Ecologistas en Acción pide a la Consejera de Medio Ambiente que retire las competencias urbanísticas al Ayuntamiento de Carboneras por mantener el Algarrobico como urbanizable.

Ya se las retiró en 1997.

Ecologistas en Acción se ha dirigido a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para solicitar le sean retiradas las competencias urbanísticas al Ayuntamiento de Carboneras en el ámbito del Algarrobico. Esta es una posibilidad recogida en la legislación vigente y que ha sido aplicada en otros municipios por casos mucho menos escandalosos que el del hotel El Algarrobico, incluso ya se aplicó al municipio de Carboneras.

En marzo de 1997, el entonces Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Carboneras, el independiente D. Antonio Hermosilla, no desarrolló urbanísticamente el sector de El Algarrobico por tratarse de espacio protegido, no urbanizable, en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, PORN del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, publicado en el BOJA de fecha 22 de diciembre de 1994. Ante la negativa municipal a desarrollar el sector, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, en sesión celebrada el 21 de marzo de 1997, acordó retirar las competencias urbanísticas al Ayuntamiento de Carboneras por su inactividad en la tramitación del expediente de El Algarrobico.

De esta forma, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, aprobó el proyecto de urbanización de El Algarrobico, el 29 de octubre de 1997, en espacio protegido, no urbanizable, con un grado de protección C1, áreas naturales de interés general, vulnerando así los artículos 5 y 19 de la Ley 4/89 de 27 de marzo que obligaban a adaptar la normativa urbanística municipal a los PORN. Quién vulneró entonces la legalidad fue la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo y quien defendió la normativa fue el Ayuntamiento de Carboneras que se negaba a urbanizar un espacio protegido. A pesar de que la actitud del Ayuntamiento de Carboneras era legal, le fueron retiradas las competencias urbanísticas.

En el momento actual la situación se ha invertido. Quien vulnera la legalidad y la sentencia del TSJA de fecha 11 de junio de 2012, es el Ayuntamiento de Carboneras que se niega a adaptar el PGOU de Carboneras al PORN y continúa clasificando El Algarrobico como urbanizable en el PGOU, en base al Auto de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA con sede en Granada de fecha 25 de noviembre de 2008 que dispone exactamente lo contrario.

Si en 1997, la Junta de Andalucía retiró las competencias urbanísticas al Ayuntamiento de Carboneras cometiendo una ilegalidad, con mayor razón procede retirárselas ahora para restablecer la legalidad urbanística y adaptar el PGOU al PORN, de acuerdo con los artículos 16 y 18 de la Ley 42/07 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad que obligan a adaptar la normativa urbanística municipal al PORN.

Por estos motivos, Ecologistas en Acción ha pedido a la Consejera de Medio Ambiente que si verdaderamente tienen interés en demoler el hotel que obligue al Ayuntamiento de Carboneras a cumplir las sentencias y las leyes y no permita que siga clasificando El Algarrobico como urbanizable en contra de lo establecido en el PORN y en la sentencia firme de fecha 11 de junio de 2012.