Ecologistas en Acción pide a Ayuntamiento, Junta y Turismoto que pasen página de su nefasta gestión de la concentración entre los años 2009 y 2016, evitando afectar al Pinar en el futuro.

Por sentencia nº 280, de 7 de marzo de 2017, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en Valladolid ha anulado la autorización otorgada por la Dirección General del Medio Natural de la Junta de Castilla y León al Club Turismoto para la realización de la acampada de la concentración motorista Pingüinos 2016 en el Pinar de Antequera de Valladolid, junto a la antigua Hípica Militar, que afortunadamente no llegó a realizarse.

Ratificando la argumentación de las dos sentencias de abril y septiembre de 2014 sobre Pingüinos 2010 y 2011, el Tribunal declara la nulidad de la acampada de Pingüinos 2016 en el Pinar de Antequera «al no ser compatible el uso autorizado con la naturaleza del bien en el que la misma se proyecta, compatibilidad que requieren los artículos 67.2 y 68 de la Ley autonómica de montes 3/2009 que establecen como condición sine qua non la de acreditación
de la compatibilidad entre la conservación de los valores naturales del monte a ocupar y el uso autorizado o a autorizar».

La autorización de la concentración infringió así la Ley de Montes de Castilla y León, pero también las Directrices de Ordenación del Territorio de Valladolid y Entorno (DOTVAENT), ya que el Pinar de Antequera está catalogado por las mismas como Área de Singular Valor Ecológico y Parque Metropolitano, y «esta actividad también es incompatible con los usos permitidos ya que implican el desarrollo de un conjunto de actividades que por su magnitud y envergadura superan lo previsto en las DOTVAENT».

El hecho de que Ayuntamiento y Junta cambiaran la parte del pinar afectada por la acampada, desde la playa de Puente Duero a la Hípica Militar, para intentar burlar las anteriores sentencias judiciales, es censurado por el TSJCyL cuando indica que «el cambio parcial de ubicación no altera la misma ya que el uso autorizado supone el acceso al pinar, en unas fechas determinadas, de un gran número de personas para la realización de actividades, como la acampada y acceso a la misma en motos, que nada tienen que ver la finalidad prevista en la normativa anteriormente citada».

Entre la normativa referida en la sentencia, aparte de la Ley del Patrimonio Natural de Castilla y León, se encuentra el Plan Especial de Protección de Usos del «Pinar de Antequera», aprobado por la Junta de Castilla y León para ordenar la utilización del pinar, en el que «como pone de manifiesto la entidad recurrente la instalación de campamentos de turismo y la actividad de acampada libre es un uso prohibido por el art. 2.1 p)». Una vez más, la Junta de Castilla y León ha sido la primera en incumplir sus propias normas, atentando de esta forma contra la legalidad y el medio ambiente.

Finalmente, la sentencia advierte de que no consta la autorización que de acuerdo a la normativa de actividades al aire libre «debe ser otorgada por la Delegación Territorial de la Junta, previo informe del Servicio territorial de Sanidad y Bienestar sobre las condiciones higiénico sanitarias del lugar y la potabilidad del agua, aspectos que no consta haya sido objeto de fiscalización por la autorización recurrida en este asunto». Se trata de un incumplimiento de las garantías sanitarias que se habría producido también en Pingüinos 2017, y que debería ser subsanado en años posteriores, en su caso.

Ecologistas en Acción considera que la sentencia del TSJCyL, recurrible ante el Tribunal Supremo y que impone las costas a Ayuntamiento, Junta y Turismoto, cierra la posibilidad de utilizar cualquier lugar del Pinar de Antequera para la realización de la acampada de la concentración motorista «Pingüinos». Ve por ello acertada la decisión de los organizadores de Pingüinos 2017 de renunciar al uso del pinar en la edición celebrada este año, que confía sea definitiva, y lamenta tanto la negligencia de la Junta de Castilla y León por autorizar una acampada masiva en un espacio natural protegido como el apoyo ciego a esta opción del Ayuntamiento de Valladolid, combatiendo hasta el final en el tribunal el recurso de Ecologistas en Acción, pese al cambio de equipo de Gobierno.

La tercera sentencia del TSJCyL sobre la concentración motorista Pingüinos en Valladolid sirve así de epílogo de la nefasta gestión de la actividad entre los años 2009 y 2016, a cargo del exAlcalde Javier León y la todavía concejala Mercedes Cantalapiedra, con la anuencia del exConsejero Antonio Silván y el todavía Director General del Medio Natural José Ángel Arranz, corresponsables de los daños ocasionados al pinar durante los seis años de realización ilegal de la concentración.