Solo 7 de las 26 especies que llevan 20 años catalogadas oficialmente como en peligro de extinción tienen el preceptivo plan de protección que marca la legislación aragonesa. Del resto de las especies catalogadas como vulnerables o de interés especial, 202 en total, solo 2 tienen su correspondiente plan.

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Oxytropis jabalambre­nsis

La normativa ambiental indica la obligación de proteger la flora o fauna que esté en peligro de extinción y por ello se han creado catálogos oficiales de especies, vegetales o animales, que deben preservarse con planes de protección en función del estado de sus poblaciones naturales, del deterioro de su hábitat y de las amenazas que se ciernen sobre estas especies. El catálogo oficial de Aragón, que tiene las competencias en lo que se refiere a la protección de fauna y flora, fue aprobado en el año 1995 [1]
y establece varias categorías al respecto: especies en peligro de extinción, especies sensibles a la alteración de su hábitat, especies vulnerables y especies de interés especial. En total 136 plantas y 92 animales entre todas las categorías y de las que solo 9, que corresponden al 4% del total, tienen un plan de protección o recuperación, plan que es obligatorio.

Transcurridos ya 20 años desde el primer decreto aragonés que catalogaba las especies a proteger [2] ni siquiera se han completado los planes de recuperación de 19 de las 26 especies, el 73% de ellas, que figuran en la categoría de máximo riesgo, el de especies en extinción, especies en las que evidentemente la rapidez de acción en su protección es vital.

Ecologistas en Acción considera una grave irresponsabilidad y manifiesta negligencia en sus funciones el enorme retraso que los diferentes gobiernos aragoneses están mostrando en la elaboración de estos planes que son obligatorios y que incumplen la propia normativa que aprobó en su día el Gobierno de Aragón y que deben responder a los compromisos internacionales que el estado español ha firmado para proteger la biodiversidad, por ello urge al Gobierno de Aragón a acometer de forma decidida los planes de protección que deben garantizar la preservación de estas especies.

Especies aragonesas catalogadas oficialmente que deben tener plan de protección
Categorías del catálogo Especies vegetales Especies animales Número de especies Número de planes de protección
En peligro de extinción 15 11 26 3 para vegetales,
4 para animales
Sensibles a la alteración de su hábitat 20 19 39 1 para animal
Vulnerables 45 21 66 1 para vegetal
De interés especial 56 41 97 0
Total 136 92 228 9

[1] Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

Decreto 181/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 49/1995, de 28 de marzo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón.

[2] Decreto 49/1995. Realmente el retraso es mayor pues 5 años antes el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, ya aprobaba el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y las comunidades autónomas, como Aragón, ya tenían las competencias, y su correspondiente obligación, para elaborar los diferentes planes de protección.