Ecologistas en Acción denuncia la reducción de protección frente al ruido que ha supuesto la derogación del decreto del ruido de la Comunidad de Madrid. Esta decisión ha conllevado el incremento automático de los niveles de ruido en las zonas urbanas consolidadas y urbanizables, especialmente en periodos nocturnos. Además elimina completamente la protección sobre los espacios naturales y las zonas afectadas por infraestructuras. Ecologistas en Acción valora la posibilidad de recurrir el acuerdo del Gobierno regional.

El 15 de marzo, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, decidió derogar el Decreto 78/1999 por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica en la Comunidad de Madrid. Este acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22 de marzo. A partir de ese momento, queda como única norma de regulación vigente, la Ley del Ruido estatal, así como los Reales Decretos que la desarrollan, entre ellos el Real Decreto 1367/2007 que establece los objetivos de calidad y emisiones acústicas respecto a la zonificación que establece la Ley.

El derogado Decreto de la Comunidad de Madrid establece cinco áreas acústicas con sus respectivos niveles, frente a siete del Real Decreto. Estas nuevas áreas respecto a las cinco del Decreto de la Comunidad de Madrid, no sólo no aumentan la protección acústica sino que por el contrario la disminuyen, especialmente en las zonas urbanas residenciales consolidadas y en futuros desarrollos, en períodos nocturnos; así como en espacios naturales a los que deja sin ningún valor de referencia exigible para su protección. Lo mismo sucede para las zonas afectadas por infraestructuras del transporte.

Si bien la justificación que ha dado el Gobierno regional para proceder a la derogación del Decreto habla de simplificar la normativa al encontrarse esta materia ya regulada en la normativa estatal, la realidad, muy al contrario, es que con ello se produce una clara dejación de una de las obligaciones de la Comunidad de Madrid, regulada en su Estatuto de Autonomía, de proteger la salud de todos los madrileños estableciendo medidas de protección adicionales a las establecidas con carácter general en la normativa estatal. Así lo han reconocido los Tribunales en las diversas ocasiones en las que la Comunidad de Madrid o los Ayuntamientos han pretendido eludir la aplicación del Decreto del ruido madrileño en favor de la norma estatal. Como es el caso del sector SAU 21, en El Molar, afectado por la huella sonora de Barajas y anulado por sentencia de mayo de 2009.

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Tabla comparativa

Esta desprotección puede comprobarse al cotejar los valores límite entre el Decreto de Madrid y el Real Decreto estatal (ver tabla). De esta forma se comprueba que los límites acústicos para las zonas afectadas por infraestructuras de transporte desaparecen en el Real Decreto estatal. Esta misma situación se produce para los espacios naturales, lo que podría perjudicar los ciclos biológicos de especies muy sensibles que no toleran la presencia humana, ni actividades ruidosas.

En cuanto al resto de las áreas acústicas los límites aumentan –es decir se reduce la protección- en todos los casos excepto en el suelo de uso industrial, donde paradójicamente se reducen. Por ejemplo en el uso residencial y en el recreativo y de espectáculos, que son los usos más conflictivos en Madrid, aumenta 5 y 3 decibelios (dB) respectivamente, tanto para el periodo diurno como nocturno y para el suelo consolidado y no consolidado o urbanizable. El hecho de que los niveles de ruido aumente para el suelo no consolidado o urbanizable, indica que no sólo se empeora la situación en los ámbitos urbanos actuales, si no que además no se tiene ninguna intención de mejorar la situación en los futuros desarrollos.

Por el contrario, en suelo industrial, los niveles solo varían en suelo consolidado. Curiosamente es la única zona que reduce su valor límite en 5 dB para el periodo nocturno. Esta situación se contradice con los argumentos que esgrimió el Gobierno regional al afirmar que la nueva situación favorecería la implantación de actividades económicas. Sin embargo, al reducir los niveles de ruido en las áreas industriales consolidadas será necesario revisar la actividad que se viene realizando actualmente para que se ajuste a la nueva normativa.

Por tanto, la derogación del Decreto del ruido de la Comunidad de Madrid supone una reducción en la calidad de vida de las personas, repercute negativamente en la salud y desprotege los espacios naturales. Así, frente a lo que se dice en el propio Decreto derogatorio, la realidad es muy diferente y los niveles de ruido que deberemos soportar los madrileños serán muy superiores a los que hasta ahora estaban permitidos. Por todo ello, Ecologistas en Acción estudia la posibilidad de recurrir la decisión regional ante los Tribunales.