Ben Magec–Ecologistas en Acción ha presentado un recurso contra el acuerdo de la COTMAC de rehabilitar la Declaración de Impacto Ambiental de Tindaya solicitando la nulidad del mismo, al entender que no tiene fundamento jurídico. También ha presentado un contencioso administrativo contra la delimitación BIC de los Grabados Rupestres de la montaña, al considerar que “incurre en arbitrariedad dado que se aprueba con la única intención de dar cobertura al Proyecto Monumental de Chillida”

El 8 de junio, la COTMAC hace público un acuerdo en el que se decide Rehabilitar la Declaración de Impacto del proyecto de Chillida para la montaña de Tindaya, caducada en 2014, dándole nuevamente vigencia “al no haberse producido cambios sustanciales en los elementos esenciales que sirvieron de base para realizar dicha evaluación”. No obstante, en el recurso presentado por la Federación ecologista se argumenta que no solo se han producido cambios muy significativos en la legislación que afectaría a la declaración, como la entrada en vigor de la nueva ley 14/2014 de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y los Recursos Naturales o la nueva ley de Evaluación Ambiental 21/2013; sino que el mismo Proyecto de Chillida no tiene encaje legal, dado que toma como referencia unas Normas de Conservación de 1997 que quedaron en suspensión al aprobarse las nuevas Normas de Conservación por acuerdo de la COTMAC de 2010.

“Estos hechos, que ponen en evidencia la irregularidad de esta actuación, no son más que uno de los numerosos intentos de sacar el proyecto adelante basándose en argucias técnico-jurídicas carentes de amparo legal”, afirman los representantes de la organización. Por este motivo, y antes de tener que acudir a los tribunales, instan al Gobierno de Canarias y al Cabildo de Fuerteventura a cesar en su empeño de dar cobertura legal al Proyecto Monumental a costa de seguir dilapidando fondos públicos y poner punto final a un capricho que ha costado más de 25 millones de euros a la ciudadanía canaria.

Basta recordar que en pleno celebrado por el Cabildo majorero el pasado 5 de junio de 2015 se aprobó, con los votos a favor del grupo de gobierno (CC y PSOE), destinar 60.000 euros para participar en el proceso de constitución de la Fundación Canaria Montaña de Tindaya, encargada de la gestión de los derechos artísticos del Proyecto Monumental de Tindaya, ideado por Eduardo Chillida. Esta Fundación estaría constituida por las instituciones canarias y los representantes de la familia del escultor y el objetivo es que a partir de ahora se ponga en marcha el proceso de creación de la misma.

En relación al contencioso administrativo presentado a la declaración de la delimitación BIC de los Grabados rupestres de la Montaña de Tindaya, la Federación basa sus argumentos tanto en la ley canaria de patrimonio histórico como en la estatal, que declaran BIC con la categoría de Zona Arqueológica “todos los sitios, lugares, cuevas, abrigos o soportes que contengan manifestaciones rupestres”. “Es la montaña la que da sentido a la ubicación de los grabados podomorfos por lo que debe entenderse toda ella como el soporte de los mismos”. En la misma dirección se entendía tanto en la declaración como monumento histórico artístico de 1983, como en la incoación del expediente de delimitación como Zona Arqueológica de 1992, que reconocían a la montaña en su totalidad como la unidad de acogida de los grabados podomorfos.

Esto es justo lo contrario de lo propuesto por el equipo redactor de nueva delimitación y de las administraciones implicadas en el expediente, que consideran solamente como soporte a cada una de las rocas en las que existen grabados. Ello explica la delimitación “ridícula” propuesta desde el Cabildo -dos metros desde el grabado más externo- que parece ser una mera excusa para propiciar la implantación del Proyecto de Chillida, teniendo como referente la viabilidad del mismo y no la protección de los grabados.

“Hemos de tener en cuenta que este BIC se ha declarado con los informes desfavorables de las dos universidades Canarias, que entienden también que es la montaña en su conjunto la protagonista de las manifestaciones culturales aborígenes. Por todo ello, no entendemos como el Cabildo, responsable por ley de la conservación del patrimonio arqueológico, partiendo del conocimiento previo de la principal amenaza que pueden sufrir las manifestaciones arqueológicas, la descomunal obra de Chillida, realiza una delimitación y un ámbito de protección que se aleja de manera sospechosa del espacio donde se proyecta la mencionada obra».

Solo el peso de los argumentos políticos sobre los técnicos explican que la delimitación BIC aprobada en Tindaya no impida la implantación del proyecto que amenaza lo valores que paradójicamente debe defender.