Con fecha del pasado viernes, el titular del juzgado de instrucción número 2 de Calahorra comunicaba a Ecologistas en Acción, vía escrito oficial, que se admite la denuncia presentada por nuestra asociación el pasado día 12 de Junio, y que pese a que en un primer momento, este propio juzgado de instrucción había decidido no admitir a tramite dicha denuncia, según auto de fecha 3 de Julio. Ante dicho posicionamiento del juzgado, Ecologistas en Acción decidió no presentar recurso. Pero gracias a las alegaciones al mismo que si que fueron presentadas por el Ministerio Fiscal, el Juzgado decide abrir diligencias previas, según señala en la parte dispositiva:

“Que debo acordar y acuerdo reformar la resolución impugnada al objeto de practicar diligencias que permitan determinar la posible comisión dolosa o imprudente de un delito de envenenamiento o adulteración, con sustancias gravemente nocivas para la salud, e as aguas potables”

Por tanto el Juzgado realizará las investigaciones necesarias para determinar si por parte de los responsables del Ayuntamiento o de terceros se ha cometido falta o delito al ocultar a los ciudadanos durante meses que el agua de boca que consumían se encontraba contaminada, o al ser terceros los responsables de dicha contaminación

El Juzgado argumenta su decisión de admitir a trámite la denuncia e iniciar las diligencias previas en los siguientes fundamentos jurídicos:

«Tal y como sostiene el Ministerio Fiscal la resolución recurrida (de no admitir a trámite inicialmente la denuncia de Ecologistas en Acción) infringe el derecho fundamental a la Tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 al no haberse acordado diligencias de averiguación que permitan determinar la eventual comisión de un delito contra la Salud Pública tipificado en el art. 365 del Código Penal. Procede en consecuencia reformar la resolución impugnada al objeto de practicar diligencias que permitan determinar la posible comisión dolosa o imprudente de un delito de envenenamiento o adulteración con sustancias gravemente nocivas para la salud, de las aguas potables”.

Así mismo, la fiscalía, en consonancia con Ecologistas en Acción, incide en su alegación (según consta en el propio auto de admisión) en que es preciso determinar aspectos fundamentales de este lamentable episodio, como investigar a procedencia de la contaminación, su mantenimiento durante meses, la posible existencia de empresas en la zona que utilicen la atrazina, la incidencia de la sustancia en el consumo humano, la existencia de grupos de riesgo, la posible afectación a la salud humana, la existencia de analíticas, y la eventual desaparición del foco contaminante.

Por tanto satisfacción en Ecologistas en Acción, una asociación que lucha por la conservación de la salud del medio natural y de los ciudadanos. Una asociación que considera inaceptable la conducta del Alcalde de Calahorra y de su Concejala de aguas que de forma consciente ocultaron a la población este grave hecho. Permitieron que todos los ciudadanos de Calahorra siguiésemos consumiendo durante un tiempo indeterminado, un agua que no era apta para el consumo humano, y que así lo advertían los análisis oficiales.