Las diversas ilegalidades cometidas en el chalet de Ardanza en el barrio de Kanala fueron detectadas por el Arquitecto Municipal de Gautegiz-Arteaga y el Arquitecto del patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai a mediados del mes de mayo de 2.002.

De conformidad con el artículo 10.2 de la Ley Vasca 5/98 (de Medidas Urgentes en materia de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana) estas infracciones prescriben a los cuatro años y el plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que se conocieron las infracciones, por lo que las infracciones prescribirán a mediados del mes de mayo del presente año 2.006.

Solo el inicio (incoación) de los correspondientes expedientes de restauración de la legalidad urbanística y sancionador antes de mediados del próximo mayo puede evitar la prescripción de las infracciones y con ello evitar la no restauración de la zona y la no sanción al infractor. Para evitar esta impunidad EKOLOGISTAK MARTXAN ha efectuado en el día de hoy tres requerimientos:

1º) A ARANTZA MADARIAGA ABERASTURI en calidad de Alcaldesa de Gautegiz-Arteaga para que asuma de una vez por todas sus obligaciones legales e inicie el procedimiento de restauración de la legalidad urbanística y un expediente sancionador.

2º) A PATXI SIERRA-SESUMAGA IBARRETXE en calidad de Diputado Foral de Urbanismo para que requiera a la Alcaldesa de Gautegiz-Arteaga para que ésta cumpla sus obligaciones legales y para que en caso de no ser atendido dicho requerimiento el propio Diputado Foral asuma también sus propias obligaciones legales tramitando y resolviendo (el artículo 11.2 de la Ley Vasca 5/98 establece la responsabilidad subsidiaria de la Diputación Foral en estos casos).

En ambos casos los requerimientos han sido nominativos ya que en caso de que al final prescriban las infracciones, EKOLOGISTAK MARTXAN interpondrá una querella criminal contra ambos por prevaricación al permitir la prescripción por la no asunción de sus obligaciones legales.

3º) A la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco para que solicite al Juzgado la ejecución provisional de la sentencia dictada en el contencioso que planteó contra el Ayuntamiento de Gautegiz-Arteaga y que establecía la obligación de éste para restaurar la legalidad.

En este caso, y pese a no existir una expresa obligación legal por parte de la Consejera, se le ha requerido también para tratar de evitar por otra vía más la prescripción. La Consejera deberá solicitar la ejecución provisional requerida si tiene una verdadera voluntad de defender Urdaibai y la defiende con los hechos y no solo con palabras.