La Comunidad de Madrid sanciona con 3.000 euros a la empresa por no justificar la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) generados en las obras del parque del Cerro del Castillo.

Espartal-Ecologistas en Acción denunció hace ahora un año las graves irregularidades detectadas, entre ellas se pudo certificar tanto el enterramiento in situ de alrededor de 2.000 m3 de RCD, como el abandono de importantes fragmentos de fibrocemento. La infracción de la Ley de residuos y suelos contaminados le sale así barata a la constructora, que consigue ahorrarse entre otros los costes de tratamiento y transporte de los residuos que la ley obliga a valorizar en plantas especiales.

El Área de Disciplina Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio impuso en enero una multa de 3.000 euros a Virton S.A., la empresa que en marzo de 2015 iniciaba el acondicionamiento del Cerro del Castillo con la demolición de las edificaciones de la antigua almazara de Valdemoro.

De este modo, el citado organismo regional confirma la supuesta infracción de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, tras incoar expediente sancionador en respuesta a la denuncia de la asociación ecologista. Los hechos habían sido igualmente puestos en conocimiento de la Guardia Civil y del Ayuntamiento, entonces presidido por el popular David Conde quien, pese a las irrefutables pruebas documentales presentadas (como videograbaciones y fotografías), siguió proclamando el impecable proceder de la ahora sancionada Virton.

La asociación ecologista califica de irrisoria esta sanción y carente, por tanto, de carácter ejemplarizante alguno, dado que difícilmente servirá para persuadir y evitar la repetición de actuaciones similares en el futuro por parte de esta u otras empresas. Este hecho resulta especialmente llamativo, toda vez que Virton es una adjudicataria habitual de ayuntamientos de toda la Comunidad de Madrid, destacando en Valdemoro por su grueso volumen de actividad.

Por otra parte, la imposición de dicha sanción -imputable a deficiencias procedimentales- no atiende en absoluto al evidente episodio de contaminación ambiental provocado. En este sentido Espartal Ecologistas en Acción lamenta que los responsables regionales soslayen hechos tan graves como la eliminación en la propia obra de restos de uralita, material potencialmente cancerígeno, despreciando la necesidad de destinarles un tratamiento diferenciado. Los residuos de amianto están sometidos a la misma legislación que regula el resto de residuos peligrosos.

La legislación sobre RCD establece su valorización en plantas de tratamiento. En lo relativo a aquellos residuos no susceptibles de valorización precisa que han de ser destinados a alguno de los vertederos autorizados de la región. La naturaleza de los residuos generados en el Cerro del Castillo -RCD de Nivel II- no autorizaba en ningún caso su eliminación en la propia obra, como Virton hizo con 2.000 m3 contaminados además con fibrocemento.