D. José Guirado, Director General de la Consejería de Medio Ambiente, ha declarado en rueda de prensa que la denuncia por autorizar unas obras en el hábitat de una especie protegida, el Androcymbium europaeum, se ha debido a razones personales, lo cual no es cierto y falta a la verdad de forma descarada.

Y lo más grave es que en ésta rueda de prensa, y en otra anterior, él y el Delegado Provincial de Medio Ambiente se atreven a realizar veladas amenazas contra el Coordinador Provincial de Ecologistas en Acción y uno de sus abogados, lo cual dice muy poco en su favor como personajes públicos.

La denuncia de Ecologistas en Acción contó en todo momento con el respaldo de la organización a nivel autonómico y nacional por lo que no fue en ningún momento una decisión personal. Dos años después de estar tramitándose la denuncia, la Asociación de Amigos del Parque se personó en la causa. Antes de hacerlo, la Junta Directiva de la Asociación sometió el asunto a debate y aprobó por unanimidad la personación. Nunca fue una decisión personal, sino colegiada. Precisamente el abogado de Amigos del Parque se retiró de la causa días antes del juicio para demostrar que no se trataba de una cuestión personal suya y que el proceso seguiría adelante sin él, como así sucedió.

Pero lo verdaderamente grave de todo lo sucedido en torno al caso es su desenlace final. Durante el acto del juicio, el Juez Sr. Columna, titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería y Juez Decano, conculcando el derecho a la tutela judicial, expulsó de estrados a los letrados de las asociaciones que mantenían la acusación. El Sr. Columna adujo que ambos letrados habían presentado fuera de plazo sus respectivos escritos de acusación y que por tanto no existía acusación, ni denuncia alguna contra los hasta entonces acusados.

Según esta tesis del Juez Sr. Columna, si opinaba que no había ya denuncia alguna contra los responsables de Medio Ambiente debería haber sobreseído el caso y no celebrar el juicio. Cualquier persona lega en la materia sabe que no se puede enjuiciar a una persona si no existe acusación contra ella. El fiscal no presentó acusación en su día y las acusaciones ecologistas fueron tenidas por inexistentes y echadas de la Sala de vistas.

¿Por qué entonces el Sr. Columna celebró el juicio, sin acusar de nada a los responsables de Medio Ambiente, dictó sentencia inmediatamente in voce y además la declara firme?

Además, el escrito de acusación se había presentado dentro de plazo.

Los dos letrados de las organizaciones ecologistas que sostenían la acusación presentaron sus escritos, antes de transcurrir el plazo de 5 días contados desde la efectiva entrega de la causa.

Tal es así que el juez de Instrucción dictó un Auto firme por el cual tenía por presentados dentro de plazo ambos escritos de acusación y envió la causa al Juzgado de lo Penal para que se celebrase el acto del Juicio Oral.

En opinión de Ecologistas en Acción, el Juez Sr. Columna no ha guardado las formas propias de un Estado de Derecho por lo que ya ha iniciado los trámites para recurrir la sentencia y pedir la nulidad del juicio.

Ecologistas en Acción espera una actuación contundente por parte del Colegio de Abogados en defensa del más elemental derecho al ejercicio de la profesión puesto que se ha expulsado injustamente de estrados a dos de sus colegiados. En caso contrario pedirá amparo al Consejo General de la Abogacía.