La Generalitat Valenciana pretendía legalizar el proyecto de ampliación del puerto deportivo, cuyo estudio de impacto ambiental era de un plan anterior.

Las organizaciones Ecologistas en Acción, Greenpeace y WWF muestran su satisfacción por la decisión del Tribunal Supremo de desestimar el recurso de la Generalitat Valenciana que pretendía legalizar el proyecto de ampliación del puerto deportivo Luis Campomanes en Altea (Alicante). De este modo, la sentencia del 1 de febrero de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que anulaba ese proyecto sigue en pie. El Tribunal Supremo afirma que el estudio de impacto ambiental realizado por el promotor (Marina de Greenwich S.A.) no se correspondía con el proyecto presentado sino que estaba relacionado con un proyecto diferente.

La sección tercera de sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo [1] ha desestimado el recurso de casación que la Generalitat Valenciana interpuso en mayo de 2010 contra la sentencia del TSJCV de febrero de 2010. Esta sentencia anulaba el proyecto de ampliación del puerto deportivo Luis Campomanes (ahora denominado Marina Greenwich). Fue presentado por la mercantil Marina de Greenwich S.A. en 2002 y aprobado por la Conselleria de Infraestructuras y Urbanismo.

En el procedimiento judicial quedó acreditado que las obras, que duplicarían el número de amarres de 500 a 1.000, ocuparía y destruiría una pradera de Posidonia oceanica [2] muy bien conservada en una extensión de varias decenas de hectáreas. La Declaración de Impacto Ambiental pretendía imponer como una medida compensatoria el trasplante de las matas de esa a otra localización. Sin embargo, ese trasplante era inviable y nunca se había realizado con anterioridad con éxito en el Mediterráneo en una extensión tan grande.

La evaluación ambiental es irregular. Entre otras ilegalidades, se acreditó que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado no se correspondía con el proyecto final, sino con un proyecto anterior, sometido a información pública en el año 2000.

La Generalitat Valenciana ha pretendido convencer al Tribunal Supremo de la corrección de la evaluación ambiental realizada, pero sus argumentos no han sido atendidos. Quedó demostrada la falta de correspondencia entre el proyecto y el EIA.

El fallo de la sentencia establece que Marina de Greenwich S.A. [3] y la Generalitat Valenciana deberán hacerse cargo del pago de las costas del procedimiento judicial en el Tribunal Supremo.

Para las organizaciones ecologistas, esta sentencia certifica el fin de un proyecto de infraestructuras innecesario y con impactos ambientales críticos sobre la biodiversidad del mar Mediterráneo en la bahía de Altea. Y esperan que sirva de ejemplo para futuros proyectos.

Notas

[1] En sentencia del 11 de junio de 2013

[2] Fanerógama marina protegida y endémica del mar Mediterráneo, y de excepcional valor ecológico.

[3] Por error en la sentencia aparece en calidad de recurrida y en realidad era promotora del proyecto y por tanto recurrente.