Los humedales son espacios acuáticos naturales (permanentes o intermitentes) únicos, muy valiosos, complejos y dinámicos, que albergan una rica biodiversidad. La comarca del Baix Maestrat (al NE de la provincia de Castellón) tiene una amplia representación y no todos están reconocidos por las administraciones. Existen lagunas endorreicas interiores, como las lagunas de Sant Mateu, La Jana, Salzadella, etc. así como desembocaduras de barrancos y ríos, como el Sènia, Servol, Aiguadoliva, Riu Sec, Barranquet, Moles, Irta, Atmeler, entre otros. Existen balsas como en Sant Jordi o Traiguera y otros humedales diversos como embalses, saladares, o tolls.

Todos ellos son importantes para todos/as ya que son fuentes de agua dulce y termorreguladores del clima. Albergan una biodiversidad única de espacios palustres y regulan inundaciones y avenidas. Funcionan como auténticas depuradoras naturales y son sumideros de CO2, más eficientes que las masas forestales en la lucha contra el cambio climático. Además, resultan esenciales para muchas actividades económicas al ser fuentes de materias primas singulares. Son, por tanto, esenciales para la vida.

Todos los humedales del territorio valenciano están protegidos por la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, Título I, Capítulo III («Protección de otras áreas») de su legislación consolidada del 25.06.2016:

«Artículo 15. Zonas húmedas»

  1. Son zonas húmedas, a los efectos de la presente ley, las marismas, marjales, turberas o aguas rasas, ya sean permanentes o temporales, de aguas estancadas o corrientes, dulces, salobres o salinas, naturales o artificiales, así como cualquier otro espacio de características análogas, con independencia de la denominación que reciba. (Redacción dada por la Ley 7/2016, de 30 de septiembre, de reforma del artículo 15 de la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana (Diari Oficial núm. 7888 de 05.10.2016).
  2. Las zonas húmedas deberán ser preservadas de actividades susceptibles de provocar su recesión y degradación, a cuyo fin los terrenos incluidos en las mismas serán clasificados en todo caso como suelo no urbanizable sujeto a especial protección, de conformidad con lo dis-puesto en la Ley 4/1992, de 5 de junio, sobre Suelo No Urbanizable. La clasificación de suelo se mantendrá aún en el supuesto de desecación por cualquier causa de la zona húmeda o parte de la misma.
  3. En el supuesto de actividades consolidadas en el entorno de las zonas húmedas que puedan tener influencia en la calidad de sus aguas, estas instalaciones adecuarán sus vertidos a los criterios de calidad establecidos por la Conselleria de Medio Ambiente.
  4. El Gobierno valenciano, a propuesta de la Conselleria de Medio Ambiente, aprobará mediante acuerdo un catálogo de zonas húmedas en el que se incluya la delimitación de dichas zonas y las cuencas en que el planeamiento urbanístico deberá adoptar especiales precauciones con el fin de garantizar su conservación y donde la planificación hidrológica habrá de pre-ver las necesidades y requisitos para la restauración y conservación de la zona húmeda en la que viertan y las actuaciones hidrológicas en el ámbito de las competencias autonómicas de-berán prever las necesidades y requisitos para la restauración y conservación de la zona húmeda a la que afecten.

Además, la normativa del Decreto 58/2018, de 4 de mayo del Consell, por el cual se aprueba el Plan de Acción Territorial de la Infraestructura Verda del Litoral de la Comunitat Valenciana (PATIVEL), obliga a dotar de protección ambiental y protección de su Suelo No Urbanizale a numerosas zonas litorales con presencia de humedales.

A pesar de esto, las administraciones, tanto autonómicas como locales, cumplen muy poco con lo escrito y hay demasiados humedales olvidados, no reconocidos, no delimitados, no catalogados y desprotegidos y amenazados. Se siguen planificando actuaciones urbanísticas en sus terrenos, se ven afectados por la construcción de infraestructuras, zonas de cultivo, vertidos de residuos, incendios, caza, introducción de especies exóticas y negligencia humana en general, entre muchas otras amenazas.

APNAL-Ecologistes en Acció de Vinaròs recuerda que en concreto las importantes zonas húmedas de las desembocaduras del barranco de Aiguadoliva y el rio Servol en Vinaròs o de las desembocaduras de la rambla Alcalá o Barranquet y del riu Sec en Benicarló sufren graves amenazas debido al urbanismo, regeneraciones improductivas de playas y construcción de espigones e infraestructuras, así como vertidos de residuos y basuras, eutrofización de sus aguas por aportes de fertilizantes y productos químicos, introducción de especies exóticas de fauna (flora, peces, tortugas, etc.).

Es necesario actuar para protegerlas adecuadamente, dado que la mayoría de estos impactos tienen soluciones técnicamente inviables o carecen de ella en absoluto.

Por tanto, es necesario:

  1. Que las administraciones competentes conserven de forma efectiva los humedales catalogados entre los que se cuentan, entre otros, la desembocadura del Riu Sènia (Vinaròs), Marjal de Peñíscola (Peñíscola), desembocadura de Riu Coves (Alcossebre) y los vigilen y eviten agresiones.
  2. Que las administraciones competentes cataloguen los humedales olvidados, reclasificando sus suelos a No Urbanizables (de Protección Litoral, cuando sea el caso), y delimiten y protejan adecuadamente todo su entorno. Se han realizado solicitudes a los ayuntamientos para el cumplimiento inmediato de la normativa PATIVEL. Entre ellos se cuentan los sectores Sòl de Riu y Aiguadoliva en Vinaròs, sectores Surrach-Mar Xica (Benicarló), Pixells (Peñiscola) y Cala Mundina (Alcalà de Xivert).
  3. Que se evite la creación de nuevas zonas de cultivo de regadío junto a los humedales y se limiten las existentes, dotándolas de medios para evitar la contaminación de los acuíferos por nitratos u otros contaminantes.
  4. Que se vele por una buena salud de las aguas en las zonas palustres y acuíferos.
  5. Que se realicen importantes esfuerzos por fomentar la educación ambiental en estos ambientes únicos y la población local que los rodea.

¡Nuestros humedales son fuentes de vida y deben ser conservados!