Asden-Ecologistas en Acción de Soria considera necesaria una ley micológica, que se controle correctamente su comercialización y que haya una gestión pública de la recolección y del control sanitario.

Características del actual modelo de regulación y gestión micológica en CyL.

El actual sistema de los aprovechamientos micológicos en Castilla y León es una forma encubierta de privatizar el aprovechamiento de un recurso natural que está localizado principalmente en los Montes Públicos declarados de Utilidad Pública. Además en el aprovechamiento no se aplican criterios de sostenibilidad y conservación del monte y del recurso micológico. Incluso, el actual sistema se esta llevando a cabo sin un soporte legal adecuado en materia forestal y medioambiental y se está permitiendo que se incumpla la legislación sanitaria, fiscal y de comercialización de alimentos de forma flagrante por parte de todas las administraciones. Paradójicamente los políticos y los gestores del aprovechamiento no dejan de presumir de las excelencias de su modelo de gestión.

Asden-Ecologistas en Acción de Soria entiende que debe existir una regulación de recolección de setas, tanto en montes privados como públicos; pero debe estar fundamentada en una legislación adecuada y en el objetivo de la sostenibilidad ambiental del recurso micológico y del medio forestal que lo sustenta. El actual modelo lo consideraríamos oportuno si fuera simplemente un proyecto que diera paso a una adecuada gestión pública.

Estas cuestiones ya fueron trasladas a la Junta de CyL en nuestras alegaciones al programa de movilización de los recursos forestales de castilla y león 2013-2021, dentro del cual había un apartado dedicado a la micología. Este programa fue sometido a información pública por resolución de 2 de mayo de 2013, de la Secretaría General de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, y nuestras alegaciones y aportaciones referidas a la regulación micológica fueron desestimadas.

Antecedentes del actual modelo de regulación y gestión micológica en CyL.

La regulación de los aprovechamientos micológicos en los montes de Utilidad Pública en Soria primero y luego en toda Castilla y León comenzó como un proyecto creado en el año 2001 por la asociación de Desarrollo ADEMA (Zona Centro-Sureste de la Provincia de Soria) financiado totalmente con fondos públicos. Durante 12 años en Soria se han invertido más de 2 millones de Euros de dinero público (procedente de presupuestos por varias vías y programas de la UE, Estado, JCyL, Diputación, Ayuntamientos) en la gestión y regulación micológica (Estimación obtenida del libro «Manual para la gestión del recurso micológico forestal en CyL» Somacyl-Junta de CyL. 2011). A pesar de ello aún estamos hablando de un proyecto que no ha resuelto muchos de los problemas y obstáculos que se observaban hace 12 años.

Insostenibilidad económica del actual modelo.

El actual modelo es gravemente deficitario económicamente; se sufragada con fondos públicos y es contradictorio con el significado de la palabra «aprovechamiento» forestal que debería conllevar la obtención de ingresos económicos para el monte y para el Ayuntamiento en el caso de los Montes de Utilidad Pública. La financiación es pública, pero el gestor es una entidad privada, llámese MYAS-RC o CESEFOR. A su vez el CESEFOR es una fundación privada que se mantiene mayoritariamente con contratos directos, subvenciones o ayudas de dinero público, pero en sus decisiones intervienen sus trabajadores y entes privados, cuyos intereses no coinciden con el interés público ni con él de los propietarios de los Montes.

A esto hay que añadir que la venta de las licencias no repercute de forma significativa en los montes, ni compensa la basura y los daños que se generan. A más INRI, la vigilancia que es el factor de mayor coste del sistema es realizada por empleados públicos cuyos costes no están contabilizados, (Guardia Civil y Agentes Medioambientales), que por cierto están sujetos a recortes en el combustible, uso de vehículos, reducción de plantilla, etc.

Insostenibilidad ambiental del actual modelo.

La sostenibilidad ambiental del aprovechamiento no está incluida de forma efectiva y real en la planificación y ordenación, tal y como establece la Ley de Patrimonio Natural y la Ley de Montes para el aprovechamiento de los recursos naturales. La Junta de CyL lo regula sólo de forma teórica sobre el papel. Así por ejemplo parece extrañó que para una licencia comercial de tipo local o provincial no haya limite de recolección de kg de setas ni por monte ni por día, lo cual va en contra de toda regulación ordenada de los recursos naturales.

En el caso de los Montes que no están regulados, y basándonos en el cumplimiento de este principio legal y ambiental de sostenibilidad y ordenado aprovechamiento del recurso, la recolección debería regularse como una actividad recreativa o social con estrictas limitaciones. En estos montes con el actual modelo de regulación se esta haciendo un aprovechamiento flagrantemente ilegal, ante la inacción de su propietario y de la Junta de Castilla y León.

La deficiencia en la gestión y regulación micológica tiene otras secuelas: la elevada afluencia de recolectores genera un excesivo acceso y tránsito motorizado ante la inacción y la permisividad de la Junta de CyL. Si se regulase correctamente el uso de pistas se facilitaría el control del aprovechamiento, se reduciría la presión recolectora y sobre todo no aparecería basura por todos los rincones del monte.

Cuestión de los beneficios sociales.

A favor de la actual regulación se podría alegar la importancia de los beneficios sociales no económicos (ocio y recreativos de disfrute de la naturaleza). Argumento que se cae por su propio peso cuando la mayoría de los actuales recolectores (tanto locales como foráneos) buscan la venta de gran parte de su recolección, que generalmente se realiza de forma fraudulenta con una licencia recreativa de 5 kg/día de máximo. Recolección comercial que en muchos casos conlleva elevados beneficios económicos que no revierten de forma justa en el monte, ni de forma equitativa entre todos los vecinos. (Véase el caso de localidades con limitaciones de nº y tipo de licencias)

Deficiencias jurídicas.

En material legal, dar sólo dos pinceladas:

  1. La legislación forestal actual no regula de forma clara y específica la peculiaridad y características del recurso micológico, a pesar de que la ley del año 2009 de Montes de Castilla y León es reciente. Tampoco regula adecuadamente su régimen sancionador, con los correspondientes problemas para poder culminar los expedientes sancionadores con éxito.
  2. La comercialización de setas está sometida a la legislación aplicable a otros alimentos, y de forma específica mediante el Real Decreto 30/2009 para la comercialización de setas de uso alimentario. Falta de control que se pretende suplantar con la intervención del CESEFOR mediante la calificación de «SETAS de CyL» que no tiene valor sanitario. La existencia de todavía numerosos puestos ambulantes demuestra que la administración no aplica ni controla el cumplimiento de este Real Decreto. La permisividad y omisión para aplicar y hacer cumplir el actual marco normativo favorece que haya un aprovechamiento excesivo o abusivo de ciertas personas o colectivos.

En resumen

Se debería promulgar inmediatamente una Ley micológica específica que regularse y ordenase correctamente la recolección de setas y los beneficios del aprovechamiento en los Montes de U.P, que por supuesto deberían repercutir de forma equitativa y justa sobre el monte y sus legítimos propietarios. Se debería aplicar la normativa sanitaria y de alimentos ya existente. Se debería informar con transparencia a los pueblos y a sus vecinos de las diferentes alternativas de gestión, de sus costes y beneficios, de sus bondades y perjuicios.

Sobre todo se debería eliminar el actual modelo que tiende a afianzar la permanencia del CESEFOR como gestor privado de un recurso público; entidad que al fin y al cabo es el sumidero de una gran cantidad de dinero público que se podía invertir directamente en una gestión pública realizada por los pueblos individualmente, asociados o en convenio con la Junta de CyL como opción de regulación a escala provincial o regional.