El proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo de la Comunidad de Madrid que el Gobierno regional ha remitido a la Asamblea de Madrid, abre la puerta a construir y reclasificar las zonas incendiadas y las que hayan sufrido otras agresiones ambientales. La Ley del Suelo actual prohíbe esta posibilidad al menos durante 30 años. Ecologistas en Acción muestra su preocupación por lo que considera un grave retroceso en la protección medioambiental y a la lucha contra los incendios.

Cuando en 2001 se aprobó la Ley del Suelo vigente, el único aspecto ambiental positivo fue la prohibición de reclasificar terrenos dañados por incendios o cualquier otra agresión ambiental (talas, contaminación de suelo, etc) durante un plazo de 30 años. De esta forma se evita que se provoquen fuegos u otras agresiones ambientales con fines especulativos.

Dieciséis años después, el artículo 26.2 del proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo de Cifuentes modifica esta prohibición para:

  • Eliminar la alusión expresa al período de 30 años. A cambio remite de forma genérica a “la ley forestal” y a la “ley de montes”, sin identificar a qué normas se refiere. En caso de que se tratara de la ley Forestal de la Comunidad de Madrid, esta norma no establece plazo alguno. Para el caso de la Ley de Montes estatal, se modificó en 2015 para permitir construir en terrenos incendiados, saltándose el plazo de 30 años, cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden.
  • Excluir los terrenos dañados por otras agresiones ambientales. El proyecto de Ley elimina la prohibición de construir y reclasificar los suelos dañados por otras agresiones ambientales, algo que sí contempla la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid vigente. Esto supone, por ejemplo, que se podría talar un bosque y posteriormente reclasificarlo.
  • Excluir los suelos agrícolas. El proyecto de Ley descarta prohibir la construcción y reclasificación de suelos agrícolas quemados. La Ley del Suelo actual incluye cualquier suelo no urbanizable de protección, ya sea forestal o agrícola.

A estas negativos cambios hay que añadir que el artículo 27 a) del proyecto de Ley, obliga a clasificar como suelo no urbanizable común los suelos forestales incendiados. Hay que tener en cuenta que buena parte de los suelos forestales están clasificados actualmente como suelo no urbanizable de protección. Es decir la ley obliga a clasificar los suelos quemados con una categoría de menor rango de protección que la que pueden tener actualmente. Además el suelo no urbanizable común puede ser reclasificado a urbanizable con mayor facilidad que el suelo no urbanizable de protección.

Por todo ello, Ecologistas en Acción muestra su preocupación por el retroceso en protección medioambiental que supone el proyecto de Ley de Suelo del Gobierno de Cifuentes. Con esta redacción de la nueva Ley, existe el riesgo de que se vuelvan a provocar incendios y otras agresiones ambientales para permitir la construcción en terrenos no urbanizables.

El proyecto de Ley de Urbanismo y Suelo se aprobó el 4 de abril de 2017 por el Consejo de Gobierno, sin participación pública, y fue remitido a la Asamblea de Madrid para su trámite parlamentario. Los grupos parlamentarios Socialista y Podemos han presentado una enmienda a la totalidad y han pedido la devolución del texto al Gobierno.