El fin del proyecto de trasvase del Ebro: ¿una oportunidad perdida para aplicar la política de la Nueva Cultura del Agua?

La decisión del nuevo Gobierno de derogar los artículos de la Ley del Plan Hidrológico Nacional que posibilitaban el trasvase del Ebro supone un carpetazo definitivo a la política de aguas desarrollada por los Gobiernos del PP desde 1996. Todos los pasos dados por esos Gobiernos (Libro Blanco del Agua, Documentación Técnica del PHN, etc) iban en la misma dirección: justificar el trasvase desde el río Ebro al litoral mediterráneo. Anteriormente al cambio de gobierno el trasvase del Ebro ya se encontraba herido de muerte y ese cambio ha supuesto la muerte definitiva del proyecto.

La presión de las movilizaciones llevadas a cabo en todo el Estado contra el PHN (Madrid, Barcelona, Zaragoza, Valencia…) y en especial la fuerte movilización continuada de la mayoría de la población de les Terres de l'Ebre ha sido determinante, junto a la endeblez técnica del proyecto y las quejas presentadas por las organizaciones ecologistas, para que la Comisión europea rechazara (“informe suspensivo” en la jerga técnica) varias veces la financiación europea y albergara serias dudas sobre la compatibilidad del proyecto con la legislación ambiental europea. A pesar del callejón sin salida en que se encontraba, el Gobierno del PP a pocos meses de las elecciones del 14 M licitó y adjudicó diversos tramos y obras del trasvase del Ebro, más en tono preelectoral que otra cosa.

Parece que se pudiera abrir una nueva época en lo referente a políticas sobre el agua. La suspensión definitiva del trasvase del Ebro en teoría abría inmensas posibilidades de abrir por fin un debate (que nunca abrieron los Gobiernos anteriores) sobre las reales necesidades hídricas, los modelos de gestión del agua y, los costes y su recuperación por los usuarios, de las actuaciones que podrían sustituir al trasvase del Ebro. En definitiva para implantar una política acorde con los principios de la Nueva Cultura del Agua que en teoría abrazaba el nuevo partido en el poder, en donde las políticas de ahorro, reutilización, aumento de la eficiencia y gestión de la demanda jugarían un papel fundamental.

Sin embargo, esa oportunidad se ha desaprovechado. Ante la presión del PP en Murcia y País Valenciano, el nuevo Gobierno del PSOE se ha precipitado de forma simultánea a derogar el trasvase y a presentar una serie de “actuaciones urgentes” que suministrarán los mismos caudales de agua previstos en el PHN, pero generando la mayor parte de esos recursos fundamentalmente a través de la desalación de agua marina. Hay toda una serie de medidas complementarias (mejora de la gestión, reutilización, ahorro, etc), pero llama la atención el abandono de los principios de la Nueva Cultura del Agua, cuando el énfasis se pone en la generación de nueva oferta hídrica (aunque con un método diferente y en principio con menores impactos ambientales) y se aceptan como intocables las cifras de demanda a satisfacer elaboradas en el PHN del PP.

La metodología que se utilizó para ese cálculo (Unidades de Demanda Agraria y crecimiento previsto de las urbanizaciones litorales) fue totalmente errónea y escondía toda una serie de decisiones opacas, relacionadas con la Ordenación del Territorio, que pretendían la implantación de más de 1 millón de nuevas viviendas, en su mayor parte segundas residencias ligadas al turismo residencial [1] y legalizar los nuevos regadíos ilegales implantados en los últimos años en las cuencas del Segura y Almería.

La desalación a gran escala, como la planteada en las Actuaciones alternativas del Gobierno (más de 620 Hm3 en 15 grandes desaladoras o ampliación de las existentes, de un total de 1.058 Hm3) es una opción claramente insostenible. Dejando aparte los impactos ambientales que conllevan (consumo de energía eléctrica de la red y por tanto, y aunque se puedan plantear energías renovables, de origen eólico por ejemplo para reducir el impacto, aunque hasta ahora ninguna desaladora lo hace, consumirá una mezcla, en donde el principal componente proviene de las centrales termoeléctricas; vertido de salmuera con concentraciones de sal que pueden arrasar los fondos marinos), la generación de nuevos recursos hídricos alimenta un modelo de crecimiento económico y territorial insostenible (destrucción del litoral, ocupación desproporcionada de suelo, urbanización en 2ª y 3ª línea de costa, generación de residuos, etc), cuyos impactos ambientales y territoriales, son quizás peores, que los asociados a la propia generación del recurso.

El desafío de la Directiva Marco: peligros e incertidumbres

La política del agua que se plantee en los próximos 15 años estará muy influenciada por la aplicación de la Directiva Marco sobre una Política de Agua 2000/60/CE. El objetivo de esa Directiva europea es conseguir el buen estado ecológico de las masas de agua para el año 2015, pero ya desde su entrada en vigor (diciembre de 2003) existen plazos y obligaciones para los Estados miembros de la Unión, como por ejemplo la inmediata prevención del deterioro de las masas de agua y la reducción de los vertidos contaminantes.

El más importante a medio plazo (2008) es la elaboración de los borradores de los Planes Hidrológicos de Cuenca y su aprobación antes de 2009 junto con un Programa de Medidas para alcanzar los objetivos, que son totalmente diferentes a los que hasta ahora se habían formulado y donde el componente ambiental estará en el centro de las preocupaciones. Para ello se ha de instrumentar la participación pública, fomentando la participación activa de todas las partes interesadas que adquiere una relevancia fundamental (art. 14) y que para el año 2006 ha de estar programada por parte de la Administración. Este enfoque inédito se aleja del hasta ahora vigente (los “usuarios” de las aguas, los regantes básicamente, eran los actores principales junto a la Administración) y abre grandes posibilidades de participación de los ciudadanos interesados en conservar y restaurar los ecosistemas acuáticos.

Calendario de aplicación de la Directiva Marco del Agua

Diciembre 2003 Trasposición a la legislación nacional, Obligación de prevenir el deterioro de todas las masas de agua superficial, Identificación de las Demarcaciones Hidrográficas y designación de las Autoridades competentes
Diciembre 2004 Identificación y caracterización de todas las masas de agua, Registro de Zonas Protegidas (áreas de baño y pesca, LICs, ZEPAs, captaciones de agua potable, zonas sensibles a nutrientes), Identificación de los impactos de las actividades humanas sobre las masas de agua, Análisis económico del uso del agua y del nivel de recuperación de costes
Diciembre 2006 Programas de seguimiento del estado de las aguas (superficiales, subterráneas) y de las zonas protegidas, Calendario de la participación pública de las partes interesadas y Programa de trabajo de elaboración del Plan de Cuenca (información pública durante 6 meses)
Diciembre 2007 Información pública del Esquema provisional de los temas importantes de la cuenca en materia de gestión de aguas (6 meses)
Diciembre 2008 Información pública del proyecto del Plan Hidrológico de Cuenca (6 meses)
Diciembre 2009 Aprobación del Plan Hidrológico de Cuenca y del Programa de Medidas para proteger, mejorar y regenerar las masas de agua y los ecosistemas acuáticos
Diciembre 2010 Aplicación de políticas sobre el precio del agua que incentiven el uso eficiente y consecución de los objetivos ambientales, y la recuperación de costes
Diciembre 2012 El Programa de Medidas es totalmente operativo
Diciembre 2015 Consecución del buen estado ecológico y químico de las masas de agua y de las zonas protegidas, primera revisión de los Planes de Cuenca

Sin embargo la trasposición [2]
efectuada por el Gobierno del PP no ha sido correcta y el nuevo Gobierno debería trasponer correctamente de nuevo la Directiva. Los trabajos precedentes establecidos en la Cuenca Piloto del río Júcar [3] son bastante negativos, por ejemplo en lo que respecta a la participación pública de los interesados.

Además hay que tener en cuenta que la propia Directiva tiene abundantes agujeros y prórrogas, que permiten a los Estados el incumplimiento de los principales objetivos. El principal es la exención del objetivo fundamental (“buen estado químico” en lugar del “buen estado ecológico”) que se plantea para las masas de agua artificiales y fuertemente modificadas. Esas masas son designadas por los Estados miembro y teniendo en cuenta por ejemplo la gran cantidad de embalses y obras de regulación que existen en España, una interpretación amplia de esas masas y los ríos aguas abajo podría vaciar de contenido la Directiva. La Administración hidráulica española se ha apuntado hasta ahora a esa interpretación, que debemos rechazar de plano [4].

Otras exenciones y prórrogas se plantean si el coste del programa de medidas de recuperación es “desproporcionalmente elevado” o si “las condiciones naturales no permiten una mejora en el plazo establecido”.

Es evidente que el organigrama de las Confederaciones Hidrográficas no es el más adecuado para llevar a cabo las tareas medioambientales establecidas en la Directiva. Es necesario por tanto la reforma en profundidad, dejando de ser oficinas de redacción y ejecución de proyectos de obras hidráulicas (en parte esa función ha sido transferida a las Sociedades Estatales de Aguas), para llegar a ser órganos de gestión y control medioambiental de las masas de agua. Hay demasiados ingenieros y muy pocos biólogos o ambientalistas. La democracia debe entrar en esa Administración, donde hasta ahora el oscurantismo, la corrupción y el nepotismo eran prácticas habituales [5].

Retos pendientes: deslinde del DPH, avenidas e inundaciones, riesgos climáticos

Todavía hay objetivos planteados en la legislación de aguas de hace 20 años que permanecen incumplidos todavía. El más grave es la inexistencia del deslinde del dominio público hidráulico en la mayoría de los ríos y masas de agua. Ello ha conducido a la ocupación del dominio público con gran cantidad de construcciones y usos, que están sometidos a un permanente riesgo (desastre del camping de Bisecas, inundaciones de Badajoz, etc.) y con pérdidas de decenas de vidas humanas.

Las consecuencias del cambio climático en marcha, agravarán esos riesgos, dado que las previsiones regionales del Panel Intergubernamental del Cambio Climático son un descenso de las precipitaciones en la península, pero una concentración de las mismas en menos días al año con un aumento de la intensidad horaria. Es necesario arbitrar políticas de ordenación del territorio y planes urbanísticos que tengan en cuenta los riesgos de inundabilidad, así como políticas de reforestación que minimicen esos riesgos.

La contaminación difusa debido a la utilización masiva de fertilizantes sigue contaminado con nitratos los acuíferos de todas las Comunidades, inutilizando en muchos casos el recurso de las aguas subterráneas y poniendo en riesgo la salud humana de las poblaciones que se ven obligadas a consumir ese recurso. La difusión de los catálogos y recomendaciones de buenas prácticas agrarias, no están siendo medidas suficientes para detener ese proceso imparable y casi irreversible. La limitación y/o prohibición del uso de fertilizantes químicos ha de combinarse con la promoción efectiva de la agricultura ecológica.

Carlos Arribas, Ecologistas en Acción del País Valenciano

Notas

[1] El eurodiputado del PP José Manuel García Margallo en un ataque de sinceridad reconoció que en los próximos diez años 600.000 nuevas viviendas en el litoral dependían del trasvase del Ebro. El Mundo de Alicante, 27 de mayo de 2004.

[2] Se llevó a cabo de forma parcial e incumpliendo varias determinaciones de la Directiva Marco, como una mera reforma de la Ley de Aguas, a través del “cajón de sastre” de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos del Estado (BOE 31.12.2003). Por ejemplo no se obliga a hacer los estudios económicos en diciembre de 2004 o no vienen indicadas las definiciones normativas de lo que se entiende por “buen estado ecológico” y cómo conseguirlo, descrito en el Anexo V de la Directiva, y núcleo esencial de la cuestión planteada en esta Directiva.
La Administración española no ha considerado a la Directiva como un cuerpo legislativo (Ley de aguas comunitaria) que requiriera la elaboración de una nueva Ley, sino que bastaba una simple modificación de algunos artículos de la Ley de Aguas (Texto Refundido de la Ley de Aguas, RDL 1/2001). Ver nota 66, pág. 18 del documento del Ministerio de Medio Ambiente de abril de 2003: “Directiva 2000/60/CE, Análisis de trasposición y procedimientos de desarrollo”.

[3] En el año 2002 los Estados miembros eligieron 15 cuencas en la Unión, una por cada país miembro, donde se desarrollarían con antelación al calendario global los trabajos de implementación de la Directiva y donde se comprobarían los 13 Documentos-Guía elaborados por paneles de expertos en el marco de la Estrategia Común para la Implementación de la Directiva, que recogen las recomendaciones y las “mejores prácticas” en varios temas relacionados con la aplicación de la Directiva (Humedales, Participación pública, Análisis de presiones e impactos, Identificación de las masas de agua, etc). Las Guías deberían servir de ayuda a las Autoridades para aplicar la Directiva. Esos Documentos-Guía son de difícil lectura por dos razones: están en inglés y son muy extensos (más de 1.500 páginas en total) y poco claros. Están en la siguiente dirección de Internet: http://forum.europa.eu.int/Public/irc/env/home/main

[4] El documento elaborado por el Buró Europeo de Medio Ambiente y WWF:” ‘Tips and Tricks» for water framework directive implementation” desmenuza esos agujeros y la diferencia de interpretaciones entre algunas Administraciones y las ONGs ambientales. Se puede descargar de: www.eeb.org

[5] Los procesos y en su caso condenas judiciales a responsables de las Confederaciones Hidrográficas han sido noticia corriente en los últimos años: la del Ebro, la del Segura, ex Directores General de Obras Hidráulicas y hasta ex Secretarios de Estado de Aguas (caso de Benigno Blanco en el embalse de Santaliestra).