Cuando la Confederación Hidrográfica del Ebro, en octubre del 2013, destruyó la sauceda protegida del río Cinca a su paso por Fraga, lo hizo sin contar con el permiso preceptivo que el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca debía conceder cuando se actúa, como fue este el caso, en un Monte de Utilidad Pública. A pesar de todo el citado Servicio Provincial se niega sorprendentemente a sancionar a los responsables de la Confederación Hidrográfica alegando, contra toda evidencia, que el Monte Público H-0541 “Riberas del Cinca en Fraga” no es Monte Público.

La zona afectada del río Cinca, declarada Lugar de Interés Comunitario (L.I.C.) y catalogada como parte de la Red Natura 2000 por su valor ecológico, fue severamente dañada, tal como denunció Ecologistas en Acción el pasado otoño [1], por el dragado del río y la eliminación de, aproximadamente, un 75% de la vegetación natural presente en la zona. La Confederación Hidrográfica del Ebro, a instancias del Ayuntamiento de Fraga, fue la encargada de llevar a cabo las obras tras una tramitación del proyecto completamente irregular en la que se utilizó una Declaración de Impacto Ambiental ajena [2], la de un proyecto de canal de aguas bravas, finalmente no ejecutado, para justificar una actuación totalmente destructiva que afectó al hábitat de especies protegidas, entre otras la nutria, y a un importante corredor biológico que permite el tránsito de especies protegidas desde las sierras pirenaicas hacia la depresión del Ebro.

El tramo de río en donde se actuó, centrado entre los dos puentes de Fraga que unen los principales núcleos urbanos de la población, está declarado desde hace años como Monte de Utilidad Pública (M.U.P. H-0541), tal como se reconoce en la misma Declaración de Impacto Ambiental que se hizo, en la misma zona, para el proyecto de canal de aguas bravas . El mismo Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA), cuando autorizó las obras en el río, indicaba el carácter de Monte de Utilidad Pública del área afectada y, tal como requieren las normas ambientales, puso como requisito necesario la obtención del permiso que debía conceder el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Huesca para obrar en el Monte Público. Sin embargo este Servicio Provincial, tras ser preguntado por Ecologistas en Acción, indicó por escrito que no se había solicitado ningún permiso de actuación y que, por tanto, no había concedido permiso alguno, dejando más en evidencia las irregularidades llevadas a cabo en un proceso administrativo de dudosa legalidad.

La Administración Pública tiene la obligación legal de sancionar las infracciones graves, como las de obrar sin permiso en un Monte Público, que además es Lugar de Interés Comunitario y pertenece a la Red Natura 2000, y por ello Ecologistas en Acción, ante la pasividad del Servicio Provincial de Medio Ambiente, solicitó por dos veces que se abriera un expediente sancionador contra los responsables de la Confederación Hidrográfica. Sin embargo, de un modo sorprendente, el citado Servicio Provincial se ha negado a ello alegando que la zona afectada no está dentro del M.U.P. H-0541, contradiciendo no solo al INAGA, o al Ministerio de Medio Ambiente cuando aprobó el proyecto de canal de aguas bravas, sino también lo que indican los propios Sistemas de Información Geográfica del Gobierno de Aragón, cuyos mapas se pueden consultar en internet [3] y que hacen palmaria la pertenencia de la zona afectada a la parte central del Monte de Utilidad Pública H-0541, que no por casualidad se llama “Riberas del Cinca en Fraga”.

Transcurridos nueve meses desde los hechos denunciados resulta muy llamativo el silencio que guardan sobre el asunto el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, órgano jerárquico superior de la Confederación Hidrográfica del Ebro, y el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Aragón, organismos públicos a los que se informó de las irregularidades cometidas sin que aparentemente hayan hecho nada al respecto. Las nuevas anomalías administrativas detectadas en el Servicio Provincial de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente con relación al Monte Público no hacen más que acrecentar las sospechas de que el estado de derecho ambiental en España brilla especialmente por su ausencia.

Notas

[2] Resolución de 16 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento de cauce como canal de aguas bravas en el río Cinca, término municipal de Fraga, Huesca. B.O.E. de 30 de octubre de 2009.

[3] http://sitar.aragon.es/visor/ , población Fraga, menú “tabla de contenidos”: medio ambiente – montes.