[Informe] Mentiras vestidas de etiqueta

El presente informe es una revisión de la clasificación de los vehículos según su potencial contaminante y los correspondientes distintivos ambientales puestos en marcha por la Dirección General de Tráfico. Se ofrecen datos de diferentes estudios que muestran que esta clasificación no se corresponde con las emisiones reales de los vehículos, y por tanto la actual clasificación no es un instrumento adecuado para la discriminación de vehículos según su potencial contaminador. Con los datos disponibles, Ecologistas en Acción cree que hay riesgo de que una política basada en estos instrumentos, sean medidas fiscales o no dinerarias, podrían no ser efectivas o no serlo en el grado necesario.

En abril de 2013, el entonces Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente publicó una estrategia plurianual para luchar contra la contaminación, el primer Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera (Plan Aire 2013-2016). Se redactó un plan con poca ambición, en el que una de las medidas más destacadas era una clasificación de los vehículos en función de su potencial contaminante. El plan reconocía el importante papel del tráfico rodado en la contaminación ambiental, del que dice, literalmente “se confirma que la principal causa de superación (de valores máximos de NOx) es el tráfico intenso (63 %) y en segundo lugar la proximidad a una carretera (29 %), lo que supone que un total de 92 % de las superaciones se adjudican al tráfico”.

Entre las medidas destinadas a reducir las emisiones contaminantes debidas al tráfico figuraba la implementación de un sistema de clasificación de vehículos en función de su potencial contaminador. El objetivo de esta medida era discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente. Se consideraba que podría ser un instrumento eficaz en la puesta en marcha de zonas de bajas emisiones y otras políticas de restricción del tráfico en episodios de alta contaminación. También se consideró que este mecanismo podría facilitar la implantación de beneficios fiscales que favorecieran a los vehículos menos contaminantes.

La clasificación se basó en el Real Decreto 100/2011 por el que se actualiza el catálogo de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y se establecen las disposiciones básicas para su aplicación. A su vez, el Real Decreto se basa en la norma Euro, tema que será abordado en el siguiente capítulo.

La clasificación de los vehículos se consignó al registro nacional de vehículos de la DGT. Los criterios para clasificar el parque de vehículos se realizaron dentro del marco de un grupo de trabajo liderado por la DGT y en el que participaron el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona, el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC), la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles y Camiones (ANFAC), el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Se consideró que además de una clasificación, era necesario un distintivo visual que permitiera diferenciar los vehículos respecto a este criterio, que se acabaría materializando con las conocidas pegatinas identificativas.