La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, Sección Segunda, en Sentencia de fecha 1 de febrero de 2010 y comunicada ahora, ha resuelto estimar el recurso presentado por los grupos ecologistas contra la Resolución de fecha 28.07.2005 del Secretario Autonómico de Infraestructuras de la Consellería de Infraestructuras y Trasporte de la Generalitat Valenciana, que desestimaba un Recurso de Alzada interpuesto contra la Resolución de 2.09.2004 del Director General de Transporte, Puertos y Costas relativa al otorgamiento de concesión a la mercantil Marina Greenwich SA para la realización de las obras comprendidas en el proyecto de ampliación del puerto deportivo Luís Campomanes en Altea. declarando “Nulas las citadas resoluciones, dejándolas sin efecto.” debido a que el del 2002 se trata de un proyecto modificado sobre el que no se sometió a una nueva Evaluación de Impacto Ambiental y Declaración de Impacto Ambiental, sino que la autoridad ambiental únicamente convalidó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto anterior presentado en 1999.

Los colectivos conservacionistas nos felicitamos por la sentencia conseguida, exigiendo de la Generalitat Valenciana la restauración a su estado original de la zona dañada por las obras de ampliación, y a la vista de los informes presentados por la Universidad de Alicante, la Universidad de las Islas Baleares, la Universidad Politécnica de Valencia y la Universidad de Almería, abandone su pretensión de ampliar el puerto deportivo mencionado dado su elevadísimo impacto ambiental.

En efecto, los estudios aportados por los grupos conservacionistas elaborados por las Universidades de Alicante, Valencia y Baleares, ponen de manifiesto cómo se vería afectada de forma crítica e irreversible más de 40 hectáreas de praderas de Posidonia oceanica, y de ejemplares de Nacra (Pinna nobilis) que existen en la zona, protegidos ambos como Prioritarios en la Directiva Habitats de la Unión Europea. Igualmente se producirá una alteración grave del hidrodinamismo, enfangamiento de las zonas adyacentes a las zonas de obra, o incluso de las playas próximas.

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Acción de protesta contra el puerto deportivo

El estudio presentado por la Universidad de Almería, alerta en el mismo sentido de la destrucción del ecosistema marino así como de su imprevisible efecto sobre las dinámicas litorales en la zona.Igualmente, los informes del perito judicial e investigador del Instituto Español de Oceanografía y de la Dirección General de Costas ponen de manifiesto que la dimensión del proyecto debe ser sometida en todo caso a nueva Evaluación de Impacto Ambiental y por tanto nueva Declaración de Impacto Ambiental.

Por otro lado, todos los estudios, pruebas periciales, etc. presentadas por los grupos y realizadas durante la fase de prueba del procedimiento, demuestran la nula efectividad de los trasplantes de plantas de Posidonia oceanica realizados, que al contrario de lo pretendido, han supuesto la muerte de las plantas trasplantadas y la afección negativa por erosión y descalzamiento de los ejemplares de la zona de extracción para las pruebas de trasplantes.

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Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Por ello exigimos que en los futuros proyectos de ampliación o construcción de nuevos puertos deportivos no sea esgrimida por la Administración como “medida correctora” el trasplante de matas de Posidonia oceanica por inviable económica y ambientalmente.

Por todo esto, los grupos conservacionistas, a la vista de la Sentencia del TSJ CV y de los informes referidos exigimos de la Generalitat Valenciana el abandono definitivo de la pretensión de ampliación del Puerto Deportivo Luís Campomanes de Altea.

Ecologistes en Acció del País Valencià, Greenpeace y WWF España