Ecologistas en Acción considera incomprensible que la Comisión Europea haya aceptado la petición de prórroga presentada por España para el cumplimiento de los valores límite de contaminación por dióxido de Nitrógeno (NO2), a las zonas del Corredor del Henares y Urbana Sur, de la Comunidad de Madrid. La Comisión Europea da así una muestra más de su enorme permisividad a la hora de hacer cumplir su propia legislación ambiental, en abierto contraste con la dureza que aplica en otros terrenos como el económico. Una vez más, seremos los ciudadanos los que pagaremos las consecuencias, ya que continuaremos respirando un aire con niveles de contaminación perjudiciales para la salud durante al menos dos años más, ahora con permiso de Bruselas.

La legislación europea sobre calidad del aire, que arranca desde el año 1996, estableció valores límite para los distintos contaminantes de la atmósfera y plazos para su cumplimiento. Así, para el caso del dióxido de nitrógeno (NO2), una directiva del año 1999 (1999/30/CE), fijó el valor límite anual de NO2 para la protección de la salud humana en 40 microgramos/metro cúbico (µg/m3), y estableció el año 2010 como la fecha de cumplimiento. De modo que los Estados miembros tuvieron un plazo de 10 años para tomar medidas de reducción de la contaminación, a fin de garantizar que cuando llegara el año 2010, el valor medio anual de NO2 no superara el valor límite de 40 (µg/m3). Durante este tiempo, diversas capitales y grandes ciudades europeas han tomado medidas significativas para reducir el tráfico, como el establecimiento de peajes al centro de la ciudad en Londres y Estocolmo, políticas decididas de reducción del espacio para el coche e impuestos a los más contaminantes (4×4) en París, restricciones al tráfico en situaciones de picos elevados de contaminación en Milán, etc.

Sin embargo, como viene sistemáticamente denunciando Ecologistas en Acción con sus informes anuales, ni la Comunidad de Madrid, ni el Ayuntamiento de Madrid, las autoridades responsables de velar por la calidad del aire en su ámbitos respectivos, tomaron ninguna medida significativa para reducir la contaminación atmosférica durante dicho plazo. Se limitaron a publicar sendos planes de mejora de calidad del aire (la Estrategia Local de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2006-2010, y el llamado Plan Azul de la Comunidad de Madrid 2006-2012) por imperativo legal (la legislación europea obligaba a redactar los planes cuando se superan los valores límite), y con varios años de retraso. Ecologistas en Acción ya denunció en su momento que dichos planes no podían considerarse instrumentos serios y eficaces para conseguir la importante reducción de la contaminación atmosférica que se necesitaba en la región, puesto que en ambos se eludía atacar el meollo de la cuestión: la necesaria reducción del tráfico de automóviles. En su lugar, los planes contenían un catálogo deslavazado de iniciativas, buena parte de las cuales anecdóticas, sin compromisos claros, medidas presupuestadas ni calendario de actuaciones, y sin proyecciones de reducción de contaminación esperables. La prueba evidente de la falta de idoneidad de dichos planes fueron los datos registrados por las redes de medición de calidad del aire municipal y autonómica en el período 2000-2010, que vulneraron todos los años diversos valores límite de contaminantes marcados por la legislación europea, entre ellos el valor límite anual de NO2.

En la última revisión de la Directiva Europea de Calidad del Aire, realizada en 2008 (2008/50), se abrió la posibilidad de solicitar prórrogas de hasta cinco años (hasta 2015) a los Estados miembros que incumplieran ciertos valores límite, como el anual de NO2. Se establecía como condiciones que los países demostraran que hicieron todo lo posible para cumplir los límites de contaminación antes de 2010, y que hubieran aprobado planes de calidad del aire con calendario de aplicación de las medidas y proyecciones de la reducción de la contaminación esperable, para ser capaces de llegar a 2015 cumpliendo la legislación. Esta medida fue muy criticada en su momento tanto por las organizaciones ecologistas europeas (entre ellas Ecologistas en Acción) como en medios científicos, puesto que suponía “premiar” a los incumplidores en materia ambiental, a costa de la salud de la población.

La Comisión Europea arguyó entonces que sería muy rigurosa en velar para que se cumplieran las condiciones establecidas antes de conceder las prórrogas, pero los antecedentes de la permisividad de las autoridades europeas a la hora de hacer cumplir su propia legislación ambiental (casos como el de la M-30), no hacían presagiar nada bueno. Y lamentablemente, los hechos nos han dado la razón: la Comisión Europea ha aceptado la petición de prórroga presentada por España para el cumplimiento de los valores límite de contaminación por NO2, a las zonas del Corredor del Henares y Urbana Sur, de la Comunidad de Madrid. Dichas prórrogas se solicitaron en diciembre de 2011 por el incumplimiento sistemático del valor límite anual de NO2 registrado en las localidades Coslada y Leganés.

Para Ecologistas en Acción resulta lamentable esta decisión de la Comisión Europea. A la vista de los datos sobre el valor medio anual de NO2 registrados por la red de medición de la calidad del aire de la CAM en ambas localidades en los últimos años (ver tabla adjunta), se puede constatar que no hay ninguna tendencia a la baja de la contaminación por dicho contaminante (se observan fluctuaciones por causas meteorológicas), evidenciando la nula efectividad del llamado Plan Azul. Por otro lado, dicho Plan estaba vigente hasta el año 2012 y no hay constancia de que haya sido aprobado un nuevo plan por el Gobierno regional (que debería someterse a un período de información pública). De modo que la región ni siquiera cuenta actualmente con un plan de reducción de la contaminación oficial, por lo que resulta incomprensible que la Comisión Europea haya estimado que las medidas previstas por las autoridades madrileñas garantizarán el cumplimiento de los valores límite legales al final del año 2014.

Una vez más, la permisividad de la Comisión Europea en materia de medio ambiente, que contrasta fuertemente con su inflexibilidad en otros ámbitos como el económico, nos toca pagarla a los ciudadanos que continuaremos respirando un aire con niveles de contaminación perjudiciales para la salud durante al menos dos años más, ahora con permiso de Bruselas.

Tabla: Media anual de NO2 entre los años 2006-2011 en Coslada y Leganés

NO2 (Media anual) µg/m3 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Coslada (Zona Corredor del Henares) 46 50 43 48 46 47
Leganés (Zona Urbana Sur) 44 47 42 41 44 44

Nota: El valor límite marcado por la legislación europea es 40 µg/m3, que no debe de rebasarse desde el año 2010.