Ecologistas en Acción y vecinas ha denunciado en la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y en el Ayuntamiento de Lebrija, el vertido continuado e incontrolado desde hace años, de basura y escombros en la antigua estación de ferrocarril.
A unos metros del pueblo de Lebrija, hace tiempo que furgonetas y camiones utilizan diariamente los terrenos de la estación para vaciar su carga de escombros, latas de pintura, sacos de productos fitosanitarios, colchones, muebles, textiles, juguetes, carritos y demás residuos al lado de la plataforma ferroviaria.
Denunciada la situación al ayuntamiento, este se desentendió del problema afirmando carecer de competencias porque el terreno no es municipal y pertenece a ADIF. Sin embargo, los ecologistas han comprobado que la ordenanza municipal reguladora de la limpieza permite que, ante situaciones de falta de seguridad, salubridad y ornato, “el Ayuntamiento proceda, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de las actuaciones exigidas” (limpieza y vallado) e incluso imponga “hasta diez multas coercitivas” (1).
Ecologistas en Acción recuerda que la acumulación de residuos peligrosos incontrolados, además de la imagen de suciedad y desidia, constituye un peligro ambiental y de salud pública porque afecta a la calidad del aire, las aguas y los suelos.
Los ecologistas y vecinas piden que el ayuntamiento asuma su responsabilidad, que limpie y descontamine el lugar y que adopte las medidas sancionadoras y de protección pertinentes para evitar que continúen los vertidos.
(1) Artículo 15.- Ejecución forzosa. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación urbanística de Andalucía, el incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución habilitará al Ayuntamiento para adoptar cualquiera de estas medidas: a) Ejecución subsidiaria a costa del obligado, hasta el deber normal de conservación (art. 155 LOUA). b) Imposición de hasta diez multas coercitivas.