El Tribunal Supremo insta al Tribunal Superior de Justicia de Madrid a que ejecute su sentencia sobre la anulación de la autorización concedida al segundo grupo de la central de Elerebro, EDP-Hidrocantábrico.

Esta es la tercera vez en la que el Tribunal Supremo se pronuncia sobre el segundo grupo de las centrales térmicas de Castejón. La primera vez fue en 2011 al declarar ilegal el PSIS. La segunda vez en la que se declaró el alto tribunal fue en octubre de 2016. Sentenció que la autorización que se dio segundo grupo de la central no cumplía con la normativa ambiental, básicamente incumpliendo los siguientes puntos:

  • Estar a menos de 2000 metros del núcleo urbano.
  • Tener un estudio de impacto ambiental defectuoso.
  • Porque el estudio no aportaba alternativas de ubicación. Las centrales no valoraban el impacto sobre zonas protegidas del Ebro cómo lugares de interés comunitario.
  • Porque el estudio no valoraba correctamente el impacto ambiental de los niveles de ozono provocado por las emisiones contaminantes de la central.

Recordemos los malos datos de ozono troposférico de la Ribera que convierten a esta zona con los peores datos de toda Navarra. Según la Agencia Europea de Medio Ambiente 1800 personas mueren de forma prematura por culpa del ozono troposferico en España.

Las centrales térmicas de ciclo combinado de Castejón no suponen una transición a un modelo 100 % renovable, sino un freno al desarrollo de las energías limpias. Perpetúan un modelo que solamente beneficia al oligopolio eléctrico. Es cierto que todas las actividades humanas tienen consecuencias sobre el medio ambiente, pero también es cierto que las centrales nucleares, las centrales térmicas de carbón o de gas e incluso los parques eólicos y solares tienen graves consecuencias sobre el medio ambiente. Este modelo solo beneficia a las grandes compañías eléctricas pues no promueve ni el ahorro o la eficiencia energética.

Necesitamos de forma urgente un cambio de modelo que luche de forma eficaz contra el cambio climático. Para lograrlo deben ser premisa fundamental el ahorro energético, la eficiencia energética y un modelo de producción descentralizado. A nuestra disposición tenemos libres miles y miles de hectáreas encima de los tejados de nuestras viviendas y de los tejados de nuestras fábricas para instalar placas solares.

Una instalación doméstica de placas solares sin batería se puede amortizar en 8 o 9 años y en una empresa los datos pueden ser todavía mejores, ya que se puede amortizar hasta en 4 o 5 años. Con la derogación del impuesto al sol y el posterior desarrollo del nuevo reglamento se debe abrir una vía de esperanza frente al cambio climático que decante la balanza hacia los consumidores empoderándolos y haciéndolos responsables.

Mientras la justicia no ejecuta sus sentencias o el gobierno de Navarra siga concediendo la licencia de actividad a las centrales de Castejón debemos actuar al margen, tratando de recuperar protagonismo dentro del sistema eléctrico.