En fechas recientes, las Delegaciones provinciales de Medio Ambiente de Málaga y Granada han vuelto a convocar una marcha hacia la cumbre de la Maroma, desde sendas provincias, en un programa que viene repitiendo desde hace seis años, denominado “Encuentro de 2 provincias en las alturas”, actividades que Gena-Ecologistas en Acción ha ido denunciando en cada ocasión, por considerar que tal actividad es potencialmente dañina para los fines de protección de la biodiversidad del Parque Natural de Tejeda y Almijara.

El aspecto crítico de esta actividad no es el senderismo en sí, que se contempla como una actividad recreativa de bajo impacto si se realiza correctamente, sino la persistente intención de congregar hasta 100 personas en la Maroma, una cifra que excede cuatro veces la recomendada en otros espacios naturales de características similares donde sí se han preocupado por evitar la masificación de las actividades permitidas. Nada tendríamos que objetar si esta actividad se realizara para un grupo de un máximo de 25 personas, pero por alguna razón ambas delegaciones se empeñan, año tras año, en convertir la cumbre de la Maroma en un espectáculo de masas.

Entre los argumentos legales esgrimidos por Gena-Ecologistas en Acción figuran diversos artículos del todavía vigente Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural de Tejeda y Almijara, que también están presentes en el proyecto de Decreto de ZEP de Tejeda y Almijara, que en estos momentos está sometido a exposición pública:

1.- La Maroma se encuentra en una zona delimitada como Zona de Reserva con el máximo de protección (grado A) debido a la existencia de comunidades vegetales y especies de flora, de interés comunitario y protegidos por la legislación europea y andaluza.

2.- En las zonas de protección de grado A Cualquier otra actuación, como las de uso público (turístico-recreativo) debería estar supeditada al prioritario criterio de conservación.

3.- Se reconoce que entre las amenazas para la biodiversidad de las cumbres se encuentra el exceso de presión por las actividades de uso público (en este caso el senderismo).

4.- Aunque el senderismo aparece como “actividad compatible” en estas zonas, también aparece como “incompatible” el que se haga fuera de los senderos (campo través) y en cualquier caso debe prevalecer el criterio de conservación de los valores naturales. En la Maroma no hay senderos y la gente suele deambular, pisoteando por todas partes.

5.- Entre los usos compatibles, aparece el deber de la Consejería de asegurar que una actividad (en este caso el senderismo masivo) no favorezca el acceso a enclaves de interés botánico singulares y en particular con presencia de las especies de flora protegida (que existe en la Maroma) y debe evitar que se solapen actividades de forman que puedan causar perjuicios (como, en este caso, hacer coincidir en la Maroma dos excursiones masivas procedentes de distinta provincia).

Por todo ello, consideramos que la Consejería de Medio Ambiente, representada en este caso por las Delegaciones de Málaga y Granada, están haciendo dejación de sus funciones de preservación del parque natural y, además, están fomentando actividades de fuerte impacto ambiental. Esta denuncia se presentará ante la Junta Rectora del Parque Natural de Tejeda y Almijara.