La planta para el tratamiento de 1,2 millones de toneladas de tierras raras que Quantum Minería contempla construir en Torrenueva carece de proyecto de obras, pese a lo cual la Junta de Castilla-La Mancha permite la tramitación del expediente, incumpliendo la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Ecologistas en Acción exige la anulación de todo el procedimiento, en estos momentos en información pública.

Ecologistas en Acción va a presentar una denuncia ante la Consejería de Economía, Empresas y Empleo del Gobierno de Castilla-La Mancha por el grave incumplimiento de la Ley por parte de Quantum Minería S.L. al no haber incluido en el preceptivo estudio de impacto ambiental el proyecto de la planta de tratamiento de las explotaciones mineras solicitadas. Pide que conforme al artículo 36.1 de la Ley 21/2013, se deniegue el curso de la solicitud.

La planta industrial, de grandes dimensiones, tendría una capacidad para tratar más de 1 millón de toneladas al año (1.250.000 t/año exactamente). Trabajaría 24 horas al día durante 5 días a la semana, lo que equivale a 220 t/hora. El consumo de agua estimado es de 55 m3/h. Además de las instalaciones propias del tratamiento del mineral, contaría con oficinas, talleres, laboratorio y dependencias auxiliares (depuradora, planta potabilizadora y balsas de agua, entre otras).

Desde la perspectiva de la contaminación radiactiva, la planta – situada a una distancia de 3 kilómetros de Torrenueva – se considera ‘industria NORM”, como señala la propia evaluación de impacto ambiental. Es decir, una actividad industrial que «procesa materias primas que presenta concentraciones elevadas de radionucleidos naturales. O bien, que mediante su actividad, propicia la concentración de algunos de estos radionucleidos en algunos de sus productos o residuos. Como consecuencia, pueden existir incrementos de la exposición a radiaciones ionizantes de los trabajadores, y/o miembros del público que, en algunos casos, puede que no sean despreciables desde el punto de vista de la protección radiológica» [Anexo G, página. 6/7].

Sin embargo, la empresa ha presentado los proyectos de las tres concesiones mineras (Matamulas, Rematamulas-1, Rematamulas-2), pero no el proyecto de la planta de tratamiento.

Este incumplimiento del artículo 36.1 de la Ley 21/2013 debió producir desde el principio la no admisión de la solicitud de la promotora por parte de la Junta, porque no puede aceptarse una petición que no reúne los requisitos esenciales establecidos por la Ley.

Sin embargo, el Gobierno de Castilla-La Mancha admitió la solicitud, promoviendo a continuación la fase de información pública. Una forma de actuar que vicia por otra parte el procedimiento.

Nos encontramos ante un incumplimiento formal y material de la Ley, porque ni la Administración ni la ciudadanía pueden tener conocimiento completo de una actuación sometida a evaluación ambiental.

Ecologistas en Acción interpreta que la grave irregularidad denunciada invalida tanto la admisión de la solicitud de la promotora como toda la tramitación sucesiva, pudiendo condicionar una resolución acorde a los intereses de la empresa, cuyos planes ponen en peligro el medio ambiente y el futuro socioeconómico de la comarca.