El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) es el último reglamento pendiente de la Ley del Parque Regional del Sureste (Ley 6/94). De su aprobación depende que la Administración Regional adopte medidas definitivas para solucionar algunos de los más importantes problemas que tiene este espacio protegido.
La aprobación del PRUG acumula ya un retraso injustificado de cinco años (nueve, si se hubiesen respetado todas las previsiones del la Ley del Parque, mientras tanto numerosas actividades privadas, que degradan y empobrecen el patrimonio natural, se benefician de esta situación. Corresponde al Gobierno Regional de Madrid aprobar urgentemente esta normativa y evitar mayores daños, que en el futuro tendrían que ser recuperados con fondos públicos.
Según la legislación del Parque y la interpretación que hace el Gobierno Regional, de la aprobación del PRUG depende, entre otras, la aplicación de soluciones a los siguientes problemas:
Caza abusiva
El 80% del territorio está ocupado por acotados de caza, así como la totalidad de los parajes mejor conservados de este espacio protegido. Muchos de estos cotos ocupan parajes de alto valor ecológico en los que está expresamente prohibida la caza según la legislación del Parque, es el caso de los cantiles de La Marañosa y El Piul, los humedales de El Porcal y todas las “Zonas Degradadas a Regenerar”. La caza intensiva que se practica está afectando a especies protegidas y a numerosas aves acuáticas. El PRUG deberá adaptar los acotados a las limitaciones de la legislación del espacio protegido.
Inversiones en regeneración de áreas degradadas
Desde la creación del Parque (1994), no se han acometido las inversiones previstas en el art. 16.2 de la Ley 6/94.
Traslado y adaptación de graveras
En la actualidad las actividades mineras incumplen lo revisto en la legislación, ocupan suelos donde está prohibida esta actividad y sus planes de restauración no se han modificado desde 1994. Desde la creación del Parque Regional del Sureste no se ha trasladado ninguna explotación minera, tal y como estaba previsto en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 6/94.
Uso de fitosanitarios
El empleo de fertilizantes, plaguicidas y otros productos similares permanece sin cambios desde 1994 y es uno de las causas más importantes de contaminación de suelos y aguas. La Consejería de Medio Ambiente condiciona la regulación de estos peligrosos productos a la aprobación del PRUG (apartado 10.3.3.b del Plan de Ordenación).
UN RETRASO INJUSTIFICADO
El desarrollo legislativo del Parque Regional del Sureste permanece prácticamente estancado desde 1999, causando un grave daño a la recuperación definitiva de este espacio protegido. La aprobación del primer reglamento, el Plan de Ordenación, se llevó a cabo con un retraso de más de cuatro años sobre el plazo previsto en la Ley 6/94. En la actualidad el PRUG ya soporta una demora de cinco años (debería haber entrado en vigor el 11 de agosto de 1999) y aún no se ha entregado ningún borrador a la Junta Rectora, de hecho este órgano no se reúne desde hace ya año y medio. El retraso en la aprobación de este reglamento incrementará las indemnizaciones y las actuaciones de recuperación ambiental, por daños de particulares, que en el futuro se ejecutarán desde los presupuestos públicos. Toda una plusvalía añadida para las actividades más insostenibles y degradantes para el entorno que se benefician impunemente de esta irresponsable actitud de la Consejería de Medio Ambiente.
El Gobierno Regional de Madrid mantiene una deuda pendiente con la recuperación de esta Comarca. Ecologistas en Acción y otros colectivos de defensa ambiental, que actúan en en el ámbito del Parque Regional del Sureste, han puesto en marcha una campaña de denuncia de la situación actual de abandono. Para el domingo, 17 de octubre, se han convocado diversas marchas desde localidades de la Comarca. Desde estas páginas informaremos de las diversas iniciativas que se vayan organizando.
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