Se prevé la colocación de entre 25 y 30 cámaras en las vías de acceso a la ciudad, centro, y rotondas. El objetivo esgrimido es “proteger el interés público, facilitar la convivencia ciudadana, la utilización correcta de las vías y espacio público, y la prevención del vandalismo y la violencia”. El proyecto tiene que ser redactado y sometido a licitación pública.

Sin desmerecer desde luego tan notables propósitos, el Ayuntamiento de Tomelloso yerra en el tratamiento de la falta de civismo. La educación es el mejor antídoto para prever o anticipar comportamientos o actitudes contrarios a la convivencia ciudadana. La justicia social, la solidaridad, la intermediación en conflictos y la sostenibilidad son claves para minimizar o evitar la violencia en nuestras calles. Violencia no solo concebida partiendo de esquemas mentales convencionales (hurtos, peleas o discusiones de tráfico), sino la que se encuentra enraizada profundamente en un modelo de sociedad patriarcal, capitalista y clasista, y por ello competitiva y consumista, que ha desestructurado las bases sociales comunitarias.

La videovigilancia en lugares públicos puede constituir, sin la debía restricción y control de los poderes públicos, una intromisión en la intimidad, la imagen y el honor de las personas. Contamos con una legislación garantista en lo que concierne a derechos y libertades públicas, y a la protección de datos, pero la generalización indiscriminada de sistemas de captación, tratamiento y uso de imágenes y grabaciones en la calle induce a pensar que hay sectores políticos, sociales, pero sobre todo empresariales, interesados en crear corrientes de opinión proclives a la recreación de espacios policiales. No es de extrañar así que una parte mayoritaria de la sociedad española vea con buenos ojos la integración urbana de este tipo de dispositivos, como atestigua una encuesta del CIS de 2009.

Ecologistas en Acción ha expresado en un escrito dirigido a la Alcaldesa de Tomelloso su preocupación por la adopción de un enfoque unívocamente policial ante episodios de deterioro de la convivencia, que requieren otro tipo de actuaciones, como la intervención social. Por otra parte, esta asociación recuerda que el Ayuntamiento tiene la obligación de informar a la ciudadanía del derecho que le asiste a presentar quejas y reclamaciones ante supuestos casos de uso indebido, ilícito o negligente de imágenes, que ampara la Ley Orgánica 4/1997 de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.

También se pide que se sigan escrupulosamente los exigentes trámites y requisitos de la Ley Orgánica 4/1997 y del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (RGPD).