Los parques naturales andaluces están ahora más protegidos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha dictado una nueva sentencia por la que ratifica la anulación del Decreto de la Junta de Andalucía 15/2011 por el que se establece el régimen general de planificación de los usos y actividades en los parques naturales y se aprueban medidas de agilización de procedimientos administrativos. Este Decreto fue recurrido por Ecologistas en Acción y la Sociedad Española de Ornitología (SEO). El TSJA Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) aceptó los recursos de las dos organizaciones ecologistas anulando el Decreto. La Junta de Andalucía recurrió ambas sentencias ante el TS, que se pronunció el pasado mes de julio en relación con la sentencia del TSJA sobre el recurso de la SEO, confirmándola, y ahora lo ha hecho en relación al recurso promovido por Ecologistas en Acción, confirmando la sentencia del TSJA y ratificando la anulación de dicho Decreto.

Este Decreto provocó una gran polémica, pues aunque los máximos responsables de la entonces Consejería de Medio Ambiente (ahora Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio-CMAOT) aseguraron que su objetivo era agilizar los trámites administrativos en los parques naturales, en realidad lo que se pretendía era fomentar el urbanismo especulativo en estos espacios protegidos. El Decreto incluía varias normas manifiestamente ilegales: daba prevalencia a los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) sobre las propias normas de protección de los parques naturales -Planes de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y Planes Rectores de Uso y Gestión (PRUG)-, facultaba a la CMA a modificar los PORN y PRUG para “adecuarlos” a los planes urbanísticos y a modificar los límites de los parques naturales de forma arbitraria. Este Decreto contó con un informe muy crítico de los servicios jurídicos de la Junta de Andalucía y con una dura Resolución del Defensor del Pueblo, que advertía de su ilegalidad y de las nefastas consecuencias que podría tener en los parques naturales.

No obstante, el Consejo de Gobierno de la Junta aprobó el Decreto, y la CMAOT ha recurrido con dinero público todas las sentencias contrarias, y sus máximos responsables -el entonces consejero Jose Juan Díaz Trillo, ahora parlamentario nacional, y su sustituta, Mª Jesús Serrano, también parlamentaria-, siguieron aplicando este decreto ilegal aún después de habar sido anulado por el TSJA y por el TS. Sorprendentemente, nadie ha asumido responsabilidades políticas por este revés jurídico y político.

La estrategia jurídica de la Consejería no ha podido ser más lamentable, intentando que no se admitieran a trámite los recursos aduciendo que ni Ecologistas en Acción ni la SEO están legitimados para presentar un recurso sobre la gestión de los parques naturales, cosa que, lógicamente, el TSJA y el TS han desestimado, en lo que supone un duro varapalo para la política de la Junta de boicotear todo tipo de participación social en la gestión del medio ambiente.

Esta sentencia del TS cierra definitivamente las puertas a este decretazo, dando la razón a las asociaciones ecologistas que hemos conseguido un éxito sin precedente, consiguiendo la anulación de un decreto que contaba con todo el apoyo de la dirección política del PSOE y del aparato de la Junta de Andalucía.

Por último, Ecologistas en Acción muestra su enorme satisfacción por la sentencia de la misma Sala del TS que declara definitivamente que los terrenos en los que se ha construido el hotel El Algarrobico son no urbanizables, y protegidos por el PORN del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. Un éxito de todos los andaluces, y un fiasco para la empresa promotora, el ayuntamiento de Carboneras, y la propia Junta de Andalucía que han movido todos los hilos imaginables para dar cobertura legal a este engendro que esperemos desaparezca pronto del litoral almeriense.

Nuestros parques naturales están ahora más protegidos de los especuladores urbanísticos y de los políticos que los amparan.