España ocupa uno de los primeros puestos en el uso de pesticidas. Unos 50 fitosanitarios se siguen utilizando, a pesar de estar prohibidos, acogiéndose a las autorizaciones excepcionales.

Fernando Pérez. Miembro de Ecologistas en Acción de Ávila. Revista Ecologista nº 97.

España es uno de los países de la Unión Europea que más pesticidas emplea. Según los datos de Eurostat de 2014 1, a los que hace referencia la auditoría de la Comisión Europea (CE) 2, el Estado español supera a Francia, hasta hace poco el mayor consumidor, en uso de productos fitosanitarios; solo en 2014 se compraron en nuestro país casi 80.000 toneladas de pesticidas.

Este récord no es fruto de un día. En la década de los 50, la agricultura en España se mecanizó y se generalizó el uso de tractores, lo que posibilitó la explotación de un número mayor de hectáreas para la producción alimentaria. Esta nueva agricultura intensiva, a diferencia del hasta entonces método tradicional de arado y siembra con caballerizas, de utilización del estiércol para abono, de los períodos de barbecho, etc, fomentó los monocultivos y la aparición de plagas.

Las empresas agroquímicas encontraron en nuestros campos un negocio que se amplió también a los jardines. Se inició así una carrera de los más eficaces pesticidas, agrotóxicos y biocidas. Surgieron productos que eran la ‘panacea’, como ocurrió con el dicloro difenil tricloroetano (DDT), sustancia organoclorada, ampliamente usada desde entonces. Sus efectos no se hicieron esperar, no sólo sobre los insectos también en las personas. Una década después se publicó, 1962, el libro Primavera silenciosa de Rachel Carson, donde se exponían los peligros derivados de la utilización del DDT, llegando incluso a afirmar que acabarían extinguidos todos los pájaros del mundo si se seguía utilizando este insecticida.

El DDT y otros venenos

El DDT fue finalmente prohibido en 1972 por la Agencia de Protección Ambiental de los EE UU. En España, la prohibición entró en vigor en 1977. Sin embargo, 40 años después, aún se sigue detectando en las aguas superficiales como queda demostrado en el informe Ríos Hormonados 3.

Pero después surgió un nuevo producto ‘milagroso’, el bromuro de metilo, que ya no sólo es un insecticida, su abanico de actuación se amplía a sus efectos nematicida, fungicida, acaricida, rodenticida y herbicida y se ha usado de manera extensiva en todos los ámbitos, tanto el agrícola como en jardines, campos de golf, etc. Su uso era la desinfección, o mejor dicho, la esterilización de los suelos como biocida, eliminando todos los organismos, tanto los competidores con nuestros cultivos, como los beneficiosos para la regeneración fértil de los terrenos.

Estos productos tan tóxicos tuvieron efectos secundarios sobre la fauna, las personas y el entorno incluso afectaron a la capa de ozono estratosférico. Así, en 1987, en el Protocolo de Montreal, ratificado por el Estado español en 1989 4, se decidió prohibir el uso de clorofluorocarbonos (CFC) entre los que se encuentra el bromuro de metilo, después de una moratoria, se prohibió definitivamente en 2005.

Entonces la industria química sacó un nuevo producto para sustituir al anterior como biocida y esterilizante de suelos, la mezcla de dos sustancias organocloradas (de nuevo este término, 50 años después), el 1,3-dicloropropeno y la cloropicrina, usado en nuestro país en una multitud de cultivos hortícolas, y con efectos insecticida, nematicida, fungicida y herbicida. De nuevo se fueron observando los efectos secundarios sobre el medio natural y las personas.

En el caso del 1,3-dicloropropeno, en 2007 la Comisión Europea decidió su prohibición 5, decisión que fue recurrida 6 por la empresa propietaria de los derechos, Dow Agrosciences. El Consejo de Europa, 2010, decidió definitivamente su prohibición 7 por sospecha de contaminación de las aguas subterráneas y posible contaminación de diez impurezas por vía aérea de largo recorrido, concluyendo que el riesgo para organismos no objetivo (flora, fauna y seres humanos) no era aceptable.

Efectos sobre la salud

No sólo la UE alerta de la extrema toxicidad de dicha sustancia, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (IARC), dependiente de la Organización Mundial de la Salud (OMS), califica el 1,3-dicloropropeno como cancerígeno 8 demostrado en mamíferos, y posiblemente en seres humanos.

Las fresas son uno de los cultivos que más pesticidas reciben.

Respecto a la cloropicrina, también fue prohibida por la CE en 2011, prohibición trasladada a nuestra normativa nacional 9.

Afortunadamente en abril pasado, el Comité Permanente de Animales y Plantas de la UE prohibió los productos clotianidina, imidacloprid y tiametoxam 10 por sus consecuencias sobre las abejas, responsables mayoritariamente de la polinizaciónde árboles y cultivos. Los mismos que el glifosato, cuyas evidencias de toxicidad están más que demostradas, que muchos países en Europa quieren que se prohíba.

Sin embargo, el Estado español y algunos países de la UE, utilizan el artículo 53 del Reglamento Europeo CE 1107/2009 11, inscrito dentro de la subsección de excepciones, titulado Situaciones de Emergencia en Materia Fitosanitaria, para seguir con el uso de químicos en agricultura muy peligrosos:“No obstante lo dispuesto en el artículo 28, en circunstancias especiales, un Estado miembro podrá autorizar, por un período no superior a 120 días, la comercialización de productos fitosanitarios… si tal medida fuera necesaria… ”.

Es decir, en circunstancias especiales, y ante la detección de una plaga que pueda poner en “alto riesgo” la cosecha, se puede autorizar cualquier sustancia, prohibida o no.

En España se aplica de manera rutinaria esta excepcionalidad, hasta el Defensor del Pueblo de España así lo reconoce 12 y no de forma puntual, sin acreditar la existencia de plaga alguna y con una limitación mínima de toda una Comunidad Autónoma. Son las comunidades autónomas las que de modo rutinario todos los años solicitan al Ministerio de Agricultura la emisión de las llamada autorizaciones especiales o excepcionales. Es decir, sin limitación geográfica real circunscrita a la teórica plaga, y con una falta evidente de controles lo que ha puesto en evidencia la oficina del defensor del Pueblo.

Se sigue usando y abusando de todos los agrotóxicos y biocidas, autorizados o prohibidos en defensa de la protección de la sanidad humana, animal y vegetal, en beneficio los bolsillos de algunos sectores agrícolas. Responsables sectoriales no tienen el menor rubor en exigir el uso de dichos productos 13.

Fumigaciones con glifosato al lado del río Cega. Ecologistas en Acción de Segovia.

De hecho, la auditoría de la CE en España señala en su primer párrafo, punto 78, que “la cifra de autorizaciones de emergencia (autorizaciones excepcionales) se ha triplicado en los últimos cinco años (2012-2017)”

“Uso sostenible”

La UE va por caminos estratégicos muy diferentes a los que utiliza nuestra Administración. En 2009 la directiva 2009/128/CE 14 instaba a los estados miembros a hacer un uso sostenible de los plaguicidas. Francia, entonces el mayor consumidor de fitosanitarios de la UE, lanzó (2009) el plan ecophytos 1 para reducir en 10 años el uso al 50 % de los productos fitosanitarios.

El plan no tuvo el éxito, por lo que se lanzó un nuevo plan ecophytos 2 15 para reducir un 25 % de pesticidas para 2020 y un 50 % para 2025.

En España, el Ministerio de Agricultura pareció involucrarse, aunque no con la misma decisión que Francia. Se traspuso a la directiva de 2009 a nuestro ordenamiento jurídico con la publicación del Real Decreto 1311/2012 16, en el que incluía la Gestión Integrada de Plagas, que exigía un asesor a las empresas agropecuarias a partir una determinada producción, que priorizara métodos tradicionales como el barbecho, la rotación de cultivos, la solarización y métodos biológicos sobre los métodos químicos, al igual que la emisión de guías de buenas prácticas en diferentes cultivos 17.

Pero debido a las fuertes presiones del sector agrario no se han implantado estas buenas prácticas. Y a día de hoy, ya está demostrado en la agricultura que en el Estado español se está usando, anualmente, unas 50 sustancias prohibidas, empleadas en los campos bajo el paraguas de las autorizaciones excepcionales 18.

  1. http://ec.europa.eu/eurostat/documents/3217494/7777899/KS-FK-16-001-EN-N.pdf
  2. http://ec.europa.eu/food/audits-analysis/audit_reports/details.cfm?rep_id=3933
  3. https://www.ecologistasenaccion.org/?p=35829
  4. http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1989-6270
  5. https://publications.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/0eae8e56-1d79-4a0d-8718-af489ed94efe/language-es
  6. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:62007TN0470&from=ES
  7. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52010PC0444&from=ES
  8. https://monographs.iarc.fr/wp-content/uploads/2018/06/mono71-41.pdf
  9. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2011-82726
  10. http://www.elmundo.es/ciencia-y-salud/ciencia/2018/04/27/5ae2e73c46163f5a208b45ea.html
  11. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2009-82202
  12. https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/instar-a-las-administraciones-autonomicas-que-inspeccionen-vigilen-controlen-el-uso-de-los-productos-fitosanitarios-con-13-dicloropropeno-yo-cloropicrina-para-reducir-sus-riesgos-sobre-la-salud-o/
  13. https://www.elconfidencial.com/tecnologia/ciencia/2018-04-28/prohibicion-neonicotinoides-abejas-remolacha_1556331/
  14. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2009-82204
  15. http://www.agroquimica.es/francia-quiere-reducir-a-la-mitad-el-uso-de-pesticidas-el-plan-contempla-reducir-al-50-su-utilizacion-en-2025
  16. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2012-11605
  17. http://www.mapama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/productos-fitosanitarios/guias-gestion-plagas/default.aspx
  18. http://www.mapama.gob.es/agricultura/pags/fitos/registro/fichas/excel/AUTORIZACIONES+EXCEPCIONALES+EN+VIGOR.xls