Ecologistas en Acción vuelve a denunciar las brutales transformaciones agrícolas que se están efectuando en suelos forestales dentro de la zona llamada Pla del Bustal o Bostal, en los municipios de Traiguera y San Rafael del Río (Castellón).

Antecedentes

En el año 1999, Ecologistas en Acción ya formuló las primeras denuncias por destrucción de hábitats forestales, afección a especies protegidas y eliminación de zonas de cría del aguilucho cenizo en el Pla del Bustal (Traiguera). Por aquel entonces la Conselleria de Medio Ambiente admitió que la obra carecía de los mínimos informes ambientales y que paralizaban sus actuaciones.

Poco duró la prohibición puesto que el 15 de febrero de 2000, la Directora General de Planificación y Gestión del Medio de la Conselleria de Medio Ambiente, mediante declaración de impacto ambiental (publicada en el DOGV nº 4285 de 7 de julio de 2002), autorizaba la actuación denominada Transformación agrícola en la partida “Bustal” dentro de los términos municipales de San Rafael del Río y Traiguera (Castellón) y cuyo promotor era la Sociedad Agrícola de Transformación “Les Planes”, así como su Estudio de Impacto Ambiental-EIA favorable.

El EIA, autorizado por la administración, obligaba a dejar franjas de protección de 10 m. en las zonas limítrofes con el barranco de Barbiguera y se declaraban zonas de protección en el mismo; se debían respetar bosquetes y pies de carrascas; se debían conservar muros de piedra en lindes; obligatoriedad de habilitar franjas de 3-5 m. de vegetación natural junto a la carretera CS-300; evitar afecciones al patrimonio en los movimientos de tierras y respetar la via pecuaria denominada vía Augusta…

La evolución de las agresiones

Durante los años 2000 a 2002 la empresa promotora transformó una parte del área de afección (más de 40 hectáreas) para la plantación de especies de regadío (cítricos), con el consiguiente daño a áreas forestales y a hábitats de especies protegidas, aunque contó con la permisividad y autorizaciones por parte de la administración competente en materia de conservación (Conselleria de Medio Ambiente).

En el año 2009, siete años después, habiendo cambiado la legislación ambiental y habiéndose descubierto en la zona especies de flora protegida y de fauna amenazada, la empresa retoma las transformaciones (esta vez plantando otros cultivos con riego por goteo) amparándose en el EIA antiguo y afectando, hasta hoy mismo, a la totalidad de la finca (más de 170 hectáreas), que han destruido todo su terreno forestal, han arrasado miles de especies protegidas de flora y han roturado el hábitat de especies de fauna amenazadas (entre las que destaca el aguilucho cenizo, con seis zonas de nidificación controladas desde 2006 a 2010, según el Banco de Datos de Biodiversidad de la Conselleria de Medio Ambiente dependiente de la Generalitat Valenciana).

Lo curioso es que a raíz del escrito realizado por Ecologistas en Acción, el 23 de septiembre de 2010, denunciando estas agresiones al medio natural protegido y sus especies asociadas, así como la incoherencia sobre la no caducidad de los EIA en la Comunitat Valenciana, la propia Conselleria de Medio Ambiente, a través de su Directora General de Gestión del Medio Natural, el 29 de diciembre de 2010, dicta resolución autorizando estas actuaciones, siempre que se desarrollen de acuerdo con lo establecido en lo informes de 1999 y el EIA del año 2000.

Caos administrativo, negligencia, pasividad y descontrol en las administraciones públicas competentes en materia de conservación

Dado que APNAL-Ecologistas en Acción de Vinaròs no estuvo conforme con estas actuaciones administrativas, denunció el caso a la Fiscalía de Castellón, Servicio de Biodiversidad de la Conselleria de Medio Ambiente, Ayuntamiento de Traiguera, Sindic de Greuges y Defensor del Pueblo, destapándose un gran pastel de contradicciones, incoherencias e irregularidades que han dado la razón a nuestra asociación conservacionista, dictándose varias órdenes de paralización de las obras (desde la propia Conselleria de Medio Ambiente, el 1 de diciembre de 2010 y desde el Ayuntamiento de Traiguera, el 22 de diciembre de 2010) e incluso una resolución (10.03.2011) de la Dirección General de Gestión del Medio Natural que resuelve suspender la eficacia de la resolución de la propia Conselleria de Medio Ambiente (de 29 de diciembre de 2010, que autorizaba, otra vez, las obras).

Por tanto no sólo se reconoce que tenemos razón en este tema sino que, además, se demuestra el caos existente entre la Conselleria de Medio Ambiente y sus Servicios Territoriales, al no contrastar datos, actuando con clara negligencia y posible prevaricación (ya que se dictó resolución que sabían eran lesiva para el medio).

Para colmo, el Ayuntamiento de Traiguera, tampoco hizo nada, a pesar de la orden de paralización de las obras, pues nunca vigiló ni tomó cartas en el asunto; además también han existido obras de la construcción de edificios en algunas parcelas y que encima carecen de las obligatorias licencias urbanísticas ¡Más irregularidades!

Como conclusión, todos estos trámites administrativos, paralizaciones de obras y suspensiones de autorizaciones, no han tenido más que un efecto burocrático, pues en la práctica, el promotor sigue trabajando en la obra, ha arrasado toda la zona, sigue creando nuevos cultivos en suelos forestales, ha instalado conducciones y riego por goteo, etc., y realmente nunca se paralizó nada, a pesar de los escritos, requerimientos y órdenes.

Flora y fauna protegida y amenazada

Su flora es emblemática y singular. La maquia mediterránea, que ocupaba la totalidad de los suelos agredidos y transformados, estaba formada por multitud de especies de flora. Destaquemos a una especie protegida y de la cual se han destruido miles de ejemplares en la zona.

Se trata de la orquídea mediterránea Orchis fragrans, que está amparada y protegida por el Decreto 70/2009, de 22 de mayo, del Consell (DOGV nº 6021/26.05.2009) por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies de Flora Amenazadas y se regulan medidas adicionales de conservación. En su Anexo II, como Especie Protegida No Catalogada, aparece Orchis fragrans Pollini. Los táxones incluidos en esta categoría precisan un conjunto de limitaciones de afectación para su conservación: se prohíbe recogerlos, cortarlos, mutilarlos, arrancarlos o destruirlos en la naturaleza.

También se prohíbe poseer, naturalizar, transportar, vender, comerciar o intercambiar, ofertar con fines de venta o intercambio, importar o exportar ejemplares vivos o muertos así como sus propágulos o restos, salvo los casos que reglamentariamente se determine. Estas prohibiciones se aplicarán a todas las fases del ciclo biológico de estos táxones. También queda prohibida cualquier afección al hábitat (en las especies aquí tratadas el hábitat prioritario -código Natura 2000- 6220) que tenga repercusiones negativas sobre estas especies. ¡NADA SE HA CUMPLIDO!

En cuanto a la fauna, el matorral mediterráneo era el hábitat ideal (zonas de cobijo, alimento, reproducción, etc.) de numerosas especies de invertebrados y vertebrados. Destaquemos la presencia de una rapaz amenazada, que realiza sus ciclos vitales en los suelos forestales del Pla de Bustal: el aguilucho cenizo o arpellot cendròs (Circus pygargus), especie estival cuya colonia de cría alcanzó las cuatro parejas reproductoras en 2010, constituyendo la segunda colonia de cría en importancia de la comarca del Baix Maestrat.

Recordemos que es una especie protegida, amenazada y catalogada como “Vulnerable” en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, ya que sus táxones o poblaciones corren el riesgo de pasar a la categoría de “en peligro de extinción”, en un futuro inmediato, si los factores adversos que actúan sobre ellos no son corregidos (ejs.: destrucción de su hábitat, venenos, caza, etc.). Existe, por tanto, numerosa legislación que protege a la especie y a su hábitat; relatamos, a continuación, la más importante:

- Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad. ANEXO IV. Especies que serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat, con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución. 56. Circus pygargus. Aguilucho cenizo.

- Decreto 32/2004 de 27 de febrero, por el que se crea y regula el Catálogo Valenciano de Especies Amenazadas de Fauna: El aguilucho cenizo aparece en el anexo I como especie catalogada como “Vulnerable” (es una categoría superior a la de especie protegida) y según el título III (protección de las especies silvestres), artículo noveno (especies catalogadas), en su apartado 2 dice textualmente: “Queda prohibida la destrucción y alteración de su hábitat y en particular la de los lugares de reproducción, reposo, campeo o alimentación”.

- Real Decreto 139/2011 para el desarrollo del Catálogo Español de Especies Amenazadas: El aguilucho cenizo se encuentra incluido dentro de la categoría de “Vulnerable” y por tanto es de aplicación la Ley 42/2007 que en su artículo 56 (Efectos de la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas), apartado 1-b, dice: “La inclusión de un taxón o población en la categoría de «vulnerable» conllevará la adopción de un plan de conservación que incluya las medidas más adecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados, en un plazo máximo de cinco años”.

También en su apartado 2 dice: “Las Comunidades autónomas elaborarán y aprobarán los planes de recuperación y conservación para las especies amenazadas”. ¡NUEVAMENTE, SIGUE SIN CUMPLIRSE LA LEGISLACIÓN VIGENTE!

Prosiguen las denuncias

Desde APNAL-Ecologistas en Acción seguimos denunciando la pasividad y permisividad de buena parte de los organismos públicos competentes en materia de conservación del medio natural. Consideramos que la Conselleria de Medio Ambiente y del Ayuntamiento de Traiguera, no han actuado real y eficazmente para paralizar las obras denunciadas, perseguir a sus infractores y restituir el terreno afectado por las agresiones, sino todo lo contrario, pues siguen permitiéndolas a día de hoy.

Consideramos estas acciones como negligentes, ya que no sólo se vulnera la ley sino que, además, refleja un total desconocimiento de la situación actual de las especies catalogadas dentro de la provincia de Castellón, así como una palpable pasividad en el cumplimiento en las obligaciones por parte de todos los organismos públicos con competencias ambientales, prevaleciendo los intereses económicos sobre la conservación del medio ambiente.

Desde Ecologistas en Acción se siguen enviando informes a la abogacía del estado (Fiscalía) para que actúe contundentemente contra tanto los responsables de esta agresión como aquellos organismos públicos y sus responsables, pues han consentido estas terribles afecciones en suelos de alto valor ambiental.