En una vuelta de tuerca más hacia la desregulación de las actividades clasificadas como molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, hoy entra en vigor el Decreto 4/2018, de 22 de febrero, por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas en Castilla y León, modificando por esta vía el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de la Comunidad.

A partir de hoy, todas las explotaciones ganaderas diferentes de las porcinas con más de 750 cerdas madres ó 2.000 cerdos de cebo y las avícolas con más de 40.000 gallinas ó 55.000 pollos estarán exentas de licencia ambiental en Castilla y León, pudiendo implantarse e iniciar su actividad con una simple comunicación al Ayuntamiento del término municipal en que se ubiquen, sin información pública, informes previos ni audiencia a los vecinos colindantes.

Esto significa que una gran explotación ganadera industrial como la proyectada en Noviercas (Soria), con 20.000 vacas de leche, que conlleva un consumo de agua, unas emisiones de gases de efecto invernadero y una producción de residuos superiores a una ciudad como Soria, podría empezar a funcionar sin información pública. A otra escala cientos de granjas intensivas de bovino, ovino, porcino o aves podrán ubicarse en los pueblos de Castilla y León sin que sus vecinos lo sepan hasta que las vean y huelan funcionar.

En opinión de Ecologistas en Acción, se trata de un retroceso que nos lleva hasta 1961, año en que se aprobó el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), legislación estatal básica todavía vigente en las Comunidades Autónomas que carecen de normativa propia en materia de actividades clasificadas. Dicho Reglamento incluyó la información pública, los informes de las Comisiones Provinciales y la audiencia a los vecinos colindantes como trámites previos para la obtención de la licencia municipal.

Ya suprimido en 2014 el informe previo de las Comisiones Territoriales de Medio Ambiente, la desregulación de las explotaciones ganaderas intensivas en Castilla y León se completa ahora con la eliminación de la información pública, todo informe previo y la audiencia a los vecinos colindantes, lo que supone para la entidad ecologista una vulneración de la normativa en materia de información y prevención ambiental que hace revivir en Castilla y León el RAMINP, incluida su exigencia de 2.000 metros de distancia mínima a núcleos de población.

Es llamativo que frente a esta regulación básica preconstitucional, la nueva normativa de la Junta de Castilla y León limite la distancia mínima de las instalaciones ganaderas no porcinas a los núcleos de población a por ejemplo 100 metros en el caso de la macrogranja bovina de Noviercas. En opinión de Ecologistas en Acción, la “barra libre” para las explotaciones ganaderas industriales va a conllevar un aumento de la conflictividad social, un incremento de la litigiosidad y en definitiva una mayor inseguridad jurídica para promotores y vecinos.

Por otro lado, la nueva desregulación autonómica conlleva la modificación por decreto de una ley como la de Prevención Ambiental, sin que sobre la misma hayan tenido la posibilidad de opinar las Cortes de Castilla y León, invadiendo el Consejo de Gobierno de la Junta la competencia legislativa exclusiva del Parlamento autonómico.

Por todos estos motivos, Ecologistas en Acción solicitará al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León la suspensión inmediata del Decreto 4/2018, de 22 de febrero, por el que se determinan las condiciones ambientales mínimas para las actividades ganaderas en Castilla y León, insistiendo en la necesidad de restablecer las garantías y controles ciudadanos en materia de protección ambiental, en atención al principio de legalidad, a la protección de la salud y el medio ambiente y a los derechos constitucionales a la información y participación.