Ecologistas en Acción ha ampliado sus alegaciones al proyecto de duplicación de la carretera A-491, actualmente paralizada, para mostrar su más rotunda oposición a que la Junta de Andalucía financie la construcción de los accesos a las urbanizaciones ilegales existentes a lo largo del trazado de este viario público, e instale pantallas antirruido para preservar a las viviendas ilegales.

Así mismo hemos advertido que invertir de 1.687.640 € de dinero público para infraestructuras de urbanizaciones ilegales podría ser constitutivo de sendos delitos de malversación de fondos públicos, prevaricación y contra la ordenación del territorio.

ALEGACIONES

Primera:

En el apartado “4.2 Acceso mediante eje 11” se incluye un acceso a una urbanización asegurando erróneamente que durante el periodo de información pública existió “un proceso previo de tramitación” de un plan parcial en la zona, siendo absolutamente falso, en contra de lo que ha informado el Ayuntamiento, que dicho plan parcial se haya aprobado. Más sorprendente es que se asegure que “Las características de diseño se han ajustado a los nuevos planes parciales urbanísticos aprobados” y que “El trazado resultante dado como definitivo ha sido consensuado por el Ayuntamiento”.

Pues bien, la actuación prevista trata de dar acceso a la urbanización ilegal de Bella Bahía, construida en suelo clasificado cono no urbanizable en el actual Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y por tanto no existe, ni puede existir, plan parcial alguno ni en trámite ni aprobado por tratarse de un suelo rústico.

Más aún, estos terrenos están incluidos en el PGOU actualmente en vigor en dos ámbitos de Mejora del Medio y de Regeneración del Medio.

- En el ámbito “Los Arenales” se estipula la obligación de tramitar y aprobar un Plan Especial de Mejora del Medio, cuyos objetivos son:

o Preservar todo este espacio de posibles iniciativas urbanísticas y edificatorias incontroladas.

o Protección de los valores naturales de la zona, en especial de las masas forestales y dunas existentes.

o Protección del acuífero detrítico del Puerto de Santa María.

- En las determinaciones vinculantes de ordenación se estipula que:

o El P.E. establecerá las medidas necesarias para la regeneración del medio afectado por las actividades extractivas, parcelaciones ilegales sin consolidar, deforestación incontrolada, etc.

- En el ámbito “Pinar del Obispo” se incluye la totalidad e la Urbanización de Bella Bahía, y se estipula la obligación de tramitar y aprobar un Plan Especial de Regeneración del Medio, cuyos objetivos son:

o Controlar el crecimiento al margen del planeamiento, impidiendo la conexión entre superficies de suelo urbano, aisladas en el Suelo No Urbanizable.

o Regeneración del medio, potenciando fundamentalmente la repoblación forestal.

- En las determinaciones vinculantes de ordenación se estipula que:

o El Plan Especial planteará las medidas necesarias para eliminar las parcelaciones existentes, tanto vallados como viario, cerrando las entradas desde el viario público.

El PGOU indica que en tanto no se desarrollen este Plan Especial, su ámbito estará a lo dispuesto en art. 12.4.49. Tipo C de la normativa del PGOU, que estipula que:

- Se procederá a la demolición total de las edificaciones, cercas y vallados, y a la destrucción de viarios internos de la parcelación con el fin de regenerar el medio original.

Por tanto no solo no se puede dar acceso a las urbanizaciones ilegales existentes en torno a la A-491, sino que hay que eliminar los accesos existentes.

Proponemos por tanto que se excluya éste y las otros accesos a las urbanizaciones ilegales existentes en la periferia de la A-491 (Bella Bahía, San Antonio, La Negra, Andreita II, Valdeazahares y parcialmente Cantarranas), y que caso de que en el próximo (PGOU), actualmente en tramitación, se recojan estos terrenos como urbanos no consolidados o urbanizables, deberá ser el PGOU y las figuras de desarrollo del planeamiento los que definan la conexión de esta urbanización con el resto de la ciudad, debiendo ser en todo caso financiada en su totalidad por los propietarios de estas viviendas.

Ecologistas en Acción entiende que la inversión de 438.400 € de dinero público para darle acceso a una urbanización ilegal podría ser constitutivo de sendos delitos de malversación de fondos públicos, prevaricación y contra la ordenación del territorio.

Segunda:

En el apartado “4.7 Pantallas anti-ruido” se incluye una nueva actuación de instalación de pantallas anti-ruido con la justificación de la existencias de “una nueva construcción de edificaciones producida desde la fecha de redacción del proyecto”. No se menciona que todas las edificaciones existentes en la margen derecha de la carretera en dirección a Rota (Bella Bahía, San Antonio y La Negra), y parcialmente las de la margen izquierda (Andreita II, Valdeazahares y parcialmente Cantarranas), son ilegales. En congruencia con la anterior alegación, la instalación de las viviendas cercanas esta carretera sin estar contempladas en el planeamiento municipal y sin licencias de obras, es responsabilidad exclusiva de sus propietarios y, por tanto, no hay que invertir dinero público para reducir las afecciones de una infraestructura pública sobre unas urbanizaciones ilegales, sino que deberán ser los propietarios de estas urbanizaciones los que, en caso de que se legalicen en el próximo PGOU, los responsables de construir estas pantallas para reducir el ruido sobre unas viviendas que se han construido de forma ilegal muy cerca de una carretera pública.

Ecologistas en Acción entiende que la inversión de 1.249.240 € de dinero público para favorecer a los propietarios de unas urbanizaciones ilegales podría ser constitutivo de sendos delitos de malversación de fondos públicos, prevaricación y contra la ordenación del territorio.

Proponemos por tantos que se excluya dicha actuación del proyecto.

Tercera:

No se menciona la existencia de una pinaleta junto a la rotonda del Molino platero que habría que talar en su totalidad, ni la abundancia de camaleones en la parcela afectada por esta actuación.