• Ecologistas en Acción pide  que se rechace la Autorización Ambiental Integral de Abornasa para una planta de tratamiento y vertedero de residuos de la construcción y una fábrica de abonos orgánicos con lodos de depuradoras. 
  • La organización ecologista considera que este proyecto incumple la normativa de evaluación de los riesgos e impactos, de ubicación de las instalaciones y la adopción las mejores tecnologías disponibles. Requisitos necesarios para obtener la autorización.

El proyecto situado en Fontcalent (Alicante), consta dos actividades, una de tratamiento y vertido de residuos de la construcción, los denominados Residuos de Construcción y Demolición (RCD), y otra de tratamiento de lodos de depuradora para la fabricación de fertilizantes orgánicos.

Los residuos de la construcción contienen sustancias peligrosas que han de tratase por separado y asegurar que su vertido no contamina suelo y aguas. Los lodos de depuradora al fermentar desprenden gases (metano), agua con mucha carga orgánica (lixiviados) y malos olores. El proceso de elaboración de fertilizantes ha de hacerse en un ambiente controlado para evitar estos impactos.

Ecologistas en Acción recoge en sus alegaciones que el proceso de solicitud está lleno de irregularidades. Y que el proyecto no garantiza la prevención de los riesgos en la actividad o la adopción de las mejores técnicas disponibles para minimizar los impactos, con lo que  no cumple con la legislación vigente. Alguna de las alegaciones más relevantes que lo  evidencia  son:

  • En la solicitud falta documentación obligatoria, informes técnicos sobre la calidad de los suelos y las aguas. Antes de iniciar una actividad es obligatorio conocer el estado de los elementos ambientales que pueden sufrir un impacto como consecuencia de la misma. Las tres actividades que proyecta Abornasa  pueden afectar al suelo y las aguas.
  • En el emplazamiento elegido se prohíben realizar las actividades programas, excepto el vertido de residuos de la construcción no peligrosos. El suelo está clasificado por el PATRICOVA como de peligrosidad geomorfológica, y no se permite los usos que proyecta la empresa a excepción del vertedero.
  • El proyecto no garantiza una correcta gestión de los residuos peligrosos procedentes de la construcción y de las demoliciones. El titular ha de tener la autorización de gestor de residuos peligrosos o disponer de un procedimiento para detectar, separar y derivar esos residuos a gestor autorizado.
  • El Proyecto no utiliza las Mejores Técnicas Disponibles. Carece de un sistema de captación y tratamiento de gases en los túneles de fermentación de la materia orgánica. O de compostaje en naves cerradas con atmósfera controlada y la instalación de biofiltros. 
  • No existe un Plan de Vigilancia Ambiental del vertedero una vez haya sido clausurado incumpliéndose la normativa vigente.

La solicitud se sustenta en la declaración de interés comunitario (DIC) de la instalación  que la empresa obtuvo en el 2013. Según la organización ecologista, el proyecto que se presenta para obtener la AAI se debería someter a una nueva evaluación ambiental, porque la efectuada en el 2005 (con la que obtuvo la DIC) no es aplicable a esta solicitud. Los motivos que alegan son:

  • No incorpora los cambios legislativos significativos que se han dado a lo largo de 20 años. En este tiempo, ha cambiado la legislación de evaluación ambiental con numerosas modificaciones que afectan a este proyecto; la ley sobre residuos; la legislación sobre prevención y control integrados de la contaminación que  incide en  medidas preventivas con la adopción de las Mejores Técnicas Disponibles; o la legislación sobre gestión y aplicación de lodos de depuradora que regula la utilización de los lodos en agricultura en la Comunitat Valenciana.
  • Proyecto Básico de la AAI diferente al evaluado en 2005. El Proyecto que se presenta es diferente al que se sometió a evaluación ambiental en el 2005 que condicionaba la obtención del Dictamen Ambiental favorable (DIA) a efectuar el compostaje en naves cerradas y en depresión, y que este proyecto no incorpora.

Por todos estos motivos Ecologistas en Acción pide que sea declarada caducada la DIC y no válida la Declaración de Impacto Ambiental de 2005, para rechazar la Autorización Ambiental Integrada.