Los hechos se inician cuando Ecologistas en Acción de Cantabria denuncia ante el Ayuntamiento de Camargo, en noviembre de 2013, que en las antiguas instalaciones de Emilio Bolado existe una instalación clandestina de fabricación de aglomerado asfáltico que está explotando ilegalmente la empresa COSEPSA sin licencia y sin control ambiental. No obstante, hay que señalar que los hechos ya venían siendo denunciados por los vecinos que fueron quienes solicitaron la colaboración de nuestra asociación y que posteriormente se constituyeron en asociación legal (Plataforma de vecinos por el aire puro y la trasparencia).

El Ayuntamiento de Camargo, después de comprobar que la denuncia era cierta, dicta la Resolución de 18 de febrero de 2014, por la cual se constata que la planta carece de licencia de actividad y de Evaluación Ambiental, y se concede a COSEPSA un plazo de dos meses para intentar la legalización, apercibiendo de clausura en caso de que no se atendiera el requerimiento o no resultaran legalizables las instalaciones.

En esos dos meses, que en realidad fueron alguno más, COPSESA no presenta nada, ningún documento, y obviamente, el Ayuntamiento de Camargo acaba dictando una orden de clausura que es la impugnada en este procedimiento judicial.

La sentencia es muy clara, rechazando la petición de COPSESA de suspender cautelarmente el cierre de las instalaciones de la planta ordenado por el ayuntamiento de Camargo e imponiendo las costas judiciales a la empresa, ratificando la sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº 3.

La causa principal que señala la Sala es la falta de pruebas en la afirmación de la empresa de que el cierre de la actividad le va a producir perjuicios económicos y que no se produjo indefensión a la empresa en todo el procedimiento administrativo.

La empresa alega también a su favor, que el ayuntamiento, a pesar de ordenar el cierre de las instalaciones por carecer de licencia y autorización ambiental, no se opuso a sus deseos de reabrir temporalmente o cautelarmente la planta de aglomerado hasta que se dictara sentencia definitiva, cuestión que se está tramitando en otras diligencias en el mismo juzgado.

El tribunal ha sido claro también a este respecto y señala que no es ningún argumento de peso la actitud del ayuntamiento en una petición judicial de medida cautelar en la que hay múltiples partes personadas.

Precisamente esta actitud timorata del ayuntamiento fue la que motivó que nos personáramos en las diligencia tanto Ecologistas en Acción Cantabria como la Junta Vecinal de Igollo, que fuimos denunciantes.

Esta sentencia es la primera que se dicta de una amplia serie que está compuesta de otros cinco contenciosos administrativos, dos penales y un expediente en la Comisión Europea, todo ello motivado por la compra fraudulenta de las instalaciones de Emilio Bolado por parte de COPSESA y su reapertura subvencionada sin tener todas las autorizaciones obligatorias.

No cabe duda de que la presencia de Domingo San Emeterio, al frente de COPSESA, está en la raíz de todo este complejo embrollo judicial y administrativo. Domingo San Emeterio es alcalde de Ramales y miembro de la ejecutiva del PP, imputado en las diligencias penales por posible delito ambiental, y parece no entender cómo unos vecinos y una asociación pueden ponerle freno a sus exigencias ante los ayuntamientos de Camargo y Santander, así como ante las Consejerías de Industria y Medio Ambiente, simplemente demandando que se cumplas las normas exigibles a cualquier empresa o actividad empresarial.