El Consell de la Generalitat aprobó el pasado 3 de marzo el Anteproyecto de Ley de Vías Pecuarias. Ahora ese texto se encuentra en la fase de consultas previas y nos ha sido remitido a Ecologistes en Acció del País Valencià, antes de su tramitación parlamentaria. Este anteproyecto plantea en el Título III (las vías pecuarias y el planeamiento urbanístico, art. 21, 22 y 23) que en suelo urbano o urbanizable las vías pecuarias existentes en el sector tengan la consideración urbanística de red primaria Parque Público Natural y que se integrarán como paseos o alamedas. Esto contradice la Ley 3/95 estatal básica de Vías Pecuarias, ya que en su artículo 1º (párrafo 3º) indica que las vías pecuarias podrán ser destinadas a otros usos pero deberán ser compatibles y complementarios, dando prioridad al tránsito ganadero y otros usos rurales, e inspirándose en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje y patrimonio natural y cultural.

Según el Anteproyecto de Ley preparado por el ahora ex-Conseller Blasco, cuando el planeamiento urbanístico afecte a vías pecuarias de más de 20 m de ancho, el «exceso» podrá desafectarse (eliminarse del dominio público). Es decir que cualquier vía pecuaria mayor de 20 m que atraviese zonas urbanas o afectadas por proyectos urbanísticos (PAI…), ha de quedar reducida siempre a 20 m, quedando desafectada el resto de su superficie. Por ejemplo, en el caso de las Cañadas Reales que tienen 75’22 m de ancho, si atravesaran un plan urbanístico quedarían reducidas en 2/3 de su superficie, facilitando de esa forma la integridad del sector y evitando las «complicaciones» que ahora suponen la existencia de una vía pecuaria en un sector que se quiera reclasificar de no urbanizable a urbanizable. Todo esto también supone un intento de «saltarse» la ley estatal de vías pecuarias 3/95, ya que en esta normativa se indica que sólo se pueden desafectar del dominio público, los terrenos de vías pecuarias que no sean adecuados para el tránsito del ganado ni sean susceptibles de otros usos compatibles y complementarios (y en este anteproyecto de ley autonómico se plantean las desafecciones en las vías pecuarias sin ningún tipo de justificación más que la clasificación del suelo).

La Ley 3/95 plantea la posibilidad de modificar el trazado de una vía pecuaria como consecuencia de una nueva ordenación territorial, como podría ser, por ejemplo la urbanización de un área. Pero esta ley estatal plantea un procedimiento muy largo y complejo para la desafección y posterior cambio de trazado de una vía pecuaria, siempre que se haga por interés público y mejora de su trazado, y solo excepcionalmente por un interés particular. En este anteproyecto, la Generalitat Valenciana intenta evitar el proceso de desafección y cambio de trazado de una vía pecuaria y de esta manera facilitar la tramitación de PAIs atravesados por vías pecuarias, ya que pretende desafectar (reducir) la vía pecuaria por los laterales (en su ancho) y que así no sea necesario realizar cambio de trazado, porque han convertido la vía pecuaria en una estrecha «alameda» que no molestaría a sus urbanizaciones o campos de golf. El terreno desafectado se podrá permutar por otra superficie lateral que no ocupe un lugar central en el sector.

También en este anteproyecto, se indica que cuando las vías pecuarias transcurran en suelo urbano o urbanizable, de existir tránsito ganadero, podrá procederse también a la modificación de su trazado, por razones de seguridad pública y de seguridad de los rebaños. Esto es una incongruencia ya que por donde pasen las vías pecuarias la prioridad de usos debiera ser la agro-ganadera y/o de protección ecológica pero nunca su conversión en suelo urbanizable. Aunque este anteproyecto ya nos «prepara» en la exposición de motivos sobre la decadencia y poca importancia que tiene la ganadería en la economía y en la sociedad actual.

Pensamos que, en este anteproyecto, el tratamiento que se les da a las vías pecuarias es en función de los planteamientos urbanísticos especuladores que asolan el País Valenciano y todo el mediterráneo español. En su lugar, esta Ley debiera tener una perspectiva conservacionista de recuperación de un patrimonio público, histórico y natural, que se encuentra amenazado seriamente por ocupaciones y construcciones ilegales o infraestructuras de todo tipo, en definitiva en vías de destrucción y desaparición. No hay que olvidar que los diferentes gobiernos del PP han incumplido sistemáticamente la obligación establecida en la Ley 11/1994 de Parajes Naturales de la Comunidad Valenciana, de elaborar un Catálogo de Vías Pecuarias de Interés Natural. Catálogo, que nos consta fue elaborado por TRAGSA, pero que la Conselleria de Territori no quiere publicar para no molestar o perturbar los intensos desarrollos urbanísticos que han tenido lugar en los últimos 10 años y que asolan todo el territorio valenciano. Es muy difícil pues, esperar una Ley de Vías Pecuarias de tinte conservacionista de un Gobierno con esa trayectoria.

Por último, indicar que Ecologistes en Acció utilizará todos los recursos legales que estén a su alcance para que en caso de aprobación de esta Ley en los actuales términos los Tribunales tengan la última palabra, la anulen y hagan prevalecer las determinaciones de la Ley estatal 3/1995.