La Orden Anual de Vedas de Castilla y León teóricamente regula y adapta cada año los cupos, fechas y presión cinegética al estado de conservación de las poblaciones y al periodo reproductivo que vienen fuertemente condicionados por la climatología.

La climatología especialmente adversa de este año ha afectado de forma muy negativa al hábitat de pastizales y cultivos de cereal, y por lo tanto a las poblaciones de codorniz (Coturnix coturnix) y de tórtola común (Streptopelia turtur). Oficialmente la cosecha de cereal ha sido un 596nbsp;% inferior a la media de los últimos cinco años en CyL.

Sentencia contra el decreto

Sin embargo un año más, al igual que los 4 años anteriores, la Orden de Vedas de CyL establece que la codorniz comienza el día 15 de agosto (como marca la tradición y careciendo de todo criterio fenológico y ecológico), con cupos de 30 codornices/día y durante 20 días.

Estos cupos son irreales e ilusorios ya que en años anteriores se materializaban en que sólo unas decenas de cazadores en toda Castilla y León conseguían perchas de más de 20 codornices, y solamente el primer día; después las capturas se reducían a unas pocas unidades o ninguna por cazador. Este año, incluso los cazadores pronostican peores resultados.

Las escasas capturas y los estudios de las poblaciones de codorniz muestran que están en fuerte regresión, al igual que el resto de poblaciones de aves ligadas a medios agrícolas. La situación de la tórtola es especialmente grave; el propio Ministerio de Medioambiente ha emitido un Dictamen para incluir la tórtola común en el Catálogo Español de Especies Amenazadas con la categoría de Vulnerable.

El objetivo de Ecologistas en Acción es la conservación de la fauna silvestre; y que su caza no suponga una amenaza en su caso. En tal sentido se ha obtenido el respaldo de 5 Sentencias del Tribunal Superior de Justicia que han anulados varias normativas cinegéticas emitidas por la Junta de CyL. La Sentencia 604/2017 del TSJ de CyL es la más contundente porque evidencia el incumplimiento de la Directiva Aves 2009/147/CE por no garantizar que se cacen fuera de su periodo reproductivo y por no existir estudios que aseguren el aprovechamiento sostenible de estas dos especies.

Por su parte, la Junta de CyL ha respondido a estas Sentencias con nuevos subterfugios jurídicos de dudosa legalidad amparándose en el beneficio económico que genera la media veda, y en la presión social de los cazadores.