La mal llamada “crisis de los refugiados” ha puesto en el centro de atención el desplazamiento forzado y ha provocado un debate sobre quién tiene derecho y quién no a la protección que garantiza la legislación internacional para las personas refugiadas.

Nuria del Viso, de FUHEM Ecosocial. Revista Ecologista nº 89.

Existen numerosos factores que empujan a las personas a abandonar su hogar que podemos englobar en dos grandes bloques: las vinculadas a las guerras, los conflictos armados y la persecución -que se han considerado hasta ahora los supuestos legítimos para acogerse al estatuto de refugiado- y las vinculadas a la destrucción del hábitat donde la gente vive. Tal como señala Santiago Álvarez Cantalapiedra, “no son factores que actúan aisladamente, sino que se retroalimentan entre sí construyendo un entramado que incide sobre la población en una misma dirección” [1], esto es, la expulsión de los territorios que habitan.

El desplazamiento debido a la destrucción de hábitats, es una cuestión de la que se habla menos, pero que resulta preocupante por las dimensiones que puede alcanzar en las próximas décadas de continuar sin cambios drásticos en el ritmo de extracción de bienes naturales y emisiones.

La destrucción de hábitats remite a dos grandes causas. Por un lado, el deterioro ambiental debido a los impactos del calentamiento del planeta. El cambio climático ha empezado ya a mostrar sus dientes y a expulsar a miles de personas de sus hogares por aumento del nivel del mar, la desertización y otros factores asociados. Se estima que el calentamiento global genera ya entre 25 y 50 millones de desplazados cada año [2]. Con un aumento imparable de la concentración de carbono en la atmósfera –se superó las 400 ppm en 2015−, un incremento previsto de la temperatura de al menos 4ºC y las escasas o contraproducentes respuestas oficiales, se puede esperar que los desplazados climáticos se multipliquen en las próximas décadas -con cifras que varían según las fuentes- entre 150 y 700 millones de personas.

Por su parte, la ONU estima que el 70% de los desastres humanitarios actualmente están relacionados con el clima, en contraste con el 50% que se registraba hace dos décadas. Una cuestión de estas dimensiones no ha pasado desapercibida ni a la academia ni a los movimientos sociales, que han publicado varios análisis al respecto, y tampoco a la clase política, aunque hasta ahora no haya actuado.

Conflictos socioecológicos por megaproyectos

El segundo bloque de factores vinculados a la destrucción de hábitats que generan desplazamientos forzados es el relacionado con las causas de los llamados conflictos socioecológicos. En este apartado merecen especial atención los conflictos ligados a los megaproyectos: el extractivismo de la minería, los hidrocarburos o la agricultura industrial, el acaparamiento de tierras y la construcción de grandes infraestructuras como presas, carreteras o construcciones urbanas y periurbanas.

Todos ellos se vinculan a la sobreexplotación de materiales y energía de los que depende la sociedad de consumo de los países occidentalizados y que se obtienen con cargo a otros territorios -también llamadas “áreas de sacrificio” [3] -expuestas a graves impactos ecológicos en forma de contaminación de suelo, agua y aire de los que el sistema económico no toma responsabilidad y califica de “externalidades”. Todos ellos se asocian estrechamente a la expulsión de poblaciones.

Buena parte de las expulsiones se plasman en zonas de tierra y agua muertas. Los pobladores de los territorios en disputa se convierten en “obstáculos” a los negocios extractivos y son empujados a salir o condenados a malvivir con las consecuencias ecológicas derivadas de esas iniciativas. Con las expulsiones se obtiene, además del territorio, un ejército de reserva de mano de obra flotante listo para acudir a las fábricas deslocalizadas del Sur global o a cubrir ciertas bolsas de empleo precario en los paraísos-fortaleza del Norte.

Estas dinámicas profundizan la brecha de una ciudadanía selectiva y excluyente. Los slams, barriadas y favelas serían la otra cara del extractivismo expulsivo que hoy se practica. Los expulsados, los “desechables”, tienen muy difícil su reintegración; la expulsión se convierte en un estatus permanente.

En algunos casos, esta expulsión es directa, como en el caso de los acuerdos de tierra a gran escala, que implica para los y las campesinas la pérdida de territorio, o en el de la construcción de una presa y otras infraestructuras construidas en la Periferia Sur.

La explotación de los rescursos

En otros casos, como en la explotación minera, el agotamiento de la pesca o los impactos de las grandes extensiones de monocultivos sobre poblaciones cercanas, los efectos de la expulsión quedan a menudo invisibilizados por un deterioro de hábitat progresivo que se alarga de forma variable en el tiempo. Por ello, el desplazamiento se puede manifestar en forma de un goteo de personas, familias o comunidades. Se diluye así el vínculo entre causa y efecto hasta hacer prácticamente irreconocible su relación.

Sabemos mucho menos de este tipo de desplazamientos. De hecho, no disponemos de cifras globales ni de forma aproximada y lo que se conoce es información caso a caso [4]. Es difícil saber cuándo las poblaciones deciden que ya no aguantan más el agua contaminada por la mina, o cuál es el grado de agotamiento del suelo que recomienda cesar todos los esfuerzos y abandonar rumbo a la ciudad o más allá. Apenas disponemos de datos sobre cuántos de los migrantes que llegan a las ciudades o los que cruzan fronteras se han desplazado porque sus lugares de origen han quedado devastados. Pero todos ellos tienen en común la marca de la expulsión; rasgo que, como argumenta Saskia Sassen, es una de los síntomas más característicos de nuestro tiempo.

Actualmente, 60 millones de personas emigran a las grandes urbes cada año. Esa cadena de “microexpulsiones” de campesinos forma parte de la rápida urbanización mundial y muchos de ellos alimentan el grueso de la población que se asienta en los cinturones de las villas miseria que se extienden y consolidan en el Sur global. Según ONU Hábitat, cerca de 1.000 millones de personas habitan hoy en estos suburbios, pero esta cifra podría triplicarse en 2030.

Una vía esperanzadora para limitar el desplazamiento forzado por megaproyectos se abrió con la aprobación de la resolución del 26 de junio de 2014 en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para obligar a las empresas transnacionales a respetar los derechos humanos de las poblaciones donde realizan sus actividades.

Las afectadas y afectados

¿Quiénes son los principales afectados y afectadas del desplazamiento ocasionado por estos proyectos extractivos? Razonablemente, hemos supuesto que se trataban de los más vulnerables y podemos considerarla una buena hipótesis de partida. Sin embargo, y aunque las elites está claro que no son las principales afectadas por el desplazamiento forzado, podrían no ser tampoco los más pobres entre los pobres.

Las investigaciones de Clark L. Gray, Sabine Henry, Douglas Massey y otros investigadores apuntan que “el desplazamiento por razones ecológicas puede ser temporal y producirse a distancias relativamente cortas”. Así lo apunta el estudio de caso sobre el impacto del tsunami de 2004 en Indonesia. Gray afirma: “Nuestros hallazgos indican que el tsunami causó altos niveles de desplazamiento de la población entre las comunidades afectadas, pero a diferencia de lo que se esperaba, la mayor parte de los desplazados se quedaron en su comunidad de origen o cerca de la misma, una gran proporción se quedó con amigos o familiares en vez de dirigirse a los campamentos de refugiados, y muchos volvieron a sus hogares a los pocos meses del tsunami.

Las poblaciones vulnerables, como los pobres, no mostraron mayor propensión a ser desplazados que otros”. Estas investigaciones introducen nuevas perspectivas sobre el perfil y comportamiento de las personas que se ven obligadas a desplazarse y lanzan una llamada de atención en torno a categorías o a hechos que podemos dar por supuestos y que pueden necesitar reexaminarse. En cualquier caso, la grave degradación ambiental que generan tanto los megaproyectos como el calentamiento del planeta podría suponer cambios en los patrones del desplazamiento forzado, obligando a trayectos más largos y más permanentes.

En este momento nos enfrentamos a, al menos, un doble desafío en materia de desplazamiento. Por una parte, existe un estatuto del refugiado que reconoce los derechos de aquellos que tienen que huir por persecución o conflicto, y les ofrece protección en terceros países. En este sentido, diferentes autores y movimientos sociales defienden la necesidad de ampliar tal protección a los nuevos tipos de desplazamiento forzado que están surgiendo. Sin embargo, por otro lado, la protección que hasta ahora se había garantizado a los que podían acogerse al estatuto de refugiado vive sus horas bajas. Como estamos viendo en Europa, se recorta, desvirtúa o directamente se ignora la protección de miles de personas y se niegan los derechos reconocidos por la legislación internacional.

En este contexto, si bien existe cierta concienciación sobre la emergencia de una nueva categoría de desplazados forzados por causas ambientales vinculada al cambio climático y se extiende progresivamente la idea de que es necesario dar una respuesta a estos desplazados, es mucho menos reconocido el desplazamiento que generan los megaproyectos; cuando ni siquiera se reconoce el vínculo entre causa y efecto, resulta improbable que los desplazados de los conflictos socioecológicos reciban alguna protección. Como se mencionaba más arriba, la aprobación de la resolución de la ONU sobre derechos humanos y transnacionales es una nota positiva, aunque ni está asegurado su éxito ni su rápida materialización. Mientras tanto, ¿dónde quedan los derechos de las y los desplazados forzados por la acción de los megaproyectos?

Notas

[1] S. Álvarez Cantalapiedra, “Desplazamientos forzados: causas, responsabilidades y respuestas”, Papeles de relaciones ecosociales y cambio global, 132.

[2] Según un estudio de la Universidad de Columbia y la Universidad de Naciones Unidas de 2009, citado en J. M. Castillo, Migraciones ambientales, Virus, Barcelona, 2011, p. 81.

[3] M. Svampa, ““Consenso de los Commodities” y lenguajes de valoración en América Latina”, Nueva sociedad, 244, marzo-abril de 2013, p. 34.

[4] C. L. Gray, “¿Refugiados medioambientales o emigrantes económicos?”, Population Reference Bureau, marzo 2010, p. 1. Disponible en: http://www.prb.org/SpanishContent/2010/environmentalmigrants-sp.aspx