreto 5/2012 de 17 de enero por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el decreto 356/2010 de 10 de agosto por el que se regula la autorización ambiental unificada”.

En respuesta a esta solicitud, con fecha de salida 28 de noviembre de 2012 la Delegacion remitió a la plataforma un informe del Servicio de Protección Ambiental en el que literalmente se afirmaba que “…en fecha 8 de octubre de 2012 la empresa presenta Acta notarial de fecha 8 de marzo de 2012 en la que se pone de manifiesto el inicio de la referidas obras”

Esta respuesta de la Delegación le pareció a la plataforma extremadamente vaga e incompleta por cuanto que en el acta notarial lo que se afirma es que “Me requiere para que me constituya en las instalaciones de la fábrica de cemento ….al objeto de comprobar la existencia de una obra ya iniciada, y que, según manifiesta (el requiriente), corresponde a las obras de ejecución del “proyecto de utilización de residuos no peligrosos” a que hace referencia….”, continuando el acta con la afirmación “me constituyo en el lugar indicado en el requerimiento, es decir, en las instalaciones de la fábrica de cemento sita en la avenida de la Agrupación Córdoba, número 15, de Córdoba, donde me recibe el propio requiriente. En dichas instalaciones observo, por mi apreciación directa, la existencia de una obra ya iniciada en la que se encuentran varios operarios trabajando”.

A partir de este acta parece que la Delegación dio por supuesto que en efecto las obras que se habían iniciado en la fábrica eran obras asociadas a la incineración de residuos objeto de la AAI sin que la plataforma tuviera constancia de que en el lugar indicado se hubieran personado los servicios técnicos de la Delegación para comprobar in situ que esas obras se correspondían con el proyecto de valorización presentado ante aquella. Únicamente consta que el requiriente manifiesta que corresponden al proyecto en cuestión, no habiéndose comprobado este particular mediante inspección visual.

La plataforma entiende que si en efecto se hubiera cursado la inspección mencionada se habría evidenciado que la empresa no había iniciado en esa fecha la ejecución de instalaciones asociadas a la incineración dándose en consecuencia por caducada la repetida AAI, extremo este que, en opinión de la plataforma, demuestra sobradamente el informe del servicio de licencias de la GMU de 18 de abril de 2013 antes citado.

En consecuencia con lo anteriormente expresado la plataforma ha solicitado nuevamente con fecha 10 de junio a la Delegación que revise en profundidad el cumplimiento por parte de la empresa de las condiciones de la AAI y, como quiera que se ha demostrado que no ha iniciado la actividad, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente se declare caducada la AAI concedida con fecha 2 de marzo de 2007.

FORMAN PARTE DE LA PLATAFORMA:

- AMPA “La Amistad del CEIP Aljoxaní.

- AMPA “La Palma del CEIP Concepción Arenal”.

- Asociación Primavera Andaluza (Córdoba).

- Asociación de vecinos la Algodonera de Cepansa.

- Asociación de vecinos “Amanecer de Fátima”.

- Asociación vecinal “Diana”. Parque Fidiana.

- Asociación de Vecinos “El Coso de los Tejares”.

- Asociación de Vecinos Huerta de San Rafael.

- Asociación de Vecinos “La Palomera” de barrio del Naranjo.

- Asociación de Vecinos Santuario.

- Asociación de vecinos Torre de la Malmuerta.

- Asociación de vecinos La Unión de Levante.

- Asociación vecinal Valdeolleros.

- Asociación de vecinos Viñuela.

- Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono, ARBA.

- Barrios Despiertos.

- Centro de promoción de la mujer “Cordobán” de Valdeolleros.

- Comunidad de propietarios plaza escultor Ruiz Olmos.

- Consejo de distrito de Levante.

- Consejo de distrito Norte.

- Consejo de distrito Sureste.

- Consejo del movimiento ciudadano.

- Coordinadora de colectivos sociales Córdoba Solidaria.

- Ecologistas en Acción de Córdoba.

- En lucha Córdoba.

- EQUO.

- Federación de asociaciones vecinales Al Zahara.

- Izquierda Unida.