Ecologistas en Acción de la ciudad de Sevilla, alega la falta de justificación y el incumplimiento de normas territoriales en la modificación del PGOU de Sevilla para instalaciones de Telecomunicaciones desprotegiendo edificios de máxima protección.
El Ayuntamiento ha tenido en exposición al público la Modificación Puntual número 4 del PGOU de Sevilla, que modifica el artículo que regula las instalaciones de telecomunicaciones (antenas de telefonía móvil y similares). Ecologistas en Acción Ciudad de Sevilla y la Asociación de Profesores para la Difusión y Protección del Patrimonio Histórico y Natural Ben Baso han presentado alegaciones. La modificación significará una grave afectación al paisaje y al patrimonio urbanos.
Concretamente la modificación no se justifica en lo referente a la eliminación de prohibir antenas en fachadas de cualquier edificio, en cubiertas de edificios protegidos por el planeamiento urbanístico con niveles «A» (Protección Integral), «B» y «C» (Protección Parcial en grado 1) y en parcelas con uso de equipamiento. Tampoco se justifica la eliminación de las condiciones de implantación: retranqueo de antenas respecto a fachada, altura máxima de antenas sobre cubierta, superficie y altura máximas de construcciones para albergar equipos, antenas en superficie no edificada de parcelas de uso residencial y alturas máximas en suelo industrial y no urbanizable.
Tampoco cumple con las directrices del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla (POTAUS), que obliga a prohibir “la instalación de antenas y demás infraestructuras de similares características físicas” en los “los edificios catalogados y bienes protegidos por los instrumentos de planeamiento general”. Por otra parte, al alterar el uso urbanístico de los equipamientos requerirá dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía.