La autora del texto analiza cómo la Unión Europea y las empresas extractivistas están llevando a cabo un entramado de acuerdos para facilitar la minería en los países de la UE. En España, la ley de minas permite el expolio del suelo y la salud de las personas. Sostiene que la minería es una forma de violencia lenta.

Elena Solís. Abogada ambientalista, miembro del Grupo Minería de Ecologistas en Acción. Revista Ecologista nº 94.

En los últimos años ha surgido un patrón de concesiones sistémico de permisos mineros en España. Esta nueva ofensiva está, principalmente, impulsada por la Unión Europea con la connivencia de formaciones políticas e institucionales a nivel regional y nacional. Bajo la excusa de la necesidad urgente de nuevos minerales y metales, se suman voluntades políticas, de medios de comunicación y hasta instituciones universitarias. Una ofensiva que supone un tipo de violencia lenta [1] relacionada, normalmente, con el extractivismo típico de los países del tercer mundo.

Collage: Andrés Espinosa.

El geógrafo y teórico inglés David Harvey explica que existen prácticas depredadoras de «acumulación originaria», con nuevo rostro, lo que él llama «acumulación por desposesión» [2]. Él y la socióloga neerlandesa Saskia Sassen [3], han identificado una mutación en las economías contemporáneas de mercado, «una profunda transformación sistémica en el capitalismo avanzado», dice Sassen.

Es decir, existe una necesidad de buscar ganancias en áreas y territorios que aún no han sido absorbidos por el sistema y así conseguir que el capital perezoso siga generando más capital. Estas nuevas economías, argumentan, están destruyendo formas más tradicionales de capitalismo y empujando a la clase burguesa y a sectores agropecuarios tradicionales fuera de sus territorios.

La ley justifica el expolio

Esta expansión territorial no sería posible sin una legislación diseñada para facilitar la minería. Es el caso de la legislación española, la cual concede múltiples facilidades y rendimientos económicos a inversores internacionales, ávidos de negocios especulativos que les ofrezcan un rendimiento rápido a costes mínimos.

La ley de Minas española, preconstitucional y mantenida por todos los gobiernos desde 1973, es el mecanismo clave que permite que la propiedad privada sea expropiada y entregada a bajo precio a las empresas mineras.
Es también un instrumento de especulación, al no prohibir transferir derechos mineros, con beneficios millonarios, ni la revalorización de las acciones de los compradores de esos derechos.

También permite el cobro del seguro o la indemnización con fondos públicos por daños y perjuicios en caso de que se aborte el proyecto o la Administración deniegue los permisos necesarios; son dos formas de especulación que ya se están vislumbrando en otros países europeos [4].

Debido al amplio abanico de posibilidades especulativas que la ley de minas de 1973 permite a una empresa, supuestamente minera [5], solo por obtener un permiso de investigación, existe, una lógica minera que conlleva el expolio del suelo, del sustento, la salud y la identidad de las personas afectadas.

El aparato minero de la UE

En un momento de disminución de las reservas minerales, de mayor dificultad para obtener las pocas existentes y el estancamiento de la industria minera, los lobbies mineros internacionales hace tiempo que empezaron a recorrer los pasillos de la Comisión Europea con la vista puesta en aquellos territorios europeos con leyes laxas como la española.

Euroextractivismo. Collage: Andrés Espinosa.

Por eso, a partir de 2013 la Comisión Europea diseñó un laberinto de programas, estrategias, ‘iniciativas’, asociaciones, compromisos y proyectos para justificar una ofensiva extractiva en Europa y la asignación de financiación pública a proyectos empresariales concretos, liderados por la industria minera.

En 2014, un plan estratégico “de innovación” denominado Estrategia Europa 2020 [6] se puso en marcha con la excusa de “impulsar el crecimiento económico”, dotado con una financiación de 90 millones de euros a través del programa Horizon 20204 para subvencionar proyectos que se consideren interesantes. El responsable de la supervisión del plan es el exministro español Miguel Arias Cañete [7], relacionado, a través de su familia, con diversas empresas petroleras.

Una de las principales líneas de inversión de este programa es la Iniciativa Materias Primas (RMI) [8], cuyo objetivo oficial es “asegurar el suministro en Europa de materias primas para las tecnologías verdes y de bienes electrónicos de consumo”, según consta en el comunicado de 2008 de la Comisión Europea sobre la iniciativa de las materias primas (COM/2008/0699final) [9].

El enunciado es parte de la justificación para extender las actividades extractivas. El plan establece que los proyectos empresariales particulares, a través de los cuales se ponen a disposición nuevos territorios para la extracción mineral, se desarrollarán a través de Asociaciones Europeas de Innovación (EIP, por sus siglas en inglés) [10].

Según la Comisión Europea, estas Asociaciones Europeas de Innovación (EIP) reúnen a representantes de la Industria, los servicios públicos, el mundo académico y las ONG, en torno al objetivo oficial de promover la innovación tecnológica, la exploración, la concesión de licencias, la extracción, el procesamiento, el refinado, la reutilización, el reciclado y la sustitución. Se trata, en realidad, de una cobertura administrativa y científica para que la Comisión Europea justifique la asignación de financiación pública a proyectos empresariales concretos a través del denominado Compromiso Europeo de Asociación para la Innovación (CPEI).

Actualmente existen listas publicadas de los miembros que componen estos entes [11] pero no hay acceso para poder conocer los inversores privados de cada EIP [12].

El laberinto europeo de estrategias, iniciativas, compromisos etc., está apoyado por instituciones científicas y académicas que proporcionan el razonamiento intelectual para llevar a cabo estos proyectos. Así, por ejemplo, la red de Expertos de la UE sobre materias primas críticas 2016, está formada por académicos y científicos cuya imparcialidad ha sido cuestionada por el Parlamento Europeo y las ONG independientes.

Manual de instrucciones para los permisos

El Permitting Procedure in Spain (PPS) [13] es un manual de instrucciones en inglés a seguir por las comunidades autonómas. El objetivo real de este compromiso es la elaboración de estrategias a nivel autonómico para facilitar la ofensiva de las industrias extractivistas en España [14], además, financiada con fondos públicos de los ciudadanos europeos.

Se trata básicamente de homogeneizar los procedimientos administrativos de concesiones mineras en todas las comunidades autónomas de tal manera que la industria extractiva internacional pueda tener un manual de instrucciones, en ingles, de cómo solicitar los permisos en cada región.

Por otra parte, el proyecto INLEX [15] por ejemplo prevé una explicación detallada de los sistemas legales de concesión de permisos mineros de cada Estado miembro de la UE, incluido el sistema legal de cada región autonómica española, como primer paso a una posible armonización. Su objetivo es desarrollar un protocolo de normalización en el procedimiento de autorización para la explotación de minerales no energéticos, armonizando los requisitos técnicos y los plazos en todos los Estados miembros de la UE.

Por si todo esto fuera poco, existe también un plan de actividades extractivas en Red Natura 2000 [16]. Es el SUMAN 2000 cuyo principal objetivo es la realización de actividades de extracción de minerales no energéticos en los espacios protegidos de la red Natura 2000.

-NOTAS-

[1] Nixon in Slow Violence and the Environmentalism of the Poor. (Cambridge: Harvard University Press, 2011.

[2] D. Harvey,‘The “New” Imperialism: Accumulation by Dispossession’,Socialist Register40: p.75.

[3] Sassen, Saskia, A Savage Sorting of Winners and Losers: Contemporary Versions of Primitive Accumulation (2011) p.24.

[5] En el caso de Matamulas, Campo de Montiel, Ciudad Real, (proyecto minería tierras raras) Quantum Minería, no tenía experiencia anterior de actividad minera.

[9] eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:52008DC0699

[12] Ecologistas en Acción ha apelado la negativa de la Comisión Europea de acceder a la información requerida en base a que la Comisión Europea hace prevalecer con tal negativa, los intereses empresariales sobre los intereses ambientales y sociales en vulneración del artículo 41.2.b de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión y al derecho de acceso a la información medioambiental recogido en el Convenio de Aarhus de 1998 y el Reglamento (CE) n° 1049/200.