Ecologistas en Acción de Segovia recurrió a la vía contencioso – administrativa ante la decisión del Ayuntamiento del Real Sitio de San Ildefonso y de la Comisión Territorial de Urbanismo de Segovia de clasificar el espacio como suelo industrial

“El Llano Amarillo” es un espacio abierto situado en el límite norte de los Montes de Valsaín, en el término Municipal de San Ildefonso (Segovia). Este enclave se encuentra en las cercanías del antiguo campamento de las Milicias Universitarias de El Robledo, razón por la que fue utilizado para realizar prácticas y ejercicios militares entre 1942 y 1972.

El espacio, catalogado como Monte de Utilidad Pública y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), forma parte de los Montes de Valsaín, propiedad del Organismo Autónomo Parques Nacionales. Así mismo está incluido dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica en Castilla y León, lindando con el área crítica SG-3.

En el año 1981 la mayor parte del Llano Amarillo fue clasificada como “urbanizable”, a pesar de encontrarse a varios kilómetros del casco urbano. Sin embargo, desde entonces la zona ha permanecido inalterada. Al elaborar el nuevo Plan General de Urbanismo (PGOU), el Ayuntamiento del Real Sitio decidió clasificar los terrenos como suelo industrial (Sector Urbanizable Industrial SUR-2). Eso a pesar de que la Ley de Montes de Castilla y León indica con claridad que los terrenos pertenecientes a Montes de Utilidad Pública (como es el caso del Llano Amarillo) deben ser calificados como “Suelo rústico con Protección Natural”. Previamente, el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y la propia la Consejería de Medio Ambiente habían emitido informes desfavorables a la propuesta urbanizadora. El Organismo Autónomo Parques Nacionales, perteneciente al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, propietario y gestor de los terrenos, también informó desfavorablemente la pretensión del Ayuntamiento.

En una sentencia histórica dada a conocer el pasado 6 de mayo, el TSJ de Castilla y León asegura la integridad del Llano Amarillo, al ordenar al Ayuntamiento del Real Sitio de San Ildefonso que modifique su clasificación urbanística.

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Sentencia TSJ Llano Amarillo

La sentencia del TSJ:

  • Declara la nulidad de la clasificación del terreno como “suelo urbanizable de uso industrial”
  • Obliga al Ayuntamiento del Real Sitio a calificar el sector como “Suelo rústico con protección natural en un plazo de tres meses desde la notificación de la sentencia.

Ecologistas en Acción de Segovia se felicita por esta sentencia, que salvaguarda la integridad del más emblemático Monte de Utilidad Pública de la provincia e impide la destrucción de un espacio de alto valor ecológico, paisajístico y recreativo (la parcela se encuentra junto al área recreativa de El Robledo, muy frecuentada por segovianos y visitantes y se extiende también al norte de la carretera CL-601 hacia el embalse del Pontón Alto). Así mismo recordamos que en el entorno de Segovia hay ya una gran cantidad de suelo calificado como industrial que no está siendo ocupado. De hecho, los polígonos industriales semivacíos, muchos en estado de semiabandono, se han convertido en una imagen recurrente en el paisaje provincial.
La sentencia puede ser recurrida.