El Gerente de APEMSA mintió al Consejo de Administración en relación con la sentencia que absolvió a los ecologistas.

Adjuntamos escrito dirigido al Presidente de APEMSA y Alcalde de El Puerto en relación con una serie de afirmaciones realizadas por el Gerente de APEMSA, Juan Campos, en el Consejo de Administración de esta empresa municipal, en las que faltó deliberadamente a la verdad en relación con la sentencia judicial que absolvió a los ecologistas de un supuesto delito de injurias a APEMSA. Hay que resaltar que la denuncia fue puesta a instancia del sr. Gerente, y ahora, en vez de pedir disculpas públicas y hacerse cargo de los gastos que ha ocasionado este proceso judicial a APEMSA y a los ecologistas, se permite el lujo de afirmar en el Consejo de Administración que la sentencia no entró en si había contaminación o no, hecho totalmente falso, pues dicha sentencia dejó claro que la depuradora no funcionaba correctamente, que contaminaba a la Bahía, y que la información difundida por Ecologistas en Acción era correcta. También pedimos rectificación al sr. Consejero Delegado por afirmar que la depuradora cumple los parámetros legales, y exigimos que se aporten en el recibo del agua los datos de los parámetros absolutos de las aguas vertidas a la Bahía, que son los exigidos en la autorización de vertido.

Sr. Presidente de APEMSA:

Ecologistas en Acción de El Puerto, EXPONEN:

1.- Que hemos tenido acceso al acta del Consejo de Administración de esa empresa municipal celebrado el pasado 24 de junio. En el apartado de Ruegos y Preguntas se incluye la contestación del Sr. Gerente, D. Juan Campos, y del Sr. Consejero Delegado, D. Daniel Pérez, a una pregunta de la consejera Dª Matilde Roselló del Castillo sobre las denuncias de Ecologistas en Acción por el mal funcionamiento de la EDAR Las Galeras.

2.- El Sr. Gerente asegura en su contestación que “Los Ecologistas vienen insistiendo en el mal funcionamiento de la depuradora desde hace años, por ello el Consejo de Administración de esta empresa los demandó ya que estaban haciendo una campaña que afectaba a toda la ciudad al decir que las playas estaban contaminadas. El Juzgado citó a una serie de señores en representación de Ecologistas en Acción, a los que se les puso una fianza con la que estos señores no estaban de acuerdo, ya que tuvieron que embargarles las viviendas. El Juzgado finalmente no los condenó pero tampoco le dio la razón ya que no entró en si había contaminación o no”.

3.- Pues bien, este señor ha mentido al Consejo de Administración, como se demuestra por lo siguiente:

· En la sentencia del Magistrado-Juez del Juzgado nº Uno de Cádiz, D. Juan Sebastián Coloma -que en su momento se remitió a esa empresa-, absolvió a los cuatro representantes de Ecologistas en Acción denunciados por APEMSA, a instancia del D. Juan Campos, por un presunto delito de injurias, al haber hecho públicas unas analíticas realizadas por la Consejería de Medio Ambiente que ponían en evidencia el mal funcionamiento de la instalación.

· Al sr. Campos se le olvidó informar que la fianza exigida a los ecologistas lo fue a instancias de parte, o sea de APEMSA, cuyo abogado nos exigió una indemnización de 150.000 €, con el evidente objetivo de acallarnos. También se le olvidó informar que el juzgado nunca ejecutó fianza alguna.

· La sentencia, que al parecer nunca fue notificada al Consejo de Administración de esa empresa, fue contundente: no existía delito alguno de injurias. Las razones jurídicas esgrimidas por el Juez son claras:

· La información aportada por Ecologistas en Acción era de interés y relevancia pública, ya que se trataba del funcionamiento de un servicio público fundamental que, además, se paga por los ciudadanos, los cual “les da derecho a conocer y exigir su funcionamiento”, y porque se trata “de una posible contaminación de un bien de interés general como es el mar”.

· Las críticas a los responsables municipales eran proporcionadas, y no existía ánimo de injuriar.

· La información era veraz.

· La sentencia toma en consideración las declaraciones de testigos y peritos como prueba de que la depuradora vertía aguas a la Bahía de Cádiz con niveles de contaminación por encima de los permitidos legalmente. También incluye la Auditoría de la Cámara de Cuentas que constató que “prácticamente en ningún momento desde el comienzo del funcionamiento la depuradora se han logrado alcanzar los valores mínimo establecidos por la ley en cuanto a la depuración de aguas”. Así mismo, la sentencia destaca que, a pesar de estas pruebas, el Consejero Delegado de APEMSA, Francisco Pérez Sánchez, siguió defendiendo el buen funcionamiento de la depuradora.

· En el juicio el Jefe de Departamento de Salud Ambiental de la Consejería de Salud corroboró que las playas se habían cerrado por los vertidos contaminantes de la depuradora. El Secretario de la Delegación de la CMA confirmó que las analíticas las había realizado la Junta, que no las habíamos manipulado, tal y como aseguraba APEMSA, que la EDAR Las Galeras no tenía autorización de vertido, y rechazó el argumento del abogado de APEMSA de que la normativa legal (Decreto 509/1996) no era de aplicación en El Puerto,.

4.- Esta sentencia avaló por tanto el trabajo serio y riguroso de Ecologistas en Acción, al comprobarse la veracidad de nuestras denuncias, dejando en muy mal lugar a los gestores de APEMSA, que ocultaron el mal funcionamiento de la depuradora, hecho que no habrían conocido los ciudadanos si no llega a ser por nuestras fundadas denuncias.

5.- Ecologistas en Acción remitió la sentencia al entonces presidente de APEMSA, D. Hernán Díaz, exigiendo una disculpa pública, ante Ecologistas en Acción y ante los ciudadanos de El Puerto, y que se hiciera cargo de los gastos defensa que habíamos tenido que asumir los ecologistas por esta denuncia falsa y malintencionada. Los responsables de APEMSA, ni el presidente, ni el Consejero Delegado ni el Gerente, contestaron jamás a esta demanda, ni dieron explicaciones públicas sobre la sentencia judicial que demostraba que la depuradora no funcionaba correctamente.

6.- En dicha sesión del Consejo de Administración, el sr. Consejero Delegado de APEMSA declaró que “cumplimos con establecido por Ley” (refiriéndose sin duda al Decreto 509/1996 que aseguran por otra parte que no es de aplicación en El Puerto), que los Ecologistas pretenden que “la depuración del agua esté dentro de unos parámetros idílicos”. Tanto el sr. Consejero Delegado como el sr. Gerente aseguraron que “Si en alguna ocasión los resultados son negativos es porque la muestra se ha tomado después de que haya llovido o en algún caso puntual”. Tanto uno como otro mientes, como lo demuestra el informe que en su día realizó Ecologistas en Acción sobre las analíticas realizadas por la propia empresa –y que se remitió a APEMSA sin contestación por su parte-, donde se podía constatar que lo excepcional era precisamente que se cumplieran los parámetros estipulados en el Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo, que regula la calidad de las aguas de las depuradoras, y lo normal que se superen, no en un pequeño porcentaje, sino hasta diez veces el máximo permitido.

7.- También consideramos lamentable la respuesta del sr. Consejero Delegado a la solicitud de que se publiquen en el recibo del agua las dos formas de medir la carga contaminante de las aguas efluentes de la EDAR, afirmando que “…publicamos el que nos es más favorable, el de porcentajes”. Para empezar, los ciudadanos tenemos derecho a conocer la carga contaminante de las aguas que se vierten a la Bahía; además, en la Autorización de vertidos otorgada por Resolución de 26 de octubre de 2006 por la Consejería de Medio Ambiente, consta que los parámetros a considerar son los valores absolutos de sólidos en suspensión (35 mg/l) y DQO (125 mg/l).

Por todo lo expuesto solicitamos:

1.- Que se rectifique la información falsa y malintencionada aportada por el sr. Gerente en la reunión del Consejo de Administración del pasado 24 de junio, en relación con la denuncia de APEMSA contra Ecologistas en Acción y sobre la sentencia judicial. Se adjunta copia de la sentencia para que se facilite a los/as consejeros/as.

2.- Se exija al sr. Gerente una disculpa pública por sus continuas descalificaciones y falsas acusaciones a una entidad ciudadana que se ha limitado a informar a los ciudadanos sobre el funcionamiento de la depuradora de forma veraz, tal y como confirmó la mencionada sentencia judicial.

3.- Que en el recibo del agua consten los datos de los siguientes parámetros referidos a la carga contaminante de las aguas efluentes de la EDAR que se vierten a la Bahía: DBO, DQO y sólidos en suspensión, para conocimiento de todos los ciudadanos.

4.- Que mantengamos una reunión para tratar sobre el funcionamiento de la EDAR Las Galera, así como de las perspectivas de futuro del saneamiento, depuración y reutilización de las aguas residuales de la ciudad.