La urbanización de 48 hectáreas de Marina de Aguamarga, cuyo Plan Parcial ha sido ya aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Níjar, está siendo investigada por la Comisión Europea por su afección al espacio calificado como Lugar de Interés Comunitario y Zona de Especial Protección para las Aves ES0000046 “Cabo de Gata-Níjar”.

Ecologistas en Acción había presentado una queja ante la Comisión Europea denunciando los hechos, pero la Comisión ha abierto de oficio el expediente. Ecologistas en Acción aportará al expediente la información que tiene sobre esta urbanización ilegal que se pretende construir en terrenos de alto valor ecológico.

El expediente se basa en que los terrenos donde se proyecta la urbanización están clasificados como Hábitat Prioritario y Exclusivo por lo que, de acuerdo con el artículo 6 de la Directiva Hábitat, deben ser sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.

Nos encontramos ante un caso similar pero más grave que el de El Algarrobico. En El Algarrobico la Comisión Europea ha abierto un expediente al Estado español por no haber sometido el proyecto a Evaluación de Impacto Ambiental pero en el caso de Marina de Agua Amarga sí que ha sido sometido a EIA, pero el resultado ha sido desfavorable por el alto valor ecológico de los terrenos.

Marina de Agua Amarga forma parte de los pleitos que la Junta de Andalucía viene perdiendo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por no alegar el derecho comunitario o por no aportar los planos correctos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, PORN. Incluso la Consejería de Medio Ambiente ha llegado a aportar planos falsos como en el caso de la Isleta del Moro donde aportó al TSJA una planimetría falsa en la que aparecían como urbanizables espacios protegidos.

En el caso de los terrenos situados detrás de El Algarrobico la Junta de Andalucía ha perdido sorprendentemente frente a Azata la sentencia de fecha 17 de octubre de 2006 en la que el TSJA ha dictado otra sentencia errónea afirmando que los terrenos situados detrás de El Algarrobico, en pleno Parque Natural y LIC, no requieren Evaluación de Impacto Ambiental. Esta sentencia, como las otras, las ha perdido la Junta de Andalucía porque el TSJA ignora que esos terrenos son LIC pues la Junta de Andalucía le ha ocultado al TSJA la protección europea de esos terrenos.

El Delegado de la Consejería de Medio Ambiente ha dirigido un escrito a Ecologistas en Acción afirmando que la Junta de Andalucía actúa legalmente en esos pleitos. El Sr. Delegado de Medio Ambiente tiene ahora la oportunidad de demostrar que actúa de buena fe, porque el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería, el que ha dado la orden de paralizar las obras del Hotel de El Algarrobico, le ha pedido que aporte la planimetría del PORN de El Algarrobico.

Si el Delegado aporta al Juzgado la planimetría publicada en la página 13.708 del BOJA número 203 de 22 de diciembre de 1994 que aprobó el PORN, demostrará que actúa de buena fe pero si aporta la planimetría presuntamente falsa donde los terrenos de El Algarrobico aparecen como urbanizables sabremos que lo que pretende la Consejería de Medio Ambiente es perder los pleitos para que terrenos protegidos, de alto valor ecológico, sean urbanizados.